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Benente, Mauro. "Nueva Constitución Política y estructura de poder en Bolivia". Revista de la Facultad de Derecho de México 70, n.º 278-1 (30 de outubro de 2020): 195. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2020.278-1.77355.

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El proceso constituyente boliviano que se desarrolló entre 2006 y 2009, fue el más democrático y democratizador de la historia del cono sur. Sin embargo, autores como Roberto Gargarella, han sostenido que la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia mantuvo intacta la estructura de poder. En este trabajo planteo que esa afirmación no tiene sustento empírico y que se en una deficiente concepción de las estructuras de poder.
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Leonel Junior, Gladstone. "La descolonización y la plurinacionalidad como elementos refundadores en la Constitución boliviana". Diálogos de saberes, n.º 47 (29 de julho de 2018): 189–201. http://dx.doi.org/10.18041/0124-0021/dialogos.47.2017.1702.

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La nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia es un hito temporal de acumulación política y social alcanzado en las luchas emprendidas por su promulgación en 2009. A través de ese instrumento, el Estado pasa por un proceso de cambio refundando algunos pilares desde la descolonización y la plurinacionalidad, elementos que marcan los avances del Estado boliviano en la tentativa de reconstrucción de sus instituciones. Los retos son grandes en un proceso que es reconocido como revolucionario en varios aspectos. Algo comprobable es que los elementos liberales que permanecen en la estructura jurídica boliviana no impiden la continuación del proceso de ruptura establecido en el país. De hecho, las limitaciones prácticas están presentes, así como las acciones que pueden ser consideradas como un gran avance para los que luchan por una América Latina descolonizada, intercultural y anticapitalista.
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Dunkerley, James. "Pachakuti en Bolivia (2008-2010). Un diario personal". Bolivian Studies Journal/Revista de Estudios Bolivianos 15 (15 de janeiro de 2011): 9–63. http://dx.doi.org/10.5195/bsj.2010.18.

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The writing of this personal Diary approaches crucial public “moments” in Bolivian history and connects them with present debates around the exercise of democracy in the context of the New Political Constitution of the State (2006) and of the recently founded Plurinational State (2010). In an effort to embrace a Pachakuti logic, the writing avoids a strict chronological order of the facts, rather unfolding a concern with the ‘historicity’ of where Bolivia now stands and where she might be ‘going.’ The Diary begins on February 7, 2009 (inauguration of the new Political Constitution of the State) and concludes on February 13, 2010 (with a report of the British newspaper The Guardian commenting that the government of Evo Morales has created a Space Agency and plans to launch, in 2013, a satellite that will be called Tupac Katari).La escritura de este Diario personal aborda “momentos” públicos cruciales en la historia de Bolivia y los conecta con los debates actuales en torno al ejercicio de la democracia en el contexto de la Nueva Constitución Política del Estado (2006) y del recientemente fundado Estado Plurinacional (2010). En un esfuerzo por darle a la escritura una lógica de Pachakuti, no se sigue el orden cronológico de los hechos, más bien se despliega una preocupación por la historicidad de dónde está parada Bolivia y hacia dónde podría estar yendo. El Diario se inicia el 7 de febrero de 2009 (inauguración de la nueva Constitución Política del Estado) y concluye el 13 de febrero de 2010 (con un reporte del periódico británico The Guardian comentando que el gobierno de Evo Morales ha creado una Agencia Espacial y planea lanzar, en 2013, un satélite que se llamará Tupac Katari).
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Testa Ferreira, Héctor, e Carlos Eduardo Amaya Perdomo. "Sobre el proceso constituyente boliviano". Nueva Época, n.º 57 (25 de agosto de 2022): 145–64. http://dx.doi.org/10.18041/0124-0013/nuevaepoca.57.2021.9110.

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El presente documento busca hacer una breve síntesis del proceso constituyente boliviano que tuvo lugar tras la victoria del Movimiento al Socialismo, en las elecciones del año 2005, y que desembocó en la promulgación de la Constitución Política de 2009 y en la refundación del hoy llamado Estado Plurinacional de Bolivia. El escrito presenta una sencilla reseña histórica de los antecedentes económicos, políticos y sociales que fungieron como semilla de la nueva Constitución y del nuevo Estado, los cuales tienen como eje fundamental el reconocimiento del carácter plurinacional del país. Cuestión central de todo el nuevo andamiaje constitucional y jurídico, junto con la reivindicación del derecho a la soberanía y a la libre autodeterminación de los pueblos. Según los acontecimientos ocurridos en octubre y noviembre del año 2019, que forzaron la renuncia del presidente Juan Evo Morales Ayma y de su fórmula vicepresidencial Álvaro García Linera, después de los comicios del 20 de octubre, debe indicarse que afloraron, con mayor claridad, las contradicciones existentes entre los sectores económicos, políticos y sociales afines y enemigos de la Constitución del Estado Plurinacional y del llamado “proceso de cambio”, las cuales datan y se remontan al propio desarrollo del proceso constituyente. Por un lado, la reaccionaria y ultraconservadora oligarquía boliviana afincada principalmente en la Medialuna y adepta del federalismo y del orden neoliberal que empleó la fuerza de las armas para derrocar el gobierno legítimo de Morales y, por el otro, los movimientos sociales y los pueblos indígenas, originarios y campesinos impulsores de la Constitución del 2009, quienes defendieron, el pasado 18 de octubre, en las urnas los logros alcanzados en la refundación de Bolivia, y eligieron al actual presidente Luis Arce Catacora, del Movimiento al Socialismo.
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Barrera Hernández, Zaira Andrea. "Análisis de la interculturalidad en la educación superior en Bolivia desde la perspectiva del Buen Vivir". Análisis Jurídico - Político 5, n.º 9 (31 de janeiro de 2023): 89–116. http://dx.doi.org/10.22490/26655489.6676.

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Evo Morales, quien fue elegido en 2005 e inició su gobierno en 2006, como primer presidente indígena de Bolivia, empezó el proceso de la Asamblea Nacional Constituyente, la cual presentó como una gran oportunidad para refundar Bolivia desde la unidad, la igualdad y la dignidad. Con ello, dio reconocimiento a 36 naciones o pueblos indígenas originarios —quienes han representado más del 60% de la población en el país— y buscó dar fin a los conflictos políticos, económicos, sociales y culturales que generaron brechas de desigualdad e invisibilización de las comunidades indígenas por años. Tal proceso cual culminó con la expedición de la Constitución Política en 2009. La nueva constitución implementó, como políticas del Estado, el Vivir Bien y la educación universal, productiva e intercultural, entre otras. Esto con el propósito de generar espacios de educación superior en áreas rurales buscando la participación social como respuesta a las necesidades. En este artículo se hace un análisis documental de la noción del Vivir Bien, la educación superior intercultural y su aplicación en el caso de la UNIBOL – Guaraní y pueblos de tierras bajas (Apiaguaiki Tüpa), desde 2008 hasta el 2019.
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Bedoya Nacif, Gabriel. "Las jurisdicciones del Estado Plurinacional de Bolivia." Revista Compás Empresarial 10, n.º 27 (30 de abril de 2019): 6–15. http://dx.doi.org/10.52428/20758960.v10i27.290.

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El presente análisis realizará una breve explicación de las cuatro jurisdicciones que componen el Órgano Judicial en el Estado Plurinacional de Bolivia, mismas que fueron establecidas desde la Constitución Política del Estado Plurinacional, promulgada en 2009 por el Presidente Evo Morales. Desde entonces, se vive un cambio en todo el país; sin embargo, también por la antigüedad de nuestras normas, los legisladores vieron por conveniente redactar nuevos códigos, leyes y una nueva división y organización del Órgano Judicial, respondiendo a las necesidades del nuevo Estado Plurinacional de Bolivia. Finalmente, se concluye el artículo indicando las similitudes y diferencias que existen entre las cuatro jurisdicciones: Ordinaria, Agroambiental, Índígena-originaria-campesina y especiales.
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Makaran, Gaya. "¿Refundación del Estado o ampliación de élites? El gobierno de Evo Morales y el proyecto indígena en la Bolivia actual". Estudios Latinoamericanos 35 (31 de dezembro de 2015): 133–59. http://dx.doi.org/10.36447/estudios2015.v35.art8.

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El artículo tiene como objetivo revisar el estado actual del proyecto indígena de refundación estatal enel contexto de los gobiernos de Evo Morales Ayma en Bolivia. Como proyecto indígena se entenderá la propuesta política surgida desde las organizaciones indígenas como consecuencia de la actividad del movimiento originario en Bolivia que tomó cuerpo en la Asamblea Constituyente bajo las figuras del Estado Plurinacional y del modelo Buen Vivir. ¿Es el Estado boliviano plurinacional como declara la Nueva Constitución o se trataría más bien de un Estado-nación pluricultural y multiétnico? ¿Coincide el modelo de desarrollo económico y social promovido por el gobierno con el ideal del Buen Vivir? Analizaremos tanto el discurso oficial, como las políticas concretas del gobierno de Evo Morales Ayma (2006-2020) a fin de revelar la situación actual de la propuesta indígena, tomando en cuenta un largo debate histórico sobre la construcción del Estado-nación en Bolivia.
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Mendoza Orosco, Gustavo, e Carlos Fernández Reyes. "La Fisonomía Propia de la Acción Popular en Bolivia." Revista Compás Empresarial 10, n.º 29 (31 de dezembro de 2019): 15–22. http://dx.doi.org/10.52428/20758960.v10i29.297.

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El Estado garantiza el ejercicio los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y, para este efecto, otorgó medios de protección contra todo acto u omisión de autoridades, personas individuales o colectivas tendientes a impedir el ejercicio efectivo de los mismos. A esos medios de protección se denominan acciones tutelares. En el caso particular de la Acción Popular es el medio de protección y de defensa inmediata, idóneo ante la violación o la intención de violar derechos, intereses colectivos o difusos relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por la Constitución Política del Estado. Esta acción constitucional de defensa a los derechos e intereses colectivos o difusos es novísima dentro del ordenamiento jurídico del Estado boliviano. Su inserción y reconocimiento en nuestra economía jurídica fue mediante la reforma constitucional del 2009. Aun siendo la acción constitucional de defensa más joven dentro del ordenamiento jurídico boliviano, por la reciente data de su inserción, se cuenta con una cantidad de Sentencias Constitucionales que las resuelven, de las cuales nos podemos valer con el objeto de entender la fisonomía propia de esta acción en el Estado Plurinacional de Bolivia, conocer su naturaleza jurídica e identificar sus características a través de las líneas jurisprudenciales establecidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
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Marston, Andrea, e Amy Kennemore. "Extraction, Revolution, Plurinationalism: Rethinking Extractivism from Bolivia". Latin American Perspectives 46, n.º 2 (4 de junho de 2018): 141–60. http://dx.doi.org/10.1177/0094582x18781347.

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With the ratification of its new constitution in 2009, Bolivia was transformed into a “plurinational state” associated with ecologically oriented values, yet resource extraction has expanded ever since. Fieldwork conducted in communities in highland Bolivia shows how resource extraction sustains and is sustained by “revolutionary narratives” in which the state—led by President Evo Morales—is configured as the protagonist of the plurinational era. Examination of the challenges presented by Bolivia’s indigenous communities and mining cooperatives to this revolutionary narrative during the 2014 adoption of new mining legislation suggests that shifting critical focus away from revolutionary change toward what David Scott calls the “politics of the present” might be a more fruitful way to think about the relationship between resource extraction and Bolivia’s plurinationalism. Al ratificar su nueva constitución en 2009, Bolivia se transformó en un “estado plurinacional” asociado con valores ecológicos; sin embargo, la extracción de recursos se ha expandido desde entonces. Investigaciones llevado a cabo en comunidades de las tierras altas de Bolivia muestran cómo la extracción de recursos sostiene y se sustenta en las “narrativas revolucionarias” en las que el estado, encabezado por el presidente Evo Morales, se configura como el protagonista de la era plurinacional. Examinar como las comunidades indígenas y las cooperativas mineras de Bolivia cuestionaron esta narrativa revolucionaria durante la adopción de la nueva legislación minera en 2014 sugiere que virar el enfoque crítico desde el cambio revolucionario hacia lo que David Scott llama la “política del presente” podría ser una forma más fructífera pensar en la relación entre la extracción de recursos y el plurinacionalismo boliviano.
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Díaz Morales, Norka. "Ausencia de Independencia Judicial en Bolivia por Falta de Presupuesto". Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar 7, n.º 5 (28 de novembro de 2023): 9130–42. http://dx.doi.org/10.37811/cl_rcm.v7i5.8480.

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El presente artículo analiza la Independencia Judicial en Bolivia desde su dimensión Institucional, ya que desde su Constitución Política del Estado de 2009 a la fecha, uno de los factores que impide la materialización de una verdadera Independencia en la justicia es la falta de autonomía presupuestaria por un lado y su precaria asignación por otro, hechos que denotan no dar la debida importancia el principio de división de poderes y al rol que cumple el Órgano Judicial que es fundamental para garantizar el Estado de Derecho y la administración de justicia que precautele el cumplimiento de la garantía del respeto de los Derechos Humanos, de la Constitución y las Leyes.
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Filgueira Risso, Ezequiel. "El asedio cultural:". Revista Integración y Cooperación Internacional, n.º 33 (8 de julho de 2021): 81–99. http://dx.doi.org/10.35305/revistamici.v0i33.88.

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Se recurre al caso del asedio cultural sufrido por los pueblos indígenas de Guatemala en los años setenta y ochenta para explicitar, por un lado, la continuidad de lógicas estratégicas y políticas coloniales en la actualidad y por el otro, su manifestación en el golpe de estado que precipitó violentamente la salida del gobierno del ex presidente de Bolivia, Evo Morales, en noviembre de 2019. En ese orden de cosas, se realiza una aproximación al significado y las implicancias de las innovaciones estatales promovidas por los procesos autonómicos de los pueblos indígenas y campesinos de Bolivia, consagradas por la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de 2009. Luego, se abordan sucintamente los procesos electorales en la Organización de Estados Americanos, Bolivia y los EE.UU. desarrollados a lo largo del 2020 para facilitar la comprensión de las activas resistencias internas y externas que continúan despertando las demandas por la profundización de la Plurinacionalidad. Dada la ubicuidad y la intensidad de tales resistencias se propone retomar la figura del asedio cultural como hipótesis explicativa de las estrategias que obstaculizan este proceso histórico y que pretenden relegarlo a un mero ejercicio constitucional.
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Díaz Morales, Norka. "La decadencia de la carrera judicial en Bolivia". Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar 7, n.º 1 (20 de março de 2023): 10136–53. http://dx.doi.org/10.37811/cl_rcm.v7i1.5196.

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El presente artículo analiza uno de los pilares fundamentales de la Independencia Judicial en Bolivia, como es la Carrera Judicial reconocida en su Constitución Política del Estado de 2009, que a la fecha no ha alcanzado un procedimiento idóneo que pueda dar solución a diferentes factores que impiden la institucionalización del Órgano Judicial como Poder componedor del Estado, motivo que ha desatado diferentes crisis institucionales y demandas constitucionales e internacionales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que pueden generar responsabilidad al Estado, pero lo más importante es que no se está cumpliendo con la garantía de la independencia judicial, en la medida que se limiten o eviten las injerencias externas en cuanto a la designación, promoción y cesación de operadores de justicia.
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Martínez Vargas, Olga Mary. "Regulación Dispersa, Principista y Declarativa del Derecho de Acceso a la Información Pública en el Estado Plurinacional de Bolivia desde la Vigencia de la Constitución Política del Estado del 2009". Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar 8, n.º 2 (27 de abril de 2024): 2383–405. http://dx.doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i2.10677.

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El derecho de acceso a la información pública tiene como base doctrinal las libertades de expresión e información y el principio de publicidad de los actos públicos. El cual en el Estado Plurinacional de Bolivia fue constitucionalizado el 2009, constituyendo un hito histórico importante que refleja el compromiso jurídico del Estado con la transparencia y apertura de la gestión gubernamental. Este artículo es resultado de un estudio de análisis normativo exegético y hermenéutico que forma parte de una investigación de tesis doctoral sobre el derecho de acceso a la información pública en materia educativa universitaria en Bolivia y tiene el objetivo de determinar la forma de regulación jurídica del derecho de acceso a la información pública en Bolivia por las instancias legislativas nacionales, departamentales, municipales y universitarias desde la vigencia de la Constitución Política del Estado del 2009. Se constata la aplicación de la técnica legislativa dispersa para regular el derecho de acceso a la información pública en diferentes cuerpos normativos desde un enfoque principista restrictivo y de transparencia institucional sin respetar el principio filosófico de mínima intervención del Estado, obviando muchos estándares internacionales contemplados en la Ley Modelo Interamericana sobre el Acceso a la Información Pública.
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Estrada Rocha, William Alex. "La construcción del derecho de igualdad en Bolivia". Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar 7, n.º 3 (10 de junho de 2023): 1218–48. http://dx.doi.org/10.37811/cl_rcm.v7i3.6269.

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Bolivia un país con mucha diversidad etnográfica, grupos poblacionales de muchos orígenes, que conviven juntos y revueltos, pero muchos bolivianos desarrollaron políticas públicas e instituciones, además de costumbres, que los quiere no revueltos, segregando la otorgación de derechos civiles; la igualdad de derechos; es aún una aspiración por alcanzar. El presente artículo tiene por objetivo describir la paulatina aplicación práctica de los derechos civiles dentro del Estado Plurinacional de Bolivia en la actualidad. Para el logro de este objetivo se utilizará el método cronológico descriptivo, a lo largo de la historia de Bolivia y los estudios realizados por organismos internacionales como el PNUD y las investigaciones de especialistas en Sociología, Ciencias Políticas y Derecho. Partiendo que Bolivia es un Estado en construcción, donde la igualdad debe ser construida, mejor dicho, debe seguir siendo construida; al respecto se puede señalar que en sus primeros años de vida independiente la ciudadanía derivada de la colonia operó y admitió derechos; la igualdad de derechos; no avanzó dentro de la vida independiente, ya que la legislación del propio Estado desarrolló leyes que prohibían el paso en espacios públicos a personas de cierto tipo racial. En la revolución de 1952, se dotaron de muchos más derechos a la población, donde se buscó estructurar una igualdad con la “alianza de clases”; la igualdad de derechos; no llegó en la práctica real de la vida, desde el año 2007, el Estado boliviano con una visión plurinacional, donde en el artículo 1 de su actual Constitución Política del Estado, en su segunda parte señala: “Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico dentro del proceso integrador del país”, busca una igualdad de derechos ciudadanos para todos los seres humanos que viven en su territorio, pero el hecho que se produzca una desigualdad en los actos de la vida cotidiana de su misma población, muestra que la igualdad debe ser construida, como parte de una evolución cultural, antropológica, sociológica y de psicología social como de psicología individual supere a todos los actos de discriminación.
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Ruiz Flores, Sabino. "Elementos fundantes del nuevo constitucionalismo boliviano". LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 4, n.º 1 (27 de janeiro de 2023): 517–33. http://dx.doi.org/10.56712/latam.v4i1.270.

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Sin duda la aprobación y promulgación de la Constitución Política del Estado en el año 2009 de alcance Plurinacional y Comunitario, en Bolivia, marco el inicio del nuevo Constitucionalismo y este hecho histórico, jurídico, político, social y cultural tiene un alcance reparador, refundacional y representa la superación de las vertientes del Constitucionalismo liberal, del constitucionalismo social y el tránsito hacia el nuevo Constitucionalismo emergente de naturaleza Plurinacional, Comunitario e intercultural. La naturaleza reparadora y refundacional, se materializa también en el hecho de que, con el nuevo Constitucionalismo, se asume por vez primera en la vida republicana, los ejes transversales y fundantes del nuevo estado y sociedad plural y abigarrada; los ejes fundantes de la descolonización, del pluralismo y de la interculturalidad. En el presente texto el autor realiza el abordaje esencialmente desde la sociología y antropología jurídica, pero también desde la perspectiva de la filosofía y dogmática constitucional, este análisis contempla los siguientes contenidos: Los elementos fundantes del nuevo constitucionalismo boliviano, la materialización del Constitucionalismo Plurinacional, la reparación histórica y el reconocimiento de la existencia precolonial de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, la Descolonización como fundamento del nuevo estado, el Pluralismo jurídico y la Interculturalidad.
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Shigler Siles, Edwin Carlos. "Mayor asignación presupuestaria en inversión pública en los sectores de educación, salud, investigación científica y desarrollo productivo con enfoque de sostenibilidad en la Ley financia". Revista Científica ciencias Económicas y Financieras 1, n.º 1 (1 de dezembro de 2021): 26–32. http://dx.doi.org/10.56635/rdicyt.v1i1.8.

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Bolivia tuvo cambios importantes en éstos últimos 15 años, desde el nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia a través de una nueva Constitución Política del Estado en la cual tiene diferencias notables con la antigua Constitución, en el aspecto económico, social y ambiental. Desde la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado, se han promulgado varias leyes, entre ellas la Ley marco de autonomías, en la cual establece las competencias en los diferentes niveles de gobierno en el aspecto territorial. A pesar de que hubo cambios estructurales, una debilidad fuerte fue la mala asignación presupuestaría en las áreas de salud, educación y desarrollo productivo. El incremento de los ingresos al Estado por concepto del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) fueron importantes desde el año 2006 hasta el 2015, ya que luego de la promulgación de la Ley 3058 (Ley de Hidrocarburos) y los precios elevados del barril del petróleo, favoreció a que el Estado, Gobernaciones, Alcaldías y Universidades Públicas hayan manejado en algunos casos hasta el doble de los recursos que tenían hasta antes del año 2004. Problemas estructurales en el aspecto de salud y educación refleja esa poca asignación presupuestaria en esas áreas estratégicas en nuestro País, hospitales con deficiencia en infraestructura, equipamiento y recursos humanos. Así mismo, en el área de educación, la falta de escuelas en algunos casos, falta de mobiliario en otros casos, afectan de manera directa a la formación de los estudiantes. Otra área fundamental es del desarrollo productivo, que no sólo se limita en la dotación de tractores o insumos al sector productor, sino que el Estado acompañe toda la cadena productiva con soberanía alimentaria, y la apertura de mercados internacionales.
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McNelly, Angus. "The Incorporation of Social Organizations under the MAS in Bolivia". Latin American Perspectives 47, n.º 4 (29 de maio de 2020): 76–95. http://dx.doi.org/10.1177/0094582x20918556.

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By drawing on the theoretical framework of the second incorporation of heterogeneous social organizations by progressive governments through informal contestation and/or technocratic implementation of their demands in Latin America, this article argues that the first presidential term of Evo Morales in Bolivia (2006–2009) was marked by the incorporation of combative social movements through both a multidimensional co-optation of movements and the technocratic competition of the central movement demands for the nationalization of gas and the rewriting of the constitution through a constituent assembly. However, by 2010, this incorporation had stripped social movements of their ability to mobilize for change and the political conjuncture had shifted, making the government less dependent on its social bases to maintain political stability. This simultaneously transformed movements into defensive movements protecting the gains from the previous period and state–social-movement relations into informal contestatory regimes in which movements could only struggle against proposed political agendas. En base a un marco teórico que abarca la segunda incorporación de organizaciones sociales heterogéneas por parte de gobiernos progresistas a través de la contestación informal y/o la implementación tecnocrática de sus demandas en América Latina, un análisis del proyecto político de Evo Morales en Bolivia sostiene que su primer mandato presidencial se vio caracterizado por la incorporación de movimientos sociales combativos a través de una cooptación multidimensional de dichos movimientos y la competencia tecnocrática de las demandas del movimiento central en torno a la nacionalización del gas y la modificación de la constitución por una asamblea constituyente. Sin embargo, para 2010, esta incorporación había despojado a los movimientos sociales de su capacidad de movilizarse a favor del cambio y la coyuntura política había cambiado, haciendo que el gobierno dependiera menos de sus bases sociales para mantener la estabilidad política. Esto transformó a los movimientos en entidades defensivas dedicadas a proteger las ganancias del período anterior y las relaciones entre el estado y los movimientos sociales en regímenes informales de impugnación dentro de los cuales los movimientos mismos sólo podían luchar contra las agendas políticas propuestas.
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Argandoña, Bishelly Elías. "Derechos económicos de las mujeres rurales en el proceso de cambio de Bolivia: un análisis normativo". +E, n.º 5.Ene-Dic (18 de fevereiro de 2016): 68–75. http://dx.doi.org/10.14409/extension.v5i5.5144.

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El “proceso de cambio” boliviano que se inicia en el año 2006 configura un nuevo escenario para generar normas que promuevan los derechos económicos de las mujeres rurales. La Constitución Política del Estado plantea la equidad de género como un principio del sistema de gobierno, sin embargo las agendas de las organizaciones de mujeres urbanas y rurales no son las mismas; mientras que las mujeres urbanas han avanzado hacia la consolidación de la participación política, las mujeres rurales han avanzado en los derechos de acceso a la tierra y desarrollo rural. Ambos caminos presentan desafíos para lograr que la participación igualitaria de las mujeres en los distintos niveles de Estado sea una oportunidad para efectivizar los derechos de las mujeres rurales.
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Rutigliano, Alexandre. "«Por un trabajo digno» - Emergencia y representaciones de un movimiento de niñas, niños y adolescentes trabajadores en Bolivia". Debates en Sociología, n.º 48 (25 de setembro de 2019): 131–56. http://dx.doi.org/10.18800/debatesensociologia.201901.005.

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Desde que las primeras organizaciones de niños, niñas y adolescentes trabajadores (NNAT) emer­gieron en los años 1980 en Bolivia, emprendieron acciones con y contra el Estado, e incluso cola­boraron en la redacción de la Nueva Constitución (2008-2009) y del Nuevo Código Niña Niño Adolescente (2013-2014). Como movimiento social, han luchado por sus derechos a trabajar, a tener protecciones legales específicas por ser niños y niñas trabajadores y a ser incluidos en el diseño de leyes y políticas que los impactan. Como parte de un trabajo etnográfico más amplio, este artículo se enfoca en la historia de las representaciones de la infancia y del trabajo que son todavía dominantes en la mayoría de las organizaciones internacionales, y en cómo algunos varios NNAT bolivianos se enfrentan a ellas y definen derechos más contextualizados e inclusivos. De manera general, este trabajo muestra que no hay un ser niño universal, y que los niños, niñas y adolescentes se deben considerar como actores en los espacios social y político.
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Madrid Tamayo, Andrea, Janeth Taco-Chisaguano e Emilio Almeida Méndez. "Los dilemas en la práctica de los Estados plurinacionales e interculturales: retórica versus acción alrededor de las democracias comunitarias". Autoctonia Revista de Ciencias Sociales e Historia 8, n.º 1 (24 de janeiro de 2024): 539–64. http://dx.doi.org/10.23854/autoc.v8i1.333.

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El presente artículo revisa, a la luz del Estado plurinacional e intercultural del Ecuador, cómo ha funcionado en la práctica el reconocimiento de lo que en la Constitución de 2008 se denominó como democracia comunitaria y que da cuenta de una forma de organización social y política ejercida ancestralmente por pueblos y nacionalidades indígenas. El objetivo es analizar los elementos sociales y simbólicos de esta forma comunitaria de ejercer la democracia, sus implicaciones y connotaciones para la organización de la comunidad indígena del estudio de caso. Por otro lado, se revisan algunas conceptualizaciones sobre este término, y se observan los aportes que el Estado plurinacional de Bolivia ha introducido en el debate. Para ello, se realizó un levantamiento etnográfico, una revisión de literatura y un acercamiento a las dinámicas técnico-políticas en el ámbito burocrático, que se desarrollaron en el contexto de un Estado reconocido constitucionalmente como plurinacional e intercultural. Finalmente, las conclusiones giran en torno al trabajo que tiene hacia adelante el Estado ecuatoriano y particularmente las entidades de la Función Electoral, para garantizar el reconocimiento pleno de la democracia comunitaria.
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Aguirre Urioste, Carolina, e Mauricio Torrico Galindo. "Vulneración de los principios de igualdad y de no discriminación respecto de los derechos laborales de los trabajadores extranjeros en Bolivia". Revista de Derecho de la UCB 7, n.º 13 (31 de outubro de 2023): 157–87. http://dx.doi.org/10.35319/lawreview.20231393.

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La legislación laboral en Bolivia se encuentra dispersa, tanto en número de cuerpos normativos como en la temporalidad en las que se aprobaron las normas. Asimismo, estas normas se encuentran disgregadas en cuerpos normativos de distinto rango: así tenemos la ley primordial sobre esta materia, que consiste en una Ley General del Trabajo (LGT), que data de 1939, y otras normas posteriores con carácter de leyes, decretos supremos o resoluciones ministeriales que, de manera consecutiva, han reglamentado, modificado o complementado el régimen laboral, generando un conjunto de normas que, en muchos casos, no tienen congruencia entre sí. Con la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado en febrero de 2009, ciertas normas laborales no han sido adecuadas a los nuevos preceptos constitucionales en la materia. Es el caso del art. 3 de la LGT, que introduce limitaciones respecto del número máximo de trabajadores extranjeros y su nivel de especialidad, contradiciendo los principios de igualdad y de no discriminación, ampliamente reconocidos, y que se aplican en materia laboral; esta doble limitación impuesta por la LGT puede ser considerada contraria a los derechos laborales reconocidos por la Constitución, tratados internacionales, y otras leyes sobre la materia.
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Storini, Claudia. "PRESUPUESTO PÚBLICO Y EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES EN EL NUEVO CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO". Revista Direitos Sociais e Políticas Públicas (UNIFAFIBE) 8, n.º 3 (22 de dezembro de 2020): 870. http://dx.doi.org/10.25245/rdspp.v8i3.836.

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Algunos autores han descrito el proceso constituyente colombiano de 1991 como la primera manifestación de una teoría constitucional que representa un punto de inflexión en la evolución constitucional mundial.[1] No obstante, si bien es cierto que en la Constitución colombiana aparecen algunos rasgos novedosos respecto al constitucionalismo clásico, son los procesos constituyentes ecuatoriano de 1998 y de 2008, venezolano de 1999, boliviano de 2009 los que permiten defender el nacimiento de un nuevo constitucionalismo latinoamericano.Un nuevo constitucionalismo que, además de resaltar la dimensión jurídica de la Constitución, dirige su atención por una parte, a la legitimidad democrática de la misma y, por otra, al perfecionamiento del reconocimiento y garantía de los derechos. Es así que, ante la debilidad del viejo modelo constitucional para resolver los problemas de la sociedad, estas constituciones proponen un nuevo modelo de Estado. Este cambio de paradigma abarca aspectos procedimentales y sustanciales.[2]Desde el punto de vista sustancial -sin que ello signifique subestimar por una parte, las innovaciones procedimentales y, por otra, la reformulación de la división clásica de poderes, la creación de nuevas formas de participación política, y la reelaboración de los contenidos de la Constitución económica- el cambio que más claramente se configura como punto a parte de las formas constitucionales anteriores, es el reconocimiento de la directa aplicabilidad e igual jerarquía de todos los derechos. En este sentido los citados textos constitucionales, han abierto una nueva época para que pueda darse con plenitud el reconocimiento y justiciabilidad de los derechos sociales.[3] Además, a diferencia del constitucionalismo clásico, que se limita a establecer fórmulas indeterminadas de reconocimiento de los derechos, en estos textos el constituyente configura cada uno de ellos, dotándolos de una potencialidad expansiva que va muchos más allá del límite impuesto por el respeto del contenido esencial.Partiendo de esta base, se intentará demostrar que una de las implicaciones del cambio de paradigma antes descrito es que, mientras en el viejo constitucionalismo los poderes encargados de cumplir con las obligaciones que se desprenden del reconocimiento de los derechos sociales son los poderes políticos, siendo el judicial solo subsidiario, en el nuevo constitucionalismo los órganos jurisdiccionales tienen un papel fundamental en la garantía de su efectividad.Con esta finalidad, se tomará como referente la Constitución de Ecuador 2008, en tanto que en ella, como en ninguna otra, los derechos se manifiestan como el núcleo axiológico de toda las demás disposiciones. Así lo pone de manifiesto el preámbulo y el artículo 1 en el que se configura un nuevo Estado de derechos y justicia, que debe ser entendido como aquel Estado en el que la garantía de los mismos y en especial las garantías de los derechos sociales, en tanto derechos capaces de garantizar “una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawasay”,[4] deben ser consideradas como elemento primordial a la hora de interpretar y desarrollar cualquier norma constitucional y legal. En este sentido, las garantías de los derechos deberán ser el parámetro a través del cual se aplique la Constitución y se resuelvan las controversias entre ciudadanos, entre los diferentes poderes del Estado y entre este último y los ciudadanos. Hablar de Estado de derechos significa aplicar e interpretar la constitución y todas sus instituciones, reglas y principios a la luz de los derechos en ella garantizados.[5]* Agradezco a Sebastián Bernardo Vázquez Rodas la atenta lectura de este trabajo y sus atinadas sugerencias y observaciones.[1] Roberto Viciano y Ruben Martínez, “Aspectos generales del nuevo constitucionalismo latinoamericano”, en Luís Fernando Ávila Lizán, edit., Política, justicia y Constitución, Quito, Corte Constitucional, 2011, p.167. Boaventura de Sousa Santos habla de “grandes prácticas transformadoras” en “La reinvención del Estado y el Estado plurinacional”, en OSAL, Buenos. Aires, CLACSO, Año VIII, Nº 22, 2007, p 27. Véase también, Roberto Gargarella, y Christian Courtis. El nuevo constitucionalismo latinoamericano: promesas e interrogantes, Serie Políticas sociales, No. 153, Santiago de Chile, Cepal, 2009, pp. 31 y ss.[2] Albert Noguera Fernández y Marcos Criado de Diego, hablan de rasgos procedimentales porque: “a diferencia de los procesos constituyentes anteriores que se habían desarrollado, particularmente en América Latina, y siguiendo el ejemplo europeo, de espaldas a la población, estos serán procesos activados mediante referendo por el pueblo, que suponen un rescate de los principios de soberanía popular y de la doctrina clásica del poder constituyente mediante la elección democrática de una Asamblea Constituyente originaria con funciones de redacción de un proyecto de Constitución que debe someterse a ratificación popular”. Y de rasgos de contenido. En el sentido que: “Estas últimas constituciones recogen un conjunto de innovaciones sustanciales que las diferencian claramente de sus precedentes”, en “La constitución colombiana de 1991 como punto de inicio del nuevo constitucionalismo en América Latina”, en Revista Estudios Socio-Jurídicos, vol. 13, No. 1, S/L, 2011, p. 18.[3] Se utiliza este concepto de derechos entendiendo que en la tradición constitucional se habla de “derechos sociales”, y en el derecho internacional de los derechos humanos se habla de “derechos económicos, sociales y culturales”.[4] Así recita el preámbulo de la Constitución de 2008.[5] Según Ramiro Ávila, en la Constitución de Ecuador el “estado está sometido a los derechos” por las siguientes razones: “1. Es deber primordial del estado garantizar el efectivo goce de los derechos [art. 3. (1)]; 2. El más alto deber del estado es respetar y hacer respetar los derechos [art. 11. (9)]; 3. La participación en todo asunto de interés público es un derecho [art. 95]; 4. La Asamblea Nacional y todo órgano en potestad normativa no pueden atentar contra los derechos [art. 84]; 5. La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas, cuya rectoría la tiene el ejecutivo [art. 141], garantizan los derechos [art. 85]; 6. Los jueces y juezas administran justicia con sujeción a los derechos [art. 172]; 7. La función de transparencia y control social protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos [art. 204]; 8. La función electoral garantiza los derechos de participación política [art. 204]. (…) “Toda función del estado, en suma, está vinculada y sometida a los derechos. Podríamos seguir con la enumeración y afirmar que esta relación de sometimiento a los derechos se repite en la administración pública [art. 226], en el modelo de desarrollo [art. 275], en el sistema económico [art. 233], en la deuda externa [art. 290 (2)], en la formulación del presupuesto del estado [art. 298], en el sistema financiero [art. 358], en los sectores estratégicos, en la inversión [art. 339], en la producción [art. 319]”, en El neoconstitucionalismo transformador. El Estado y el derecho en la Constitución de 2008, Quito, Abya-Yala/Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, 2011, pp. 139-140. Y, del mismo autor: “Caracterización de la Constitución de 2008. Visión panorámica de la Constitución a partir del Estado constitucional de derechos y justicia”, en La nueva Constitución del Ecuador. Estado, derechos e instituciones, Santiago Andrade, Agustín Grijalva y Claudia Storini, edits., Quito, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador/Corporación Editora Nacional, 2009.
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Alejo Pocoma, Jimmy Leonardo. "Bioética Investigativa en Bolivia". MEMORIA DEL POSGRADO 3, n.º 1 (16 de setembro de 2022): 68–74. http://dx.doi.org/10.53287/jprv2686bh24s.

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En este ensayo se realizó una revisión de la documentación disponible respecto a la bioética en Bolivia, inicia con una revisión a la situación de la bioética a nivel de Latinoamérica, en una segunda instancia se trata el tema de la ética y su relación con la investigación, haciendo una reflexión sobre las condiciones actuales en Bolivia respecto a la temática en cuestión, identificándose serias deficiencias y ausencias en el manejo éticos de la actividad investigativa. En un tercer acápite se realiza una cronología sobre la creación de los comités de ética, siendo el inicio el año 2000 con la creación de Comité Impulsor de Ética y Bioética en Bolivia, que luego se llamaría Comité Nacional de Bioética, además de iniciativas como COMETICA de la Facultad de Medicina de la UMSA, y otras en el interior del país. Finalmente, se realiza una compilación y revisión de la normativa partiendo desde la Nueva Constitución Política del Estado en la que se incorpora aspecto relativos a la investigación, derechos de las personas, respeto, consentimiento para la participación en estudios, además del rescate de las prácticas ancestrales desde el pensamiento y valores de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. El Código de Salud que también refiere al consentimiento de las personas ante cualquier tipo de experimentación. El código de ética y Deontología refiere investigaciones con humanos previa experimentación en animales. En conclusión, la bioética es un tema pendiente para el desarrollo, considerando aspectos de financiamiento e institucionalización, formación y aplicación en Bolivia
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Altmann, Philipp. "Buen Vivir como propuesta política integral: Dimensiones del Sumak Kawsay". Mundos Plurales - Revista Latinoamericana de Políticas y Acción Pública 3, n.º 1 (5 de julho de 2016): 55. http://dx.doi.org/10.17141/mundosplurales.1.2016.2318.

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El Sumak Kawsay o Buen Vivir ha recibido mucha atención desde su integración en la Constitución ecuatoriana del 2008 y –como Suma Qamaña– en la boliviana del 2009. En este contexto ha sido entendido como una alternativa a las concepciones capitalistas del desarrollo como crecimiento. Así adquirió un rol de alternativa semi-utópica dentro de un discurso de “la izquierda ecologista” que se interesa más en buscar conexiones y tradiciones de este concepto para difundirlo que en una descripción concreta. No obstante, tanto en la definición del movimiento indígena ecuatoriano –actor que introdujo este concepto en el Ecuador–, como en la del gobierno de este país, el Buen Vivir tiene una serie de dimensiones más o menos concretas que pueden permitir una idea de cómo sería la construcción de una sociedad o de un Estado del Buen Vivir. Este texto pretende precisar las posibles dimensiones de este concepto en la definición del movimiento indígena y la del Gobierno ecuatoriano mediante un análisis discursivo de las diferentes publicaciones. La comparación de las diferentes interpretaciones del Buen Vivir, concretizado en determinadas dimensiones, puede ser un primer paso para elaborar la base conceptual para una definición del Buen Vivir apto para la aplicación práctica.
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Villarpando Pérez, Aylin Natalia. "La razonabilidad del artículo 50 de la ley 708 de Conciliación y Arbitraje en relación al principio de celeridad". Revista de Derecho de la UCB 3, n.º 4 (3 de abril de 2019): 109–46. http://dx.doi.org/10.35319/lawreview.2019432.

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El año 2015 el Estado boliviano promulgó la ley 708 de Conciliación y Arbitraje en reemplazo de la ley 1770 de 1997. Esta nueva ley establece en su artículo 50 que la duración máxima de la etapa de méritos del proceso arbitral es de 365 días como plazo máximo, mientras la ley anterior establecía un límite de 180 días. Dado que la Constitución Política del Estado promulgada en 2009 reconoce el principio de celeridad como una forma de garantizar una justicia pronta y sin dilaciones, este artículo analiza si esta nueva norma cumple este objetivo. Para este fin, se aplicó el método dogmático jurídico y deductivo. En ese sentido, se examinó si el plazo mencionado cumple con el principio de razonabilidad, evidenciándose que no lo hace, por lo cual es una medida irrazonable e inconstitucional. En consecuencia, se recomienda su derogación.
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Zenteno Santivañez, Francisco Fermin. "La apertura de la legislación boliviana a la solución por arbitraje de conflictos que podrían ser calificados como delitos". Revista de Derecho de la UCB 4, n.º 7 (5 de outubro de 2020): 105–32. http://dx.doi.org/10.35319/lawreview.2020751.

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La Constitución Política promulgada en 2009 define a Bolivia como un Estado que promueve el diálogo y la cultura de paz. Consecuentemente, el 2015 se promulgó la Ley de Conciliación y Arbitraje, a fin de fomentar dicha cultura de paz y aligerar la carga procesal. Paralelamente, el sistema penal arrastra una profunda crisis, la cual se evidencia en la sobrecarga procesal y la retardación de justicia. En virtud a dichos antecedentes, la posibilidad de resolver por arbitraje conflictos susceptibles de ser calificados como delitos fue objeto de múltiple análisis dentro de la jurisprudencia constitucional, existiendo líneas jurisprudenciales contradictorias en cuanto a dicha posibilidad, como consecuencia de su antagonismo con el principio de legalidad procesal. Por tanto, esta investigación pretende determinar si de conformidad con la legislación vigente se podría plantear la aplicación del arbitraje para dirimir los mencionados conflictos, además de analizar la necesidad y los beneficios que tendría la medida dentro del contexto nacional. En ese sentido, se determinó que el arbitraje es acorde a los principios y límites establecidos por la legislación vigente y su utilización supondría grandes beneficios; consecuentemente, se recomienda su aplicación en aquellos delitos que no supongan la afectación de los bienes jurídicos más importantes.
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Caro, Isaac, e Patricio Carrasco. "Presentación". Persona y Sociedad 28, n.º 2 (1 de maio de 2014): 7. http://dx.doi.org/10.53689/pys.v28i2.63.

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La publicación XXVIII, número 2, de revista Persona y Sociedad, al igual que los números anteriores, concentra estudios e investigaciones sobre las siguientes disciplinas de las ciencias sociales: filosofía política, teoría sociológica, sociología política, ciencia política, vinculadas a casos correspondientes de la sociedad civil y a la construcción e implementación legislativa. Esta edición tiene un especial contenido sobre las realidades sociales y políticas de la región latinoamericana, siempre enfrentada a procesos de transformación y ajustes en el nuevo escenario de la 'sociedad mundial'. El primer artículo que abre esta publicación es de Felipe Mansilla, cuyo título es "La naturaleza conservadora de las concepciones antioccidentalistas. Observaciones incómodas sobre un tema actual". Para este análisis, el Tercer Mundo -y en especial mención la región latinoamericana- es el propósito de este ensayo, que indaga sobre el impacto y la divulgación que han tenido las ideas de pensadores como Walter Benjamin y Carl Schmitt entre los adherentes de las doctrinas de la subalternidad y la descolonización en el continente latinoamericano. El segundo artículo de esta publicación analiza el actual posicionamiento teórico de Habermas en relación con su reconocimiento del importante lugar que ocupa la religión en el espacio público-político. Su autor, Santiago Prono, considera que este espacio de modelación tiene consecuencias incluso en el concepto mismo de sociedad civil, logrando la participación de ciudadanos religiosos en el marco conceptual de la política deliberativa. Miriam Kriger y Juan Dukuen encabezan la tercera investigación, en la cual estudian las disposiciones políticas de jóvenes estudiantes argentinos de clase alta de Buenos Aires durante los años 2011 y 2013. La estructura de este análisis se basa en la perspectiva bourdieuana en diálogo con la psicología cultural, cuyo foco es el estudio de la intervención del pensamiento político y el juicio moral en la formación de disposiciones políticas de este grupo social. En cuarto lugar, el artículo "Bolivia: lucha indígena hacia las autonomías", de María Fernanda Herrera, realiza un análisis crítico del presente boliviano con respecto a la consecución de derechos y autonomías territoriales. Aun cuando el año 2009 fue un momento clave para la articulación de movimientos sociales y originarios en dicho país, al punto de llegar a establecer un Estado plurinacional, la Nueva Constitución limita su construcción debido a las normativas institucionales de la misma. Finalmente, la publicación de Lucía Salazar titulada "Reconociendo el feminicidio. La exigencia en sociedad y la legislación ecuatoriana", pone el acento en el último proceso legislativo que se ha llevado a cabo en Ecuador desde la aprobación del Código Integral Penal. Desde una visión crítica, la autora considera los debates existentes en legisladores, jurisconsultos y en la sociedad ecuatoriana en general. Este número cuenta además con dos breves reseñas. En primer lugar, Ceferino Muñoz reseña La persona humana y su formación en Antonio Millán-Puelles, de Mauricio Bicocca, cuyo eje principal aborda la formación individual y social de la persona humana. La segunda reseña la realiza Miguel González Vallejos sobre el texto Indagación cristiana en los márgenes. Un clamor latinoamericano, con prólogo de Antonio Bentué, de Diego lrarrázaval. Aquí el autor invita a reflexionar sobre la siguiente premisa: "el acontecer ordinario y el contacto entre personas y culturas diferentes permiten descubrir voces y silencios de Dios. Esto conlleva tomar distancia de idolatrías contemporáneas".
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Girardon dos Santos, Denise Tatiane, e Fernanda Lavínia Birck Schubert. "A atuação das Bartolinas Sisas no processo constituinte da Bolívia: um olhar pela perspectiva do Feminismo Descolonial". Opinión Jurídica 20, n.º 43 (22 de novembro de 2021): 189–214. http://dx.doi.org/10.22395/ojum.v20n43a7.

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O artigo busca analisar a atuação das mulheres da Confederación Nacional de Mujeres Campesinas, Indígenas y Originárias – Bartolina Sisa no processo constituinte da Bolívia e sua influência na positivação de direitos, pela perspectiva do feminismo descolonial. O problema que orienta a pesquisa pode ser sintetizado na seguinte pergunta: Como as mulheres Bartolinas Sisas contribuíram para o debate e a positivação de direitos na Constitución Política del Estado de 2009? O objetivo geral do texto é, partindo da compreensão do feminismo descolonial, verificar a atuação das Bartolinas Sisas no processo Constituinte da Bolívia. O método de pesquisa aplicado foi o qualitativo, mediante o emprego de técnica de pesquisa bibliográfica e documental, com estratégia explicativa. Como resultado da pesquisa, tem-se que as Bartolinas Sisas compuseram/compõem um grupo de mulheres latinas e marginalizadas, cuja luta pode ser caracterizada como feminista descolonial, por ser pautada na busca pela eliminação das desigualdades de gênero na Bolívia e na despatriarcalização da sua sociedade, além de sua descolonização, com reflexos diretos de sua participação no processo constituinte boliviano. Em decorrência da sua atuação, a Bolívia passou a contar com direitos políticos a mulheres indígenas, o reconhecimento do Estado Plurinacional, a previsão de direitos coletivos.
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Alarcón Gambarte, María Micaela. "El Estado Plurinacional en Bolivia". Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, n.º 20 (10 de dezembro de 2020): 1–27. http://dx.doi.org/10.17561/rej.n20.a1.

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El presente trabajo tiene por objeto reflexionar en torno a los rasgos del Estado Plurinacional en Bolivia, instituido en la Constitución de Bolivia de 2009. Para ello será necesario contextualizar la cadena de Constituciones que se han ido sucediendo a lo largo del constitucionalismo boliviano. Prestando especial atención a la Constitución vigente, que introduce el cambio de modelo de Estado, suprimiendo la palabra «República» y sustituyéndola por la de «Estado Plurinacional». Para concluir se aborda el estudio del Poder Público con especificidad el Órgano Electoral, dado su reconocimiento peculiar como cuarto Órgano del Estado.El presente trabajo tiene por objeto reflexionar en torno a los rasgos del Estado Plurinacional en Bolivia, instituido en la Constitución de Bolivia de 2009. Para ello será necesario contextualizar la cadena de Constituciones que se han ido sucediendo a lo largo del constitucionalismo boliviano. Prestando especial atención a la Constitución vigente, que introduce el cambio de modelo de Estado, suprimiendo la palabra «República» y sustituyéndola por la de «Estado Plurinacional». Para concluir se aborda el estudio del Poder Público con especificidad el Órgano Electoral, dado su reconocimiento peculiar como cuarto Órgano del Estado.
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Benente, Mauro. "El Estado y los derechos humanos en la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia". Boletín Mexicano de Derecho Comparado 1, n.º 148 (6 de março de 2017): 49. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484873e.2017.148.10995.

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En el presente trabajo analizo el modo en que Álvaro García Linera conceptualiza la transición del Estado boliviano, y muestro cómo la nueva Constitución Política se inscribe en ese proceso. Desde la perspectiva de la gubernamentalidad marco que en la Constitución hay una nueva racionalidad de gobierno que avanza hacia la plurinacionalidad y abandona el neoliberalismo, pero la racionalidad que subyace al diagrama de los derechos humanos se mantiene en un registro eminentemente liberal.
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Díaz-González, José Andrés. "¿Estado plural o multicultural? El caso del Estado Plurinacional de Bolivia". Temas de Nuestra América. Revista de Estudios Latinoaméricanos 33, n.º 62 (27 de dezembro de 2017): 51. http://dx.doi.org/10.15359/tdna.33-62.3.

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El presente ensayo revisa el proceso y consecuencias de la declaración de Bolivia como estado plurinacional, con el propósito de determinar si este responde a un modelo de estado plural o multicultural. Se hace una revisión de los conceptos de pluralismo, como proveniente de una tradición individualista y multiculturalismo, como proveniente de una tradición comunitaria. Apoyándose en el trabajo realizado por diversos actores, así como en la revisión de algunas actuaciones del gobierno Bolivariano, se concluye que la Constitución del 2009 instala un modelo de Estado plural.
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Roncal Vattuone, Ximena, e Cristian Calderón Collazos. "Reflexiones sobre la despatriarcalización en Bolivia". Estudios Latinoamericanos, n.º 43 (27 de maio de 2019): 59. http://dx.doi.org/10.22201/cela.24484946e.2019.43.72804.

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<p>En la última década del siglo XXI, el Estado Plurinacional de Bolivia viene desarrollando cambios importantes en la sociedad boliviana con el objetivo de desmontar las estructuras patriarcales a partir de una visión de vida incluyente. En el marco del Vivir Bien, el Estado se reestructura y la despatriarcalización se constituye en uno de los principales retos de este nuevo horizonte económico y social que pretende visibilizar a las mujeres como las protagonistas de esta<br />alternativa política civilizatoria. En este artículo se hace una revisión y análisis documental de textos oficiales de gobierno: la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, el Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades “Mujeres Construyendo la Nueva Bolivia para Vivir Bien”, así como un conjunto de leyes que se orientan a desmantelar el patriarcado.<br />Se presentan algunas reflexiones sobre los avances y los desafíos pendientes desde un Estado que se resiste a transformar las relaciones de poder que todavía subsumen a las mujeres bolivianas.</p>
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Pantoja Villalobos, Leonel. "Análisis de legislación de la Ley General de Coca". Revista de la Facultad de Derecho de México 67, n.º 269 (14 de novembro de 2017): 1117. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2017.269.62505.

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El Estado Plurinacional de Bolivia, cuenta con una población<br />total de 10.4 millones habitantes, mayoritariamente indígena, entre los que se encuentran los pueblos originarios quechua con el 31% y aymará con el 25%, sus idiomas oficiales son tan diversos<br />como sus pueblos: español, quechua, aymará, guaraní y otras 33<br />lenguas.3 Bolivia tiene la segunda mayor población indígena de<br />América del Sur luego de Perú. El articulo 30 numeral I de la Constitución Política del Estado plasma que las Naciones De Bolivia son colectividades humanas ubicadas en territorio boliviano que comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española.
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Inarra Zeballos, Luis Gonzalo. "Razones para la reingeniería del estado de derecho en Bolivia y propuestas preliminares para su modificación". Revista Jurídica Mario Alario D´Filippo 12, n.º 24 (8 de agosto de 2020): 194–209. http://dx.doi.org/10.32997/2256-2796-vol.12-num.24-2020-2671.

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El presente trabajo reflexivo busca demostrar la necesidad de una reingeniería del Estado de Derecho en Bolivia para posibilitar una mejor y más saludable democracia y hacer posible el “vivir en Constitución” (y no solo darse una Constitución) en la que los derechos humanos sean efectivamente ejercidos por los ciudadanos. Para eso se hará un repaso crítico a la última crisis política y social que el país ha vivido (2019), se analizarán los excesos del ejercicio del poder (hiperpresidencialismo), la efectiva inexistencia de frenos y contrapesos y los problemas del sistema de justicia, para luego arribar a propuestas preliminares que permitan modificar “la sala de máquinas de la Constitución”.
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GUIDI GUTIÉRREZ, JOSÉ ARMANDO. "DERECHOS Y DEBERES COMUNICACIONALES EN LA CONSTITUCIÓN BOLIVIANA DE 2009". REVISTA CIENTÍFICA Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales 4, n.º 4 (9 de julho de 2024): 58–83. http://dx.doi.org/10.56469/dcps.v4i4.985.

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El presente artículo refiere a las innovaciones regulatorias de los derechos y deberes comunicacionales en la Constitución Política del Estado de Bolivia de 2009, por esa razón se hace una revisión comparativa de las prescripciones análogas en los textos constitucionales de anterior vigencia, aplicando para tal análisis, el método de la Interpretación Jurídica desde el enfoque de Shoschana Zusman. Entre los principales resultados de la indagación se advierte el fortalecimiento de la regulación de los referidos derechos, sobre todo en el marco del ejercicio periodístico.
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Vestri, Gabriel. "La trayectoria constitucional boliviana: entre transformación y desafío jurídico. El estado metodológico de la cuestión". Revista Derecho del Estado, n.º 37 (15 de dezembro de 2016): 213. http://dx.doi.org/10.18601/01229893.n37.07.

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Este trabajo intenta ofrecer una breve respuesta a los cambios ocurridos en Bolivia tras la aprobación de la Constitución de 2009. Para hacerlo es necesario indicar algunos elementos que identifican un verdadero cambio generacional que ha llevado a hablar de neoconstitucionalismo, y sobre todo, cómo el país ha abordado la cuestión de los pueblos indígenas y de sus sistemas de justicia.
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Vieira, Sofia Lerche, e Eloisa Maia Vidal. "Liderança e gestão democrática na educação pública brasileira (Democratic leadership and management in Brazilian public education)". Revista Eletrônica de Educação 13, n.º 1 (5 de janeiro de 2019): 11. http://dx.doi.org/10.14244/198271993175.

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This article seeks to deepen the debate on leadership, exploring specifcities of the Brazilian context on this topic, more specifically the principle of democratic management. The reflection focuses on both topics, explaining the path of the debate on democratic management since the mid-eighties of the twentieth century, passing through the Federal Constitution of 1988, the Law of Guidelines and Bases of National Education - Law number 9.394/96) and arriving on the most recent context, where the National Education Plan (PNE), of 2014, incorporates the subject to its goals. Considerations are presented on program contents of two national training programs: the Distance Training Program for School Managers (Progestão) and the National School Program for Managers of Basic Public Education (PNEGEB), also known as School of Managers. The main regulatory frameworks for democratic management are focused on relevant legislation. The study allows us to suggest the hypothesis that the principle of democratic management, associated with a political leadership, would have preponderated in the literature and initiatives of formation of school directors in the country, being the more technical dimension of the subject a little prioritized theme. In this sense, it can be said that the topic of leadership, as it is configured in other contexts, has become a repressed demand in Brazilian educational policy.ResumoEste artigo procura aprofundar o debate sobre liderança, explorando especificidades do contexto brasileiro em relação a esta temática, mais especificamente o princípio da gestão democrática. A reflexão detém-se sobre os dois temas, explicitando a trajetória do debate sobre gestão democrática desde meados dos anos oitenta do século XX, passando pela Constituição Federal de 1988, a Lei de Diretrizes e Bases da Educação Nacional – LDB (Lei nº 9.394/96) e chegando ao contexto mais recente, onde o Plano Nacional de Educação (PNE) de 2014 incorpora o assunto às suas metas. São apresentadas considerações sobre conteúdos programáticos de dois programas nacionais de formação: o Programa de Capacitação a Distância para Gestores Escolares (Progestão) e o Programa Nacional Escola de Gestores da Educação Básica Pública (PNEGEB), também conhecido como Escola de Gestores. Os principais marcos regulatórios da gestão democrática são focalizados na legislação pertinente. O estudo permite sugerir a hipótese de que o princípio da gestão democrática, associado a uma liderança de natureza política, teria preponderado na literatura e iniciativas de formação de diretores escolares no país, sendo a dimensão mais técnica do assunto um tema pouco priorizado. Nesse sentido, pode-se dizer que o tema da liderança, tal como se configura em outros contextos, tem se constituído em demanda reprimida na política educacional brasileira.ResumenEste artículo busca profundizar el debate sobre liderazgo, explorando especificidades del contexto brasileño en relación a esta temática, más específicamente el principio de la gestión democrática. La reflexión se detiene sobre los dos temas, explicitando la trayectoria del debate sobre gestión democrática desde mediados de los años ochenta del siglo XX, pasando por la Constitución Federal de 1988, la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional - LDB (Ley nº 9.394/96) y llegando al contexto más reciente, donde el Plan Nacional de Educación (PNE), de 2014, incorpora el asunto a sus metas. Se presentan consideraciones sobre contenidos programáticos de dos programas nacionales de formación: el Programa de Capacitación a Distancia para Gestores Escolares (Progestão) y el Programa Nacional Escuela de Gestores de la Educación Básica Pública (PNEGEB), también conocido como Escuela de Gestores. Los principales marcos regulatorios de la gestión democrática se centran en la legislación pertinente. El estudio permite sugerir la hipótesis de que el principio de la gestión democrática, asociado a un liderazgo de naturaleza política, habría preponderado en la literatura e iniciativas de formación de directores escolares en el país, siendo la dimensión más técnica del tema un tema poco priorizado. En ese sentido, se puede decir que el tema del liderazgo, tal como se configura en otros contextos, se ha constituido en demanda reprimida en la política educativa brasileña.Keywords: Leadership and democratic management, Educational legislation, Public policies, Scholar managers training.Palavras-chave: Liderança e gestão democrática, Legislação educacional. Políticas públicas, Formação de gestores escolares.Palabras claves: Liderazgo y gestión democrática, Legislación educativa, Políticas públicas, Formación de gestores escolares.ReferencesALMEIDA, Bruno Luiz Teles de. 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Herrera, María Fernanda. "Bolivia: lucha indígena hacia las autonomías". Persona y Sociedad 28, n.º 2 (1 de maio de 2014): 85. http://dx.doi.org/10.53689/pys.v28i2.67.

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Resumo:
La historia de Bolivia se encuentra marcada por una larga y profunda lucha de sus indígenas en contra del proceso de colonización que determinó su invisibilización hasta el 2009 cuando, luego de una fuerte y masiva etapa de movimientos sociales y originarios, se establece como Estado plurinacional. La nueva Constitución promulga como logro indianista la formación de autonomías territoriales originarias campesinas: espacios de reivindicación de los territorios autóctonos expropiados y locus de gobierno propio de sus nativos habitantes. Hasta la fecha, dichas autonomías, no obstante encontrarse señaladas y delimitadas en la Carta Magna, no se han realizado, pues el propio entretejimiento y determinaciones normativas institucionales limitan de tal manera su construcción que desacreditan el largo camino insurreccional del devenir aborigen.
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Barrientos Zapata, Alfonso David. "La región metropolitana boliviana de la Paz-El Alto". Cuaderno Urbano 13, n.º 13 (13 de outubro de 2012): 193. http://dx.doi.org/10.30972/crn.1313537.

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Resumo:
El artículo describe, a juicio del autor, las características principales de las ciudades de La Paz y El Alto, ubicadas al este de Bolivia, que junto con Cochabamba y Santa Cruz constituyen las tres metrópolis del país. Destaca que, en el marco de lo establecido por la Constitución Política del Estado, debe ser considerada Región Metropolitana. Señala que a diferencia de los procesos clásicos de constitución de metrópolis, La Paz-El Alto son el resultado de una división político-administrativa producto de la priorización de intereses políticos, desatención institucional y marginamientos socioculturales. Expresa los procesos de transformación espacial que se dan en la Región Metropolitana y los escenarios y tendencias resultado de su potencial.
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Callapino López, Luis Alberto. "El tercer currículo en el Subsistema de Educación Regular de Bolivia". Revista Ciencia Multidisciplinaria CUNORI 7, n.º 2 (8 de setembro de 2023): 1–10. http://dx.doi.org/10.36314/cunori.v7i2.223.

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Resumo:
OBJETIVO: distinguir nuevos elementos de fortalecimiento al currículo diversificado del Subsistema de Educación Regular del Estado Plurinacional de Bolivia. MÉTODO: investigación dialéctico-crítico, en concordancia al análisis y síntesis del ordenamiento jurídico educativo (Constitución Política del Estado y la Ley Nº 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”), el currículo base, regionalizado y diversificado emanado por el Ministerio del ramo. RESULTADOS: se circunscriben en la necesidad imperioso de re (valorizar) los saberes locales, la historia oral, el lenguaje inclusivo, las simetrías tecnológicas y otros generados desde las necesidades, problemáticas y potencialidades de directores, maestros, estudiantes, madres y padres de familia. CONCLUSIÓN: es urgente que las autoridades educativas del nivel central, departamental, municipal y distrital, promuevan espacios de socialización de carácter interno y externo para la sistematización de experiencias dentro y fuera de la comunidad educativa.
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Claros Chavarría, Javier Andrés. "Luchas por el reconocimiento, Aparato de captura y resistencias micropolíticas". Revista Con-Sciencias Sociales 13, n.º 25 (3 de dezembro de 2021): 7–16. http://dx.doi.org/10.35319/consciencias.202125123.

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Resumo:
Qué implica ser reconocido por el Estado? Durante las últimas décadas, las luchas por el reconocimiento de grupos históricamente postergados han cobrado relevancia. En Bolivia, por ejemplo, las demandas de pueblos indígenas y movimientos feministas fueron reconocidas como derechos en la nueva Constitución Política del Estado, documento que oficializó la fundación del Estado Plurinacional. Desafortunadamente, aún con su reconocimiento, mujeres e indígenas continúan recibiendo el impacto de una matriz patriarcal y colonial. En este ensayo, apoyándonos en el proyecto académico de Gilles Deleuze y Félix Guattari, argumentamos que el Estado reconoce macropolíticamente a los cuerpos vulnerables pero, micropolíticamente, los desconoce porque la superficie de registro es funcional al régimen capitalista que abusa de la vida. ¿Qué hacer ante este panorama adverso?
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Casado Gutiérrez, Fernando. "El desarrollo jurisprudencial del derecho a la vivienda en Bolivia. Una ruptura jurídica en ciernes". Revista Latinoamericana de Derecho Social 1, n.º 33 (28 de setembro de 2021): 157. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487899e.2021.33.16327.

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Resumo:
El trabajo que se presenta a continuación hace un recorrido normativo y jurisprudencial en materia del derecho a la vivienda de lo ocurrido en el Estado Plurinacional de Bolivia desde la entrada en vigor de la Constitución Plurinacional del Estado de 2009 y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). La investigación aspira a evaluar si los cambios normativos incluidos en la Constitución, considerados como contrapuestos con la visión liberal y que valoran como justiciable el derecho a la vivienda, han tenido una correlación en la práctica con la impartición de justicia a la altura de la carta magna. Para ello realizaremos un análisis de la jurisprudencia en el plano cuantitativo, del número total de decisiones emitidas por el TCP, y cualitativo al profundizar en las argumentaciones de las sentencias consideradas como emblemáticas en materia de protección y garantía del derecho a la vivienda. El trabajo irá acompañado de entrevistas, un total de ocho, realizadas a movimiento sociales, decisores políticos y personas vinculadas al TCP, para dar una visión integral sobre los avances y deudas pendientes en materia de protección al derecho a la vivienda en Bolivia.
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Núñez Moncada, Sahira Karine. "Golpe de Estado o Sucesión Constitucional en Honduras 2009". La Revista de Derecho 30 (21 de novembro de 2013): 29–53. http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v30i0.1232.

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Resumo:
Lo acontecido en Honduras en su crisis política, ha generado múltiples posturas, el objetivo del presente trabajo es identificar en base a la Constitución de Honduras, otras leyes y la doctrina si lo sucedido en Honduras fue un Golpe de Estado o una Sucesión Constitucional. Después de realizar la investigación de tipo Jurídico-descriptivo, se llegó a la conclusión, que lo acontecido en el 2009 en Honduras fue un Golpe de Estado. DOI: http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v30i0.1232 Revista de Derecho, Vol. 30, No. 1, año 2009; 29-53
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Palacios Guereca, Rommel. "Análisis Jurisprudencial sobre Conflictos de Competencias Promovidos ante el Tribunal Constitucional por las Jurisdicciones Reconocidas Constitucionalmente". Revista de Ciencia, Tecnología e Innovación 21, n.º 28 (21 de dezembro de 2023): 85–94. http://dx.doi.org/10.56469/rcti.v21i28.786.

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El análisis jurisprudencial de los conflictos competenciales, promovidos ante el Tribunal Constitucional Plurinacional de dilucidan en fallos competenciales a determinada Jurisdicción, dirimiendo una situación conflictual a los fines de continuar con la tramitación y resolución del proceso; sin embargo, la línea del Tribunal Constitucional se encuentra reflejada en el cumplimiento o no de los arts. 8 y 10 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional, evidenciando que el reconocimiento del pluralismo jurídico en Bolivia, genera afectación a la pertinencia los arts. 115.II y 410 de la Constitución Política del Estado.
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Taboada, Freddy. "Conservación y administración del arte rupestre en Bolivia. Experiencias durante 30 años (1988- 2017)". Arqueología 27, n.º 3 (6 de dezembro de 2021): 85–108. http://dx.doi.org/10.34096/arqueologia.t27.n3.8582.

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Resumo:
El artículo comienza con consideraciones sobre el arte rupestre y su conservación. Luego se realiza un abordaje al marco legal que establece las pautas de gestión y la conservación del arte rupestre en Bolivia, donde se analiza la última Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, que, en contraste con la anterior constitución, establece su propiedad colectiva y empodera a la sociedad en general como dueña y responsable de la conservación y preservación del Patrimonio Cultural Boliviano teniendo como rector al Estado. Posteriormente se presenta la labor de la Sociedad de Investigación del Arte Rupestre de Bolivia (SIARB) en la conservación del arte rupestre durante los últimos 30 años, desde sus inicios hasta lograr protocolos institucionalizados para su conservación e investigación. Se presenta el modelo desarrollado por la SIARB, para la Conservación Preventiva, Curativa y Gestión del arte rupestre que involucra: concertación entre los Gobiernos Municipales y las comunidades originarias, permisos correspondientes, investigación arqueológica y etnohistórica, el diagnóstico de conservación y tratamientos básicos, el desarrollo de los sitios con una infraestructura adecuada para las visitas, talleres de concientización para autoridades y público en general, talleres de capacitación para “guardaruinas” y guías turísticos, reglamentos de gestión y administración y un plan de manejo a corto y mediano plazo, que incluye el monitoreo de conservación. Finalmente, se mencionan brevemente las actividades de diferentes instituciones que realizaron intervenciones sin una base técnica y científica, cuyos resultados han sido más bien perjudiciales.
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Márquez Valdivia, Gabriela. "Propuesta de Ley de Eutanasia Activa como Medida de Excepción para Enfermos Terminales en Bolivia". Revista Compás Empresarial 6, n.º 16 (30 de agosto de 2015): 26–31. http://dx.doi.org/10.52428/20758960.v6i16.882.

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La eutanasia es aplicada en diversos países del mundo a pedido o deseo del paciente en estado terminal, siempre y cuando se encuentre aprobado en su legislación, considerándose en estas como un derecho a morir dignamente. En el caso de Bolivia, no se encuentra aprobada en su legislación, por cuanto la práctica de esta, se constituiría en un delito. El análisis de la legislación nacional boliviana a través de la Constitución Política del Estado determina como uno de los derechos fundamentales el de la "vida", y la eutanasia va contra este derecho, por lo que requiere de una necesaria reforma de la Constitución y otras leyes para que permitan la aplicación de eutanasia activa en enfermos terminales, reflejando el mismo en un Anteproyecto de ley de eutanasia activa, que cuente con todos los requisitos y formalidades necesarios para que haya una correcta aplicación en enfermedades terminales, evitando sufrimientos innecesarios. Los objetivos principales de la investigación se centran en proponer y justificar la ley de eutanasia activa como medida de excepción para enfermos terminales, sin ninguna posibilidad de recuperación, con el propósito de poner fin a graves padecimientos o lesiones incurables acelerando una muerte inminente en enfermos desahuciados.
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Chambi Mayta, Roger. "¡NO SOMOS IGUALES! APUNTES SOBRE EL EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN INDÍGENA EN BOLIVIA". Nuestrapraxis. Revista de Investigación Interdisciplinaria de la Crítica Jurídica 6, n.º 11 (1 de julho de 2022): 27–42. http://dx.doi.org/10.52729/npricj.v6i11.75.

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Resumo:
El presente artículo pretende analizar la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina doce años después de la aprobación de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, enfatizando la labor de las autoridades comunales en el ejercicio de esta jurisdicción en un contexto de colonialidad jurídica aún vigente. Las líneas siguientes son el resultado de diferentes conversaciones con autoridades comunales, abogados y antropólogos. Asimismo, se realiza una revisión de fuentes secundarias y de experiencias de la profesión libre como abogado, aportando datos de trabajo de campo de los años 2018 a 2022. El objetivo es evidenciar los desafíos que la normativa plural demanda para alcanzar una sociedad cimentada en la descolonización.
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Nogales de Santivañez, Emma. "El abuso de la libertad de expresión y sus responsabilidades". Revista de Derecho de la UCB 1, n.º 1 (1 de outubro de 2017): 109–17. http://dx.doi.org/10.35319/lawreview.201716.

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Resumo:
La libertad de expresión es un derecho humano que está reconoci-do en la Constitución Política del Estado, en su Art. 21 inc. 3, y se halla también en tratados y convenios internacionales, de los cua-les el más importante a juicio de la autora, por ser a nivel inter-americano, es la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica de 22 de noviembre de 1969. Esta convención ha sido ratificada por Bolivia, por tanto está en la obligación de cumplirla y establecer los mecanismos necesarios para exigir, a su vez, su cumplimiento.
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Oliva, María Angélica. "Política educativa chilena 1965-2009: ¿Qué oculta esa trama?" Revista Brasileira de Educação 15, n.º 44 (agosto de 2010): 311–28. http://dx.doi.org/10.1590/s1413-24782010000200008.

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Resumo:
Se aborda la política educativa chilena del período 1965-2009, inquiriéndose, ¿Qué oculta la trama? La conjetura es, la política educativa, a excepción del gobierno de Allende, muestra la institución del orden neoliberal. Se revisan algunas antinomias, mecanismos de ese orden, que se introduce en1965 con la pedagogía por objetivos y la teoría del capital humano. Esta pedagogía, es profundizada en dictadura, junto a la idea de subsidiariedad, que impulsa el cambio del rol del Estado, regulado en la Constitución de 1980, aún vigente, y presente en la Ley General de Educación. La municipalización, la transformación en el financiamiento y la pérdida del estatus de funcionario público del profesorado, son un legado de la dictadura. Ello, desperfila el afán democrático de la actual política educativa, transformándola en cómplice de un sistema que genera desigualdad y fragmentación social.
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Hermosa Mantilla, Hernán. "El neoconstitucionalismo andino.Estudio comparado de las Constituciones de Ecuador 2008 y Bolivia 2009 a la luz del Convenio 169 y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas". Universitas, n.º 20 (30 de junho de 2014): 151. http://dx.doi.org/10.17163/uni.n20.2014.06.

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Resumo:
La Constitución ecuatoriana de 2008 reconoce a la naturaleza sujeto de derechos y a los pueblos indígenas beneficiarios de los recursos que permiten el sumak kawsay en el marco de la libre determinación de los pueblos. Por su parte, la Constitución boliviana de 2009, asume al “indígena originario campesino” sujeto colectivo del Estado plurinacional, y el suma qamaña se constituye en eje transversal de su nueva Constitución. <br />Esta investigación busca relacionar el texto constitucional de estos dos Estados a través de diez variables, tomando de referencia al Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas.
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