Artigos de revistas sobre o tema "Patentage"

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Wong, Sulan, e Julio Rojas-Mora. "La relación entre la patente y el desarrollo: Una mirada desde la I+D universitaria chilena". Revista Chilena de Derecho y Tecnología 10, n.º 2 (31 de dezembro de 2021): 229. http://dx.doi.org/10.5354/0719-2584.2021.58780.

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Al declarar que el Objetivo de Desarrollo Sostenible 9 activa otros de los diecisiete objetivos propuestos en 2015 por Naciones Unidas en esta materia, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual induce a que los gobiernos incentiven la relación entre la universidad y la industria, como principales productoras de resultados de investigación patentables. A partir de datos recogidos entre 2017 y 2018 en las siete universidades que más patentan en Chile, encontramos que, primero, existen relaciones entre los entrevistados y la industria; segundo, la mayoría de los entrevistados ha patentado; tercero, estas patentes no surgen de proyectos industria-universidad; y cuarto, la patente no se percibe como un incentivo fundamental para el desarrollo. Por tanto, el modelo chileno de producción de investigación y desarrollo (I+D) parece más lineal que de triple hélice.
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Wong Ramírez, Sulan, e Michelle Salazar Mackenna. "¿Publicar y patentar? La excepción de divulgación inocua como incentivo a la divulgación temprana de los resultados de investigación en la academia". Revista Chilena de Derecho y Tecnología 9, n.º 2 (31 de dezembro de 2020): 131. http://dx.doi.org/10.5354/0719-2584.2020.55928.

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La novedad, un requisito de patentabilidad, implica la necesidad de salvaguardar los resultados de la investigación hasta tanto no se haya solicitado la patente. La lógica “patentar y luego publicar” que el sistema de patente impone a la ciencia, podría revertirse a través de la “excepción de divulgación inocua”, figura jurídica que permite proteger temporalmente la novedad de la invención, a pesar de una revelación previa a la solicitud de una patente. Ésta puede verse, en términos utilitarios, como un incentivo a la revelación temprana de resultados de investigación patentables. En este trabajo, se realiza un análisis del tratamiento jurídico de la excepción de divulgación inocua en los sistemas de patentes chileno, estadounidense y español. Se concluye que, aunque la excepción de divulgación inocua podría ayudar a mitigar la tensión entre el ethos científico mertoniano -asociado a quienes realizan investigación en la academia- y el derecho a patentar resultados de investigación, la falta de armonización internacional de la misma desalienta su uso.
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Nwogu, Mary Imelda Obianuju. "The Jurisprudence of Patentable and Non-patentable Inventions: Nigerian in Perspective". American Journal of Law 5, n.º 1 (10 de março de 2023): 63–72. http://dx.doi.org/10.47672/ajl.1369.

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Patent is an industrial property right granted by the government of a state to a patentee. It is an intangible, incorporeal and exclusive right granted under the Law to an invention. While an invention is something that has never been made or existed before. Patents are granted to inventions, but not every invention qualify for grant of patent, hence there are patentable and non-patentable inventions. An invention is patentable if it is new, results from an inventive activity and is capable of industrial application (s.1(1) of the Patent and Designs Act 2004). Several textbooks, case laws, statutes(local and International), internet sources reveal that Nigerian legislation inadequately granted patent to inventions, wherein it did not grant patent to some inventions which International intellectual property regime stated patent should be granted. The Laws of developed countries like USA have wider protection of inventions than Laws of developing countries like Nigeria. Hence the Nigerian Law is narrow in the inventions that should be patentable as against the International Intellectual Property Regime.
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Darío Bergel, Salvador. "Investigación científica y patentes: análisis ético-jurídico de sus relaciones". Revista Bioética 22, n.º 3 (dezembro de 2014): 416–26. http://dx.doi.org/10.1590/1983-80422014223023.

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La investigación científica y el derecho de patentes pertenecen a dos mundos muy diferentes, lo que no imposibilitó que existan puntos de contacto. Mientras se observaron los principios liminares que autorizan el otorgamiento de una patente (existencia de una invención patentable, novedosa, con altura inventiva y aplicación industrial) no se vislumbraron conflictos. Los cambios operados en el derecho de patentes como fruto de una creciente presión de los mercados ha llevado a una transformación que perturba la libre circulación del conocimiento y la investigación científica en sí; temas de indudable interés ético. En este trabajo se describen las notas más significativas de este proceso, así como los conflictos más relevantes que se suscitaron.
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Tamayo Cárdenas, Carlos David, e Liliana Galindo Díaz. "Acciones para la observancia de patentes esenciales: ¿una práctica restrictiva de la competencia?" Revista La Propiedad Inmaterial, n.º 31 (16 de junho de 2021): 235–70. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n31.09.

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El uso de tecnologías estandarizadas es una constante en el mundo contemporáneo que permite disfrutar de la interoperabilidad entre dispositivos. Tales tecnologías son el resultado de esfuerzos intelectuales susceptibles de protección. Cuando se patentan y adoptan como parte de un estándar, esos esfuerzos dan lugar a una Patente Esencial (SEP) que debe ser utilizada por terceros para cumplir con el estándar y participar en el mercado. Por su naturaleza, las SEP también suponen para su titular el compromiso de licenciar su tecnología bajo términos justos, razonables y no discriminatorios (F/rand). Sin embargo, ese alcance ha llevado a algunos a argumentar que las demandas por infracción de SEP suponen por sí solas una práctica restrictiva de la competencia. Este artículo expone la manera en que tal enfoque ha sido rechazado por varias cortes alrededor del mundo.
6

Karbowski, Adam. "A Note on Patents and Leniency". Gospodarka Narodowa 301, n.º 1 (31 de março de 2020): 97–108. http://dx.doi.org/10.33119/gn/116615.

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Garcia, Joana Coeli Ribeiro. "Patente gera patente?" Transinformação 18, n.º 3 (dezembro de 2006): 213–23. http://dx.doi.org/10.1590/s0103-37862006000300005.

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A patente, fonte de informação e geradora de nova patente em condições e contexto favoráveis, constitui objeto desta pesquisa. Esta é respaldada em quadro teórico da Ciência da Informação e identifica os fatores intervenientes no fluxo das relações desde a patente-fonte até o registro de nova patente. Da amostra da pesquisa constam instituições privadas e públicas representadas por unidades situadas em Brasília, Belo Horizonte e Rio de Janeiro. A entrevista é a técnica usada para a coleta de dados, e estes são analisados por meio de categorias. Os resultados foram obtidos através de comparações entre o modelo teórico (ideal) e o real, apreendido a partir da análise dos depoimentos dos entrevistados. Conclui-se que o fluxo sofre múltiplas intervenções (por parte do governo, das instituições públicas de ensino e de pesquisa, das instituições privadas, do sistema de patentes e do mercado), e que, no âmbito do Brasil, a patente não se apresenta como infor-mação necessária para a produção de tecnologia e de inovação. A real transferência e transformação da patente em conhecimento, exige que a sociedade brasileira ultrapasse a fase das políticas e dos discursos de intenção, para a fase das ações realizadas de forma coordenada entre os atores, de forma a induzir os agentes a investir, atendendo às necessidades da sociedade.
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Ortega Campoverde, Olga Teresa, e Jorge Enrique Calderon Salazar. "Una Mirada a la Propiedad Intelectual en las Instituciones de Educación Superior de Guayaquil". Ciencia Unemi 7, n.º 11 (30 de junho de 2015): 88. http://dx.doi.org/10.29076/issn.2528-7737vol7iss11.2014pp88-98p.

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La investigación a nivel mundial se estima tanto, por dos razones, la primera, muchos de los grandesdescubrimientos que han cambiado el mundo se han originado en la investigación universitaria y segundo,si se la maneja adecuadamente, la investigación puede ser una fuente de ingresos que proporcionemillones de dólares y más tarde pueden ser usados para financiar nuevas investigaciones. En elpresente artículo se analiza el conocimiento que tienen los estudiantes sobre propiedad intelectual y losprocesos que siguen los centros de investigación de la universidad para proteger la propiedad intelectualy patentar los resultados de investigación; para ello se llevaron a cabo encuestas considerando elnivel de representatividad de la población universitaria de cada institución de educación superior. Losresultados reflejan el escaso conocimiento, por parte de la población estudiantil, sobre los pasos a seguiren el caso de querer registrar resultados de investigación.Palabras Clave: Propiedad intelectual, patente, derecho de autor, investigación.
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Arcudia Hernández, Carlos Ernesto, e Karen Lizeth Gutiérrez Ávalos. "Patentes sobre biomateriales derivados del cuerpo humano: casos en Estados Unidos, Europa y México". Revista La Propiedad Inmaterial, n.º 25 (30 de julho de 2018): 93–121. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n25.05.

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En el presente trabajo se analizan los criterios para la concesión de patentes sobre biomateriales derivados del cuerpo humano en Estados Unidos, Europa y México. El punto de partida es el estudio de las disposiciones de la Utility Patent Act de Estados Unidos, y se hace énfasis en los requisitos que debe cumplir una invención para ser patentada. Acto seguido, se analizan el caso Moore y el caso HeLa. Se continúa con el análisis de las excepciones a la patentabilidad del Convenio de la Patente Europea, y con el de las disposiciones de la Directiva 98/44 de Invenciones Biotecnológicas relativas a la patentabilidad de la materia viva en general, y de los biomateriales derivados del cuerpo humano en particular. Esto sirve de marco para estudiar los casos Interferones Alfa, Kirim/Amgen y Relaxina. Se concluye con un análisis de los criterios de la Ley de Propiedad Industrial de México, así como de algunas solicitudes de patentes mexicanas tramitadas ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
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Bonadio, Enrico, e Magali Contardi. "Los troles de patentes: una historia de exceso de ejercicios de derechos de propiedad intelectual". Revista La Propiedad Inmaterial, n.º 32 (13 de dezembro de 2021): 37–70. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n32.02.

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Un “trol de patentes” es una entidad que obtiene una serie de patentes sin llevar a cabo investigación y desarrollo, por ejemplo, adquiriéndolas en el mercado, y sin ninguna intención de trabajar las invenciones subyacentes produciendo y/o comercializando productos. Más bien, estas entidades se dirigen a otras empresas de las cuales simplemente sospechan que utilizan la invención patentada, amenazándolas con demandarlas por infracción de patentes y obligándolas a corresponder cánones (a menudo bastante elevados), incluso cuando la infracción de la patente en cuestión es incierta. Este artículo analiza este fenómeno desde la perspectiva del derecho de patentes estadounidense, adoptando una postura crítica del comportamiento abusivo por parte de algunas entidades no practicantes. De allí que el artículo toma como punto de partida el pleito estadounidense Blackbird contra Cloudflare, iniciado por un bufete de abogados boutique que es conocido por haber interpuesto más de 50 acciones de infracción de patentes contra entidades diferentes en un solo año.
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Varga, Siniša. "The procedures for the grant of patents according to PCT and EPC". Glasnik Advokatske komore Vojvodine 81, n.º 9 (2009): 187–200. http://dx.doi.org/10.5937/gakv0905187v.

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Pérez Villa, Walter, Miguel Vigil Barrocal e Amaya Pérez Escurdia. "Motivaciones para patentar en la industria: un caso de estudio en una empresa multinacional siderúrgica". 360: Revista de Ciencias de la Gestión, n.º 7 (1 de novembro de 2022). http://dx.doi.org/10.18800/360gestion.202207.011.

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La propiedad intelectual es un aspecto clave en el contexto empresarial actual y uno de sus principales indicadores es la solicitud y registro de patentes. Este estudio explora la motivación que tanto los investigadores como las empresas industriales de capital privado tienen a la hora de patentar los resultados de su investigación. Se expone un caso de estudio de una de las mayores empresas multinacionales del sector siderúrgico, centrado en las motivaciones que hoy en día tiene un investigador industrial y una gran organización manufacturera a la hora de registrar sus invenciones. Para el caso se han analizado las patentes registradas a lo largo de 30 años en esta empresa y sus predecesoras, por cerca de medio millar de investigadores, y se han realizado entrevistas semiestructuradas a expertos de la organización. Pese a tratarse de un sector tecnológicamente maduro, se ha encontrado que las patentes siguen una tendencia creciente y ésta sigue la tendencia mundial en cuanto solicitud de patentes, que no ha dejado de crecer desde 2009 y puede llegar a tener incrementos en el número de aplicaciones de hasta un 10% interanuales. Se ha encontrado que las organizaciones patentan para proteger no solo sus productos sino también productos y procesos que se encuentran en una etapa temprana de desarrollo, evitando así que sus competidores entren en determinadas líneas de trabajo que podrían dar lugar a futuros productos comercializables o procesos novedosos de manufactura. Por su parte, los investigadores industriales toman la solicitud de patentar como uno de los objetivos de su carrera y la patente constituye, en sí misma, parte de un reconocimiento a su labor.
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Caballero Rugel, Víctor, e Marcos Fernando Ruiz Ruiz. "Patente de un casco de seguridad plegable. Un desarrollo inspirado en la cultura maker". Ingeniería Industrial, 8 de março de 2022, 51–60. http://dx.doi.org/10.26439/ing.ind2022.n.5801.

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Este estudio expone el desarrollo y patentado de un casco de seguridad plegable a partir de un procedimiento creado e inspirado en la cultura maker. A través de cuatro fases secuenciales —y de la combinación de estrategias inventivas— se presenta el procedimiento validado con la obtención de la patente n.o 000829-2020/DIN-INDECOPI en septiembre del año 2020. El nivel de transferencia de la metodología seguida constituye un aporte para cualquier desarrollo inventivo.
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Bernal Ramírez (Q.E.P.D.), Edwin Jesith, e David Andrés Aguirre Soriano. "Las patentes farmacéuticas en razón de la covid-19 desde la perspectiva del law and economics movement". Vniversitas 70 (22 de outubro de 2021). http://dx.doi.org/10.11144/javeriana.vj70.pfrc.

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Este trabajo tiene por objeto dilucidar el dilema relativo al monopolio explotación creado en virtud de las patentes de invención farmacéuticas, que si bien incentivan la innovación, a su vez, representan obstáculos para el acceso a medicamentos esenciales, por cuanto un bien patentado, por lo general se venderá a altos costos en el mercado. Ello repercute en el disfrute y goce del derecho a la salud de los pacientes, al ser bienes con poca elasticidad o sustitutos cercanos, mientras se encuentre en vigor la patente; ningún otro competidor podrá efectuar sin autorización del titular los actos mencionados en el artículo 28 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio.
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Münt. "Prof. Dr. R. Pauly, Institut für Empirische Wirtschaftsforschung der Universität Osnabrück, Postfach 4469,D-49069 Osnabrück. Die USA, Japan und Deutschland im Vergleich / Technological Competitiveness in an Evolutionary Perspective. A Comparative Analysis of the United States, Japan and Germany". Jahrbücher für Nationalökonomie und Statistik 215, n.º 1 (1 de janeiro de 1996). http://dx.doi.org/10.1515/jbnst-1996-0105.

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ZusammenfassungDer Beitrag untersucht die technologische Wettbewerbsfähigkeit der drei führenden Volkswirtschaften der OECD, die USA, Japan und Deutschland, mit Hilfe eines empirischen Instrumentariums, das auf den Erkenntnissen der evolutorischen Wirtschaftstheorie aufbaut. Die - statische und dynamische - Länderanalyse beschränkt sich für die Untersuchung der technologischen Wettbewerbsfähigkeit auf den Bereich der Hochtechnologie, wobei sich das Augenmerk insbesondere auf die strukturellen Unterschiede zwischen den drei Volkswirtschaften richtet. Für die Messung der Innovationsaktivität der Länder werden Patente am US-Patentamt herangezogen, der Außenhandel wird anhand der üblichen Spezialisierungsindikatoren RCA und RWA untersucht. Im Ergebnis werden drei Punkte deutlich: Zum einen unterscheiden sich die untersuchten Länder hinsichtlich ihrer technologischen Spezialisierung; die Verteilung relativer Stärken und Schwächen ist ausgeprägt. Zweitens fallen die technologische und die Position im Außenhandel weitgehend zusammen. Drittens schließlich sind die technologischen Strukturmuster über lange Zeit hinweg konstant.
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"Patente/Patente". Starch - Stärke 38, n.º 4 (1986): 143–44. http://dx.doi.org/10.1002/star.19860380411.

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Vidal Correa, Laura Elena. "Registro de patentes en nanomedicina en México: algunas limitaciones". Revista de Derecho Privado, 1 de setembro de 2016, 97–121. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487902e.2016.10.10602.

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La hipótesis es que la regulación en nanomedicina es indispensable. Para el caso de las patentes, en esta área de investigación no es suficiente argumentar la falta de conocimiento o la relativa novedad de la disciplina, ya que en sí misma es un elemento necesario para patentar. En realidad, muchas patentes se duplican, o establecer un límite entre una y otra es muy complicado, en particular en el área de la nanomedicina. Algunos de los obstáculos que impiden conocer a detalle las limitaciones, clasificación y detalles de las patentes son 1) la terminología, 2) la multiplicidad de solicitudes, 3) el amplio espectro de protección y 4) la misma naturaleza interdisciplinaria de la nanomedicina. Por lo tanto, se requiere de una legislación que establezca un vocabulario específico al área de la nanomedicina que ayude a definir los límites de cada patente y evite la duplicidad.
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CASTELO, Carmem Velayos. "PATENTAR LA VIDA ANIMAL: EL CASO DEL ONCORRATÓN EN CANADÁ - UNIVERSIDAD DE HARVAD V. CANADÁ". Revista Brasileira de Direito Animal 5, n.º 6 (12 de junho de 2014). http://dx.doi.org/10.9771/rbda.v5i6.11069.

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El Tribunal Supremo del Canadá dictamina en 2002que las formas superiores de vida, como un oncorratón, no son patentables pues ni son un "producto manufacturado" ni una mera "composición de materia" según el significado de invención de la ley canadiense de Patentes. Entre las razones a favor de la patentabilidad, la legislación canadiense y estadounidense eran similares y en USA se había patentado el oncorratón en 1988. Pese a todo, la oficina canadiense de patentes deja fuera consideraciones éticas, que sí incluye la Oficina Europea de Patentes (OEP) y qye resultó, en 2004, en la concesión de la patente apelando, eso sí, al artículo 53 sobre excepciones a la patentabilidad, que excluye las invenciones "cuya publicación o explotación sea contraria al orden público o las buenas constumbres". la discursión del recurso canadiense nos llevará al punto central de éste: la cuestión sobre la supesta autonomia de la "vida" de un animal manipulado genéticamente.
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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 25, n.º 5 (1 de setembro de 1988): 317–18. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1988-250515.

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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 26, n.º 2 (1 de março de 1989): 180–83. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1989-260222.

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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 22, n.º 6 (1 de dezembro de 1985): XVIII. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1985-220612.

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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 33, n.º 5 (1 de setembro de 1996): 412–15. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1996-330512.

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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 24, n.º 5 (1 de setembro de 1987): 302–7. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1987-240523.

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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 23, n.º 2 (1 de março de 1986): 105–7. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1986-230222.

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25

"Patente". Tenside Surfactants Detergents 28, n.º 5 (1 de setembro de 1991): 372–73. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1991-280515.

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"Patente". Tenside Surfactants Detergents 26, n.º 4 (1 de julho de 1989): 299–300. http://dx.doi.org/10.1515/tsd-1989-260414.

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"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 1 (31 de dezembro de 2010): 77. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0016-1.

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"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 2 (28 de janeiro de 2011): 156. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0037-9.

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"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 4 (25 de março de 2011): 330–31. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0057-5.

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30

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 3 (25 de fevereiro de 2011): 238. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0076-2.

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"patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 5 (29 de abril de 2011): 428. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0097-x.

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32

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 6 (27 de maio de 2011): 510. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0116-y.

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"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 7-8 (julho de 2011): 608. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0137-6.

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34

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 10 (30 de setembro de 2011): 800. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0180-3.

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35

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 11 (18 de outubro de 2011): 895. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0206-x.

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36

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 113, n.º 12 (25 de novembro de 2011): 1004. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-011-0234-6.

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37

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 114, n.º 1 (janeiro de 2012): 93. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-012-0256-8.

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38

"PATENTE". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 114, n.º 2 (27 de janeiro de 2012): 188. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-012-0279-1.

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39

"Patente". ATZ - Automobiltechnische Zeitschrift 114, n.º 3 (24 de fevereiro de 2012): 266–67. http://dx.doi.org/10.1365/s35148-012-0302-6.

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40

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 4 (11 de março de 2011): 330. http://dx.doi.org/10.1365/s35164-011-0077-2.

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41

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 1 (23 de dezembro de 2010): 74–75. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0017-3.

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42

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 2 (14 de janeiro de 2011): 154. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0036-0.

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43

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 3 (11 de fevereiro de 2011): 241. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0057-8.

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44

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 5 (15 de abril de 2011): 422. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0097-0.

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45

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 6 (13 de maio de 2011): 511. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0116-1.

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46

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 7-8 (24 de junho de 2011): 622. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0139-7.

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"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 9 (setembro de 2011): 702. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0157-5.

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48

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 10 (9 de setembro de 2011): 815. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0176-2.

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49

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 11 (14 de outubro de 2011): 914. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0196-y.

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50

"Patente". MTZ - Motortechnische Zeitschrift 72, n.º 12 (novembro de 2011): 996–98. http://dx.doi.org/10.1365/s35146-011-0213-1.

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