Letteratura scientifica selezionata sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

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Articoli di riviste sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

1

Garzón Martínez, Camilo Andrés. "La génesis de la Constitución Política de Colombia de 1991 a la luz de la discusión sobre el Mito Político". Desafíos 29, n. 1 (7 aprile 2017): 109. http://dx.doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/desafios/a.4400.

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Abstract (sommario):
El presente artículo busca analizar y hacer un aporte a la comprensión del proceso de formación de la Constitución Política de Colombia de 1991 a la luz de los debates que se han realizado en torno al concepto de mito político. Para cumplir ese propósito, en el primer aparte se presenta una panorámica acerca de algunas de las posiciones que se han asumido frente al fenómeno del mito y cómo se ha estudiado desde la reflexión política. A partir de los conceptos expuestos, en la segunda sección, se analiza el caso concreto de la génesis de la Constitución Política de 1991, para responder si en su formación hubo narrativas mítico-políticas implicadas y hasta dónde el resultado del proceso, la Constitución promulgada, fue producto de la puesta en escena de esas narrativas.
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Leiva Ramírez, Eric. "Las paradojas de las políticas centralistas en relación con la autonomía de las entidades territoriales en Colombia". Revista Derecho del Estado, n. 35 (14 dicembre 2015): 41. http://dx.doi.org/10.18601/01229893.n35.03.

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Abstract (sommario):
El proceso de descentralización territorial que pretendía la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 se ha visto truncado por las políticas adoptadas por gobiernos centralistas a través de reformas constitucionales y de los desarrollos normativos de estas. La adopción de las políticas centralistas ha tenido como principal argumento la corrupción de los entes territoriales y la cientificidad del Gobierno nacional en el manejo de los recursos. No obstante, la realidad de los entes territoriales ha demostrado que las políticas centralistas no contribuyen al mejoramiento de sus condiciones políticas y económicas. Esto ha generado una seria reducción de la autonomía administrativa y política que deberían tener los entes territoriales según los parametros originales de la Constitución Política, lo que ha fortalecido el rezago económico y administrativo que tenían dichos entes con anterioridad a la Constitución Política de 1991.
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Calvete León, Ivanna, Lina Morales Quintero e Laura Granada Gómez. "La paz como fundamento político del cambio de paradigma constitucional en Colombia". Internaciones, n. 25 (30 giugno 2023): 31–52. http://dx.doi.org/10.32870/in.vi25.7265.

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Abstract (sommario):
La Constitución de 1991 se presentó como una alternativa política, jurídica y social para terminar con esta época de enfrentamientos bajo un fundamen-to de paz. Asimismo, el derecho ha tenido transformaciones respecto a la manera en cómo se plantean los estudios jurídicos, reconociendo a través de la historia de las instituciones la aparición de diferentes paradigmas del derecho que generan cambios estructurales frente a la manera en cómo en-tendemos, y aplicamos el derecho. De acuerdo con ello, este artículo propone una reflexión acerca de las transformaciones paradigmáticas del derecho y los planteamientos jurídíco-políticos de paz del Estado colombiano a partir del momento histórico fundamental para el ordenamiento jurídico colombiano que corresponde a la creación de la Constitución Política de 1991 y que ha generado consigo consecuencias frente a las políticas de gobierno y de Estado del país.
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Chaparro, Lúbar Andrés. "La creación de municipios en Colombia después de la Constitución de 1991. Un primer acercamiento". Administración y Desarrollo 41, n. 57 (1 novembre 2013): 73. http://dx.doi.org/10.22431/25005227.119.

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Abstract (sommario):
El presente trabajo de investigación se dedica a la creación de los municipios después de la Constitución Política de 1991. El tema municipal es importante, en la medida que con la nueva Carta Política se fortaleció la descentralización política, administrativa y fiscal de las entidades territoriales y particularmente se le confirió un protagonismo en la ejecución de políticas públicas al municipio, al considerarse la unidad fundamental de la organización política y administrativa del Estado colombiano. En este sentido, se indaga sobre las particularidades del proceso de creación de municipios en Colombia y sobre las principales características 1991.
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Cotes Zuleta, Aquilino. "Treinta años de la Constitución de Colombia de 1991: ¿encarnación del ideal del actual constituyente primario?" Revista Latinoamericana de Difusión Científica 3, n. 5 (7 giugno 2021): 48–73. http://dx.doi.org/10.38186/difcie.35.05.

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Abstract (sommario):
Colombia posee una Constitución que, en gran parte, es producto de la manifiesta voluntad de la comunidad nacional. Una Carta Política debe responder a las necesidades del país y de sus coasociados. Esa Constitución ha sido objeto de múltiples cambios, en su mayoría de carácter político, más que voluntad ciudadana. Cuando la Constitución llega a sus primeros 30 años, se estima necesaria una exploración bibliográfica, de corte cualitativo, para determinar si realmente la participación popular de 1990 surtió los efectos deseados. El análisis bibliográfico permitió determinar que las reformas introducidas a la Carta Política reviven vicios que se esperaba quedarían eliminados por ser, en su mayoría, expresión de la voluntad política, más que respuesta a las necesidades del constituyente primario y del país.
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Álvarez Mora, Jesús Hernando. "Democracia Participativa bajo la Constitución Política de 1991". Verba luris, n. 47 (10 gennaio 2022): 155–75. http://dx.doi.org/10.18041/0121-3474/verbaiuris.1.9555.

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Abstract (sommario):
El artículo tiene como objetivo, desde el punto de vista analítico, abordar el estudio de la democracia participativa en Colombia a partir de la Constitución Política de 1991, con el propósito de auscultar su eficacia, no solamente formal sino material. Sobre la democracia, como forma de gobierno, se hace una aproximación conceptual, teórica e histórica, tanto a nivel general como nacional, con el fin de proporcionar mayores insumos en la comprensión de la evolución de la democracia participativa y su actual regulación constitucional, legal y jurisprudencial. Finalmente, se aborda, de manera breve, el estudio de los principales mecanismos de participación ciudadana de naturaleza política que introdujo el constituyente de 1991.
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Hurtado Quintero, William Felipe, e Carlos Andrés Marín Reina. "Treinta años de la Constitución Política de Colombia de 1991". Análisis Jurídico - Político 3, n. 5 (31 gennaio 2021): 17–58. http://dx.doi.org/10.22490/26655489.4360.

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Abstract (sommario):
En este artículo se abordan los antecedentes jurídicos y políticos de la Constitución Política de Colombia de 1991, el contexto histórico en el que surge y los cambios que supuso en el ordenamiento constitucional, así como las diferentes reformas que se le han realizado durante tres décadas de vigencia. El lector podrá reconocer que el constitucionalismo colombiano ha estado caracterizado por una inflación constitucional recurrente y que la Constitución de 1991, pese a haber representado notables avances frente a la consolidación del Estado constitucional de derecho, no ha sido ajena a este fenómeno y casi equipara en número de enmiendas a la Carta de 1886, que tuvo 105 años de vigencia. Para lograrlo, se da aplicación a un método hermenéutico de las ciencias sociales, jurídicas y políticas que permita interpretar fenómenos sociales y políticos, así como fuentes de derecho, acompañado de la utilización de técnicas de análisis documental, de la información y del discurso, para el procesamiento de los datos obtenidos, principalmente, de fuentes bibliográficas y fuentes formales de derecho.
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Bernate Ochoa, Francisco. "El compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas en Colombia". Revista Jurídica Mario Alario D´Filippo 10, n. 20 (15 luglio 2018): 32–49. http://dx.doi.org/10.32997/2256-2796-vol.10-num.20-2018-2146.

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Abstract (sommario):
Transcurridos ya varios años desde la adopción de una nueva carta política, hay diferentes aspectos que hacen necesario plantear nuevos espacios de intervención del derecho penal en aras de tutelar el orden económico y social, en procura de permitir el que las autoridades cumplan su cometido de garantizar la vida, honra y bienes de los ciudadanos (constitución política, 1991, art. 2), así como la justa distribución de la riqueza entre todos quienes habitan el territorio nacional como manera de permitir el desarrollo de todos los individuos en el marco del estado social de derecho (constitución política, 1991, art. 334 ).
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DUQUE DAZA, JAVIER. "Colombia: tres décadas de vigencia de la Constitución Política de 1991". Analecta Política 11, n. 20 (2021): 02–05. http://dx.doi.org/10.18566/apolit.v11n20.a00.

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Abstract (sommario):
En Colombia, se cumplen este año tres décadas de vigencia de la Constitución Política de 1991. El nuevo arreglo institucional fue la expresión de un cambio discontinuo en una coyuntura crítica que produjo una fuerte ruptura con el pasado. La nueva y extensa Constitución (380 artículos y 67 transitorios) incluyó normas para su modificación formalmente intrincadas. No obstante, en estas tres décadas, han sido frecuentes las reformas y cada inquilino de la Casa de Nariño y sus socios partidistas del momento han impulsado y concretado los cambios que han querido. Con excepción del año en que se estrenó (1992), todos los años se ha cambiado la Constitución. La vía del cambio ha sido la transacción entre mayorías fabricadas. Los ciudadanos han estado ausentes.
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Tobón Tobón, Mary Luz. "La conmoción interior: el juicio de constitucionalidad a la luz de la constitución política de Colombia de 1991". Prolegómenos 19, n. 38 (7 luglio 2016): 145–60. http://dx.doi.org/10.18359/prole.1975.

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Abstract (sommario):
<p>Con el presente artículo se busca realizar un análisis sobre la declaratoria del Estado de excepción de conmoción interior a la luz de la Constitución Política de Colombia de 1991, para demostrar las tensiones que se dan en el poder ejecutivo y el poder judicial en los planos político, jurídico, constitucional y legal durante la declaratoria del Estado de conmoción interior desde una perspectiva evolutiva, descriptiva y analítica. Para tal fin, este documento se desarrolla en tres secciones: se aborda el Estado de sitio en la Constitución de 1886; el estado de conmoción interior, determinando su naturaleza y límites de conformidad con la Constitución Política de 1991, y finalmente se concluye el artículo con el juicio de inconstitucionalidad que debe realizar la Corte Constitucional para determinar la constitucionalidad o no de un decreto legislativo.</p>
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Tesi sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

1

Castaño, Posada Javier Alonso. "Las políticas públicas educativas y su incidencia en los derechos de los niños. Análisis de los planes de desarrollo de la ciudad de Bogotá, DC. Colombia, posteriores a la promulgación de la Constitución de 1991". Doctoral thesis, Universitat de Barcelona, 2016. http://hdl.handle.net/10803/400091.

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Abstract (sommario):
Este trabajo de investigación se ocupa de los Derechos del niño, de un modo especial del derecho a la educación y su puesta en práctica en las políticas públicas, en este caso específico, las descritas y puestas en práctica en los planes de desarrollo de la ciudad de Bogotá, con posterioridad a la promulgación de la Constitución de 1991, que en su artículo 44 proclamó que: “Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás”; y en el artículo 93 afirmó que: “Los derechos y deberes consagrados en esta Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia”. La hipótesis de partida se centra en indagar si la descripción y puesta en práctica de las políticas educativas colombianas se corresponde con los Derechos del niño, para lo cual es necesario verificar cómo se interpretan estos derechos en los tratados Internacionales que tratan el tema, desde la Declaración de Ginebra de 1924, hasta la Observación General 13ª al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1999) y las Observaciones del Comité de Derechos del niño de la ONU (2015), al cuarto y quinto informe presentados por Colombia. Es en la Declaración de Ginebra de 1924, cuando se proclamaron los Principios Universales de los Derechos del niño, entre ellos, el principio a un desarrollo normal y el derecho a la educación. Esta relación e interdependencia enunciada es olvidada, desconocida o ignorada por los diversos protagonistas de la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas –la familia, la sociedad y el Estado– pero de un modo especial por el Estado, que al plantear políticas públicas o querer modificarlas en cada administración, deja a los niños a merced del político de turno. La Observación General 13ª al Pacto Internacional (1999), recoge las últimas orientaciones para que los Estados, adecuen sus políticas públicas a la interpretación recogida por los tratados internacionales. Las Observaciones al cuarto y quinto informe del Comité de Derechos del niño de la ONU, a Colombia, plantean aspectos positivos, pero también aspectos por mejorar en la implementación de políticas referentes a los Derechos del niño. En un primer momento, este trabajo presenta el marco histórico, crítico y social de diversos documentos relativos a los tratados internacionales. En un segundo momento, el trabajo describe qué se entiende por análisis de estas políticas como ciencia del Estado en acción, en sus tres niveles: formulación, implementación y evaluación. Con los aspectos recogidos en los dos momentos anteriores, se realiza un análisis sociocrítico, de las políticas educativas presentes en los planes de desarrollo de la Ciudad de Bogotá (1991-2015). Con el marco doctrinal recogido en sus dos momentos señalados (análisis de los documentos de los tratados internacionales y la descripción de qué se entiende por política educativa y análisis de política), y una vez efectuado el análisis del caso específico de los planes de desarrollo de la ciudad de Bogotá, se puede entender y comprometer a los agentes de políticas educativas para que asuman responsabilidades dentro del marco de sus competencias, respeto de libertades y los derechos de todos: individuo, familia, sociedad y Estado. De un modo especial hay que exigir al político de turno la no improvisación de las políticas de corto tiempo, sino una gobernanza a largo plazo y por encima de ideologías partidistas; más tratándose de los derechos del niño, que resulta imprescindible garantizarlos, pues todo ese cuerpo jurídico –tratados internacionales– constituye un límite infranqueable para la actividad de los poderes públicos.
This research project deals with the rights of the child by focusing on the right to an education and the implementation of that right in public policies. This specific case discusses the efforts described and implemented in the development plans for the city of Bogota following enactment of the Colombian Constitution of 1991, Article 44 of which states that “the rights of children take precedence over the rights of others” and Article 93 of which states that “the rights and duties mentioned in this Charter shall be interpreted in accordance with international treaties on human rights ratified by Colombia”. Firstly, this text presents the historical, critical and social framework surrounding various documents from international treaties (Geneva Declaration of 1924 and its subsequent development leading up to General Comment Nº 13 on the International Covenant (1999) and the Comments on the Fourth and Fifth Report from the United Nations Committee on the Rights of the Child for Colombia (2015). Secondly, the text describes what is understood as an analysis of these policies from a ‘State in action’ perspective at the three corresponding levels: formulation, implementation and evaluation. Based on the aspects discussed in the first two sections, a socio-critical analysis is provided of the education policies included in the Bogota development plans (1991-2015) in order to understand and obtain commitments from the education policy stakeholders to assume responsibilities within the scope of their powers regarding the freedoms and rights of all: individual, family, society and State. In particular, demands should be made of the political group in power at any given time not to improvise short-term policies but rather to adopt a more long-term form of information-based governance that rises above partisan ideologies to focus more strongly on the rights of the child, which must be guaranteed given that the entire legal framework - international treaties - constitutes an impassable barrier for activity by public authorities.
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Montaña, Pinto Juan. "Derecho indígena y cambio constitucional: la lucha por la visibilidad del derecho indígena en Colombia". Doctoral thesis, 2004. http://hdl.handle.net/10045/11494.

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Libri sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

1

Franco, Alejandro Venegas. Constitución política de 1991 y derecho de seguros: Idias básicas. Bogotá, D.C., Colombia: Ediciones Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2004.

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2

Parra, Pedro Alfonso Pabón. Constitución política de Colombia esquemática: Edición conmemorativa 20 años de la carta política 1991-2011. Bogotá, D.C: Grupo Editorial Lecce, 2011.

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3

González, Camilo. Memorias para la democracia y la paz: Veinte años de la Constitución política de Colombia. Bogotá: Centro de Memoria, Paz y Reconciliación, 2012.

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4

Ramírez, Manuel Fernando Quinche. Reforma política y referendo en Colombia: Dentro del proceso de reformas de la Constitución de 1991. Bogotá, D.C: Centro Editorial, Universidad del Rosario, 2004.

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5

Roncancio, Jesús David Flórez. Sentido y alcance de la protección constitucional a la vida humana del nasciturus frente a la permisibilidad del aborto bajo el imperio de la constitución política de Colombia de 1991. [Bogota, D.C.]: Universidad Libre, 2011.

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6

Velásquez, Alejo Vargas. La política de paz, seguridad y defensa del Estado colombiano posterior a la expedición de la Constitución de 1991. 2a ed. Bogatá, D.C: Universidad Nacional de Colombia, 2021.

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7

Colombia. Consejería Presidencial para el Desarrollo de la Constitución. Constitución política, 1991. República de Bogotá: Fernando Carrillo Flórez, 1993.

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8

Colombia. Constitución política de Colombia. 2a ed. Bogotá: Legis, 2010.

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9

Colombia. Constitución política de Colombia. [Bogotá, Colombia]: Ministerio de Gobierno, 1991.

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10

Colombia. Constitución política de Colombia. Bogotá: Legis, 2012.

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Capitoli di libri sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

1

BAENA VÁSQUEZ, ALEJANDRA JULIETTE, ANDRÉS ARTURO VENEGAS SEGURA, EDWIN ENRIQUE REMOLINA CAVIEDES, GUSTAVO ADOLFO VENEGAS SEGURA, HENRY LONDOÑO CONTRERAS, JUAN CARLOS MONROY CASTRO, LAURA CECILIA GAMARRA AMAYA, NELSON RICARDO FINO PUERTO e ÓSCAR MAURICIO FINO PUERTO. "Aspectos legales de los accidentes de tránsito en Colombia". In Introducción a la física forense aplicada a la reconstrucción de accidentes de tránsito, 13–18. Editorial Universidad Católica de Colombia, 2022. http://dx.doi.org/10.14718/9786287554108.2022.1.

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Abstract (sommario):
El derecho de libre locomoción es un derecho fundamental que consiste en la libertad de los seres humanos para trasladarse de un sitio a otro sin impedimento alguno. Este derecho está consagrado en Colombia en el artículo 24 de la Constitución Política de la República de Colombia. En este se establece: “Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia” (Constitución Política de Colombia, Art. 24, 1991). En el ejercicio de este derecho, algunos ciudadanos omiten su deber de respetar las normas de comportamiento en las vías como peatones, pasajeros o conductores. Esta omisión puede generar accidentes de tránsito, los cuales son la segunda causa de muertes violentas en Colombia (Policía Nacional de Colombia, 2017).
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2

GARCÍA, Patricio. "ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991:". In Por una Asamblea Constituyente Constitución, 45–64. CLACSO, 2019. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctvtxw27s.6.

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3

Romero, Mauricio. "Sociedad civil, cooperación y movilización por la paz en Colombia". In Sociedad civil, esfera pública y democratización en América Latina, 359–80. Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023. http://dx.doi.org/10.18800/968166762x.012.

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Abstract (sommario):
La Constitución de 1991 fue considerada como un "tratado de paz" por los sectores políticos que participaron en su elaboración, luego de una década de violencia política y enfrentamientos armados no vistos desde la época de la Violencia, 40 años atrás. Sin embargo, a pesar del pluralismo político logrado en la Asamblea Constituyente que discutió el nuevo texto, el fracaso de las negociaciones con los grupos guerrilleros que no participaron en la asamblea -las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN)- y la ausencia de cambios significativos en los mecanismos de acceso a los espacios de representación pública y su funcionamiento, prolongaron una vez más la crisis política que venía desde finales de la década de 1970. Esos mecanismos continuaron atados al clientelismo y ia corrupción, acompañados ahora por una gran fragmentación de las agrupaciones políticas y por una abrumadora influencia de los narcotraficantes en la actividad electoral (E8).
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Suárez-Calderón, Jesús Leonardo. "Alimento como bien fundamental. Implicaciones para la seguridad alimentaria en Colombia". In Seguridad humana y construcción de patria en defensa de la vida: Seguridad económica y alimentaria, 259–92. Escuela Superior de Guerra, 2023. http://dx.doi.org/10.25062/9786287602588.10.

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Abstract (sommario):
El presente capítulo describe, desde un enfoque cualitativo, el alcance del Estado en la seguridad alimentaria, según se considere el alimento como bien fundamental. Para esto, se caracterizó el alimento en cuatro dimensiones: biológica, por ser esencial para la vida humana; económica, en cuanto a su comercialización como materia prima o proce-sada; social, al ser determinante de culturas; y jurídica, como derecho humano. A partir de esto, se identificaron las implicaciones para el Estado colombiano, mediante el análisis de las políticas públicas desde la promulgación de la Constitución Política de Colombia de 1991, en torno de la conceptualización de las dimensiones. Finalmente, el análisis permitió identificar los desafíos para la implementación del derecho humano a la alimentación en Colombia, en correspondencia con la política de seguridad humana.
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Ordóñez, Edward Javier, Alexander Luna Nieto e Jorge Mario Sánchez. "Fundamentos filosóficos para un observatorio en paz y posconflicto". In Comunidades Epistemológicas Tomo II: investigando la actualidad desde diversas disciplinas, 89–122. 2a ed. Editorial Universidad Santiago de Cali, 2019. http://dx.doi.org/10.35985/9789585522749.5.

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Abstract (sommario):
El objetivo de este capítulo fue analizar sí está preparada la academia colombiana para asumir el fin del conflicto con las Fuerzas Armadas Revolucionaria de Colombia (FARC-EP). Es decir, se indaga por la posibilidad de fundamentar filosóficamente un ejercicio académico como lo es un observatorio de posconflicto. Sin embargo, la pregunta se ve matizada por dos críticas erigidas desde los análisis de la filosofía política, la primera está dirigida a la legitimidad de la Constitución colombiana de 1991; la segunda, visibiliza al EstadoNación como experiencia política fallida.
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6

Carreño Bustamante, María Teresa, Mónica Cecilia Montoya Escobar e Camilo González Carreño. "Aportes de la Constitución Política de 1991 a la formación jurídica en Colombia y apuntes sobre los avances de la gestión de la investigación como función sustantiva". In Constitución política de 1991. Reflexiones y desafíos tras treinta años de su expedición, 319–44. Universidad del Rosario, 2021. http://dx.doi.org/10.12804/urosario9789587848335.15.

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Abstract (sommario):
Este capítulo se presenta en cuatro fases: la primera la constituye el pasado de la formación en derecho en Colombia referido al segmento cobijado por la Constitución de 1886 y caracterizado por un saber técnico instrumental, discurso instruccional y mnemotécnico; la segunda, es el presente de la formación jurídica, que iniciaría a partir de la Constitución Política de 1991 y que trajo con su amplia regulación de principios y normas transformaciones epistémicas en clave de constitucionalización; la tercera, prospectivamente, la compone el futuro de la formación jurídica, que debería construirse a partir de estos treinta años de la carta política; y una cuarta fase, que da cuenta del estado de la cuestión en materia de investigación en Colombia, para evidenciar los efectos de la carta magna en la gestión de las instituciones de educación superior (IES), en el escenario de la innovación y la administración del conocimiento científico
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Valencia-Tello, Diana Carolina. "Efectos negativos del pluralismo jurídico estatal en la contratación administrativa". In Constitución política de 1991. Reflexiones y desafíos tras treinta años de su expedición, 45–70. Universidad del Rosario, 2021. http://dx.doi.org/10.12804/urosario9789587848335.03.

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Abstract (sommario):
Este capítulo busca exponer cómo la contratación estatal en Colombia es un claro ejemplo de PJE, en el que existen varias autoridades y órdenes jurídicos aplicables sobre un mismo asunto, sin que exista en muchos casos una clara jerarquía de las normas, ni claridad sobre la obligatoriedad de cumplir con los mandatos de la ANCP-CCE. Con este fin, a continuación, será analizada la contratación pública en Colombia, para después estudiar el surgimiento de la ANCP-CCE. En la cuarta sección, será abordado el PJE y soft law en la contratación pública colombiana.
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"LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991". In La Seguridad social y la protección social en la Constitución colombiana, 27–34. Universidad del Externado de Colombia, 2021. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctv2svjss5.5.

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Barbosa Ramírez, David H. "Seguridad social y cuarta revolución industrial: desafíos para el sistema colombiano". In Constitución política de 1991. Reflexiones y desafíos tras treinta años de su expedición, 357–73. Universidad del Rosario, 2021. http://dx.doi.org/10.12804/urosario9789587848335.17.

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Abstract (sommario):
En este capítulo, se analizan los desafíos actuales y futuros que enfrenta el Estado colombiano en torno a garantizar el derecho a la seguridad social de la población, en el contexto de los cambios que traen consigo los desarrollos tecnológicos que impactan de manera directa los riesgos y las contingencias que asegura la seguridad social, tales como las enfermedades, la maternidad, la invalidez, la muerte y la vejez. En primer lugar, se demarca el alcance y contenido del derecho a la seguridad social en Colombia, posteriormente se contextualiza la cuarta revolución industrial, en un tercer momento se reflexiona en torno al impacto de los desarrollos de la cuarta revolución industrial en las variables clave de la seguridad social y, por último, se presentan conclusiones para el entorno colombiano.
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Martínez-Herrera, Eliana, Camilo Chaverra Monsalve e Jorge Pérez Jaramillo. "Territorios saludables en Colombia a 30 años de la Constitución Política." In El derecho fundamental a la salud y la seguridad social a 30 años de la Constitución Política de 1991, 210–33. Universidad de Antioquia, 2022. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctv2zjz6t1.15.

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Atti di convegni sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

1

Toro Espinosa, Clemencia María, Mónica Ortiz, Jimmy Harley Vanegas, Franquicelly Cardona e Rodrigo Restrepo. "Empoderamiento de las herramientas sociales y jurídicas según la Constitución Política de Colombia". In 6° Encuentro Nacional de Semilleros de Investigación Uniremington. Fondo Editorial Remington, 2017. http://dx.doi.org/10.22209/mensi.n6a24.

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2

Barrera Gómez, Marien Rocio, María Patricia Carvajal Medina e Jorge Enrique Espindola Díaz. "SISTEMA ALTERNATIVO DE COMUNICACIÓN ASISTIDA. CANAL DE COMUNICACIÓN BIDIRECCIONAL PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL". In Mujeres en ingeniería: empoderamiento, liderazgo y compromiso. Asociacion Colombiana de Facultades de Ingeniería - ACOFI, 2021. http://dx.doi.org/10.26507/ponencia.1714.

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Abstract (sommario):
Según la definición de discapacidad de la Real Academia Española, se trata de “Situación que una persona afrenta por sus condiciones físicas o mentales, se enfrenta a importantes barreras para acceder a su participación social”. En Colombia, este concepto ha sido abordado a través del artículo 13 de la Constitución Política, que reconoce el derecho a la igualdad de todos los ciudadanos colombianos tanto en derechos como en deberes, sin distinción por categorías particulares. Para cumplir con este marco legal, en 2002 Colombia aprueba la ley 762, que rechaza cualquier acto de discriminación en el ámbito social o personal, por una condición de discapacidad. En consecuencia, en 2007 a través de la ley 1145, se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad, y su estructura operativa, como estrategia para permear todo el territorio. El alcance de este marco legal, da cobertura a Instituciones tanto privadas como públicas, que ofrecen servicios con alta afluencia de personas, para lo cual se implementan políticas de inclusión, apalancadas con la infraestructura para permitir el acceso que garantice la equidad. Las instituciones educativas se incluyen en esta categoría, a través del decreto de 1421 por la cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad en sus niveles: preescolar, primaria, secundaria y superior. Para ello, se han desarrollado investigaciones en desarrollo tecnológico, con el fin de fortalecer la infraestructura para mitigar las barreras tanto de comunicación como de acceso, que promueven la inclusión. Este contexto se convierte en una oportunidad para construir tecnología ya sea hardware o softwarecon el objetivo de mejorar la apropiación del conocimiento social. En respuesta a esta necesidad, este proyecto fue formulado para desarrollar un sistema, con el propósito de mejorar la calidad de ida de las personas con diversidad funcional, permitiéndoles escuchar y hablar a través de un sistema de comunicación asistido. Metodológicamente, la investigación es cuantitativa de tipo experimental aplicada, considerando que el trabajo se realiza para producir nuevos desarrollos, a partir de una necesidad de un grupo específico de personas y aplicar conocimientos corporales. El resultado se proyecta como un dispositivo de comunicación, que une un desarrollo de software con un dispositivo que contiene un sistema operativo ya sea iOS o Android, mediante el cual se hará el procesamiento de la información en código morse, la cual, será traducida a texto o comandos de voz, permitiendo a los usuarios comunicar sus ideas o aprender, será una opción que permita fortalecer la infraestructura inclusiva para garantizar la calidad en el proceso participativo docente, permitiendo a las Instituciones de Educación cumplir con los requisitos legales. Se espera que la consecución del resultado alcance los 7 primeros niveles de madurez tecnológica en la escala de innovación. Por último, la relevancia de este proyecto, se centra en la posibilidad de ofrecer una opción que permita mejorar la calidad de vida de las personas con diversidad funcional, asociadas a limitaciones ya sea de movilidad, audición o habla, todo a través de la tecnología.
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Rapporti di organizzazioni sul tema "Constitución Política de Colombia de 1991"

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Ricciulli-Marín, Diana, Jaime Bonet-Morón e Gerson Javier Pérez-Valbuena. Cien años de finanzas públicas territoriales en Colombia. Banco de la República Colombia, dicembre 2022. http://dx.doi.org/10.32468/chee.56.

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Abstract (sommario):
Usando series históricas de ingresos y gastos ejecutados por los distintos niveles de gobierno para el periodo 1923-2020, este documento describe la evolución de los desequilibrios fiscales verticales y horizontales entre el gobierno nacional, los departamentos y los municipios en Colombia. El análisis permite identificar cuatro grandes momentos de las finanzas públicas territoriales en Colombia. Las décadas de 1910 y 1920 constituyen un primer momento marcado por el fortalecimiento de la autonomía fiscal de los gobiernos subnacionales. Posteriormente, con la República Liberal en los treinta, inició un segundo periodo caracterizado por reformas centralizadoras que buscaron robustecer los ingresos del gobierno nacional central, y en menor medida los de municipios y departamentos. En el lapso de 1960-1990, los cambios se enfocaron en corregir los desbalances fiscales existentes a través del aumento de las transferencias a las regiones, la creación de institutos descentralizados y fondos territoriales, y la introducción de un nuevo estatuto tributario territorial en 1983. Finalmente, un último momento inicia con la Constitución Política de 1991, la cual dio un impulso final a la descentralización y abrió el camino hacia las reformas que construyeron el actual marco normativo de las finanzas públicas territoriales en Colombia.
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Varea, Marco, e Rafael Gómez. Fortaleciendo capacidades para mejorar el gasto descentralizado en Colombia. Inter-American Development Bank, maggio 2014. http://dx.doi.org/10.18235/0009564.

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Abstract (sommario):
Esta nota describe los resultados de un conjunto de asistencias técnicas realizadas en los gobiernos locales de Colombia para lograr su fortalecimiento institucional en base a la Gestión para Resultados (GpR) y mejorar la calidad del gasto descentralizado. Las asistencias técnicas se iniciaron con el propósito de beneficiar a dos gobernaciones y tres municipios pero el resultado final fueron 25 entes territoriales beneficiados (ocho gobernaciones y 17 municipios). Para los logros convergieron elementos, como el diseño de las cooperaciones técnicas, que secuencian la inducción de nuevos productos y políticas, la capacitación e institucionalización administrativa y rol de los departamentos como líderes del proceso y de los municipios de mayor capacidad como tutores de los municipios vecinos. La GpR contribuyó a afirmar y consolidar el proceso de descentralización colombiano, que se afianzó con la Constitución de 1991. Los gobiernos locales beneficiados por este proceso vieron fortalecida su articulación entre planificación-presupuesto-seguimiento y evaluación, que fueron las áreas que presentaron mayores debilidades en las evaluaciones realizadas. En el corto plazo se puede profundizar en dos de las tres áreas, que son las que más contribuyen a los procesos de toma de decisiones basados en desempeño: el presupuesto por resultados y el monitoreo y la evaluación.
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Reyes Jaimes, Johana Marcela, María Eugenia Bonilla Ovallos, Camilo Alipios Cruz Merchán, Miguel Jesús Pardo Uribe e David Mayorga Osorio. Mecanismos constitucionales de protección de derechos. Guía práctica de acciones constitucionales : derecho de petición, acción de tutela, acción de cumplimiento, acciones de grupo y acciones populares, habeas corpus y habeas data. Universidad Autónoma de Bucaramanga, 2023. http://dx.doi.org/10.29375/fcjp.22705.

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Abstract (sommario):
Publicación resultado en el marco del proyecto: Conflictividad socioambiental, victimización a la organización social y afectación al territorio: reconfiguración de la violencia en el departamento de Santander tras la firma de los acuerdos de paz entre el gobierno nacional y la guerrilla de las Farc (2017-2022). Colombia como Estado social de derecho, contempla distintos mecanismos para garantizar que todos y todas gocemos de los derechos fundamentales. Es por ello, que, a través de la Constitución Política de 1991, se consolidan una serie de dispositivos, que permiten a la ciudadanía hacer valer, respetar y garantizar los derechos individuales y los colectivos. En este sentido, en el capítulo 4 de nuestra constitución política se incluye el apartado de protección y aplicación de los derechos, que contempla los siguientes: la acción de tutela, la acción de cumplimiento, las acciones populares y de grupo. Así mismo, en el artículo 15 el habeas data, en el artículo 23 el derecho de petición y en el artículo 30 se refiere el habeas corpus. El presente documento es el resultado de un esfuerzo mancomunado entre el Instituto de Estudios Políticos de la UNAB y la Corporación Integrada para la Defensa de los Derechos Humanos, Sociales, Políticos, Culturales y Empresariales CORPOINDH que materializa el interés por brindar herramientas prácticas a los liderazgos sociales para el fortalecimiento de sus capacidades de defensa de los derechos humanos y empoderamiento frente a las instituciones estatales. En esta cartilla explicaremos de manera práctica y concisa cada uno de estos mecanismos anteriormente mencionados, buscando que se convierta en una herramienta útil para que los y las ciudadanas interpongan directamente las acciones correspondientes en caso de necesitarlas. Es clave mencionar que para hacer uso de la mayoría de estos mecanismos de protección no se requiere un abogado y que es indispensable en el marco de nuestros deberes que todos y todas tengamos apropiados conceptos básicos de nuestra constitución política y conozcamos nuestros derechos. Finalmente, para estructurar esta cartilla hemos organizado mediante preguntas orientadoras los siguientes apartados: Glosario de conceptos básicos; ¿Cuáles son las acciones constitucionales y para qué sirven?; ¿Qué es un Derecho de petición y para qué sirve?; ¿Qué es la acción de tutela y para qué sirve?; ¿Qué es la acción de cumplimiento y para qué sirve?; ¿Qué son las acciones de grupo y las acciones populares?; ¿Qué es el habeas corpus? y para terminar ¿Qué implica el habeas data? En cada uno de estos apartados, el lector encontrará la definición, la forma de trámite, ante quien se interpone, los términos y los recursos correspondientes. Esperamos que este aporte sirva como insumo para el trabajo local y constituya un camino común de fortalecimiento territorial a la defensa de los derechos humanos y por sobre todo, a la profundización de las capacidades de liderazgo presentes en los espacios comunales y vecinales.
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Carrillo Cruz, Yudy Andrea. La protección del agua y los derechos humanos de las futuras generaciones. Ediciones Universidad Cooperativa de Colombia, dicembre 2022. http://dx.doi.org/10.16925/wpai.12.

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Abstract (sommario):
El derecho constitucional al agua está ligado de manera profunda con los derechos humanos de las generaciones venideras; la importancia del agua no solo se debe entender desde un enfoque científico, sino también es necesario comprender la relación jurídica que tiene con la efectividad de otros derechos, al tratarse de un líquido vital para la supervivencia del ser humano. En el presente avance de investigación, se hace una relación de las teorías jurídicas que se han ido implementando tanto a nivel internacional como en Colombia, respecto a la protección del agua y de las generaciones futuras, teniendo como punto de partida en común que ninguno de estos derechos se encuentra consagrado de manera expresa en la Constitución Política de 1991. Así las cosas, su desarrollo y protección se evidencia tanto en la doctrina como en la jurisprudencia de cortes constitucionales y de derechos humanos, como es el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el continente americano. En este texto se analiza, teniendo en cuenta un enfoque cualitativo, la responsabilidad que tiene el Estado frente a la protección de estos dos derechos y se realiza una exploración de literatura sobre la temática. La evolución del derecho constitucional y de los derechos humanos ha llevado a que se protejan los derechos de quienes aún no nacen a través de declaraciones, sentencias y normatividad que amparan a las futuras generaciones. Conservar las fuentes hídricas es una responsabilidad de la generación actual que envuelve la protección de los derechos humanos de las generaciones futuras.
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Ocampo, José Antonio, Roberto Steiner Sampedro, Mauricio Villamizar Villegas, Bibiana Taboada Arango, Jaime Jaramillo Vallejo, Olga Lucia Acosta Navarro e Leonardo Villar Gómez. Informe de la Junta Directiva al Congreso de la República - Marzo de 2023. Banco de la República, marzo 2023. http://dx.doi.org/10.32468/inf-jun-dir-con-rep.3-2023.

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Abstract (sommario):
Introducción En 2023 el Banco de la República celebra 100 años de su fundación. Este es un aniversario de gran significado, el cual ofrece la oportunidad de resaltar el aporte que el Banco ha hecho al desarrollo del país. Su trayectoria como garante de la estabilidad monetaria lo ha consolidado como la institución estatal independiente que genera mayor confianza entre los colombianos por su transparencia, capacidad de gestión y el cumplimiento efectivo de las funciones de banca central y culturales encomendadas en la Constitución y la Ley. En una fecha tan importante como esta, la Junta Directiva del Banco de la República (JDBR) hace un reconocimiento a las generaciones de directivos y funcionarios que con su compromiso y dedicación contribuyeron a engrandecer esta institución1. El mandato del Banco de la República se consolidó en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, para cuya integración los ciudadanos tuvieron la oportunidad de elegir a las setenta personas que tendrían como tarea redactar una nueva constitución. Los dirigentes de los tres movimientos políticos más votados fueron elegidos presidentes de la Asamblea, y esta presidencia tripartita reflejó la pluralidad y la necesidad de consenso entre las diferentes fuerzas políticas para sacar adelante la reforma. Entre los asuntos considerados, la Asamblea Nacional Constituyente le otorgó especial importancia a la estabilidad monetaria. Por esta razón decidió incluir el tema de banca central y dotar al Banco de la República de la autonomía necesaria para utilizar los instrumentos a su cargo sin injerencia de otras autoridades. El constituyente entendió que velar por la estabilidad de precios es un deber del Estado y que la entidad responsable de este cometido debe estar consagrada en la Constitución y contar con la capacidad técnica y autonomía institucional necesaria para adoptar las decisiones que considere pertinentes para alcanzar este objetivo fundamental, en coordinación con la política económica general. En particular, el artículo 373 estableció que “el Estado, por intermedio del Banco de la República, velará por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda”, disposición que coincidía con el esquema de banca central adoptado por países exitosos en el control de la inflación. En 1999, mediante sentencia 481, la Corte Constitucional indicó que “el deber de mantener la capacidad adquisitiva de la moneda no solo se predica de la autoridad monetaria, crediticia y cambiaria, esto es de la Junta del Banco de la República, sino también de quienes tienen responsabilidades en la formulación y ejecución de la política económica general del país” y que “la finalidad constitucional básica del Banco de la República es la protección de la moneda sana, pero esa autoridad debe tomar en consideración en sus decisiones los otros objetivos económicos de la intervención del Estado, como el pleno empleo, pues sus funciones deben coordinarse con la política económica general.” La reforma al Banco de la República concertada en la Constituyente de 1991 y en la Ley 31 de 1992 se puede resumir en los siguientes aspectos: i) asignó al Banco un mandato específico: mantener la capacidad adquisitiva de la moneda, en coordinación con la política económica general; ii) designó a la JDBR como autoridad monetaria, cambiaria y crediticia; iii) otorgó al Banco y a su Junta Directiva un importante grado de independencia frente al Gobierno; iv) prohibió al Banco otorgar crédito al sector privado distinto del financiero; v) estableció que para otorgar crédito al Gobierno se requería del voto unánime de su Junta Directiva, a menos que se trate de operaciones de mercado abierto; vi) determinó que el legislador, en ningún caso, podrá ordenar cupos de crédito a favor del Estado o de los particulares; vii) designó al Congreso, en representación de la sociedad, como principal destinatario del ejercicio de rendición de informes del Banco; y viii) delegó en el presidente de la República la función de inspección, vigilancia y control sobre el Banco de la República. Los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente entendieron claramente que los beneficios de una inflación baja y estable se extienden a toda la sociedad y contribuyen al buen funcionamiento del sistema económico. Entre los más importantes cabe mencionar que una inflación baja promueve el uso eficiente de los recursos productivos, al permitir que los precios relativos guíen de mejor forma la asignación de recursos, lo cual promueve el crecimiento económico y aumenta el bienestar de la población. Igualmente, una inflación baja reduce la incertidumbre sobre la rentabilidad esperada de la inversión y sobre el precio futuro de los activos, lo que aumenta la confianza de los agentes económicos, facilita la financiación de largo plazo y estimula la inversión. Una inflación baja evita redistribuciones arbitrarias del ingreso y la riqueza, debido a que los estratos de ingresos bajos de la población no pueden protegerse de la inflación mediante la diversificación de sus activos, y concentran una elevada proporción de su ingreso en la compra de alimentos y otros bienes básicos, ítems que generalmente son los más afectados por los choques inflacionarios2. Por otra parte, una baja inflación facilita las negociaciones salariales, lo cual crea un buen clima laboral y reduce la volatilidad del nivel de empleo. Finalmente, una inflación baja contribuye a que el sistema de impuestos sea más transparente y equitativo, al evitar las distorsiones que la inflación introduce sobre el valor de los activos y de los ingresos que componen la base tributaria. Desde el punto de vista de la autoridad monetaria, uno de los beneficios más relevantes de una inflación baja es la credibilidad que los agentes económicos adquieren en la meta de inflación, lo que la convierte en un ancla nominal efectiva sobre el nivel de precios. Al recibir su mandato, y en uso de su autonomía, el Banco de la República empezó a anunciar metas puntuales de inflación anual a partir de 1992. Si bien en esta primera etapa las metas de inflación propuestas no se lograron cumplir de forma precisa, sí se consiguió imprimirle a la inflación una tendencia descendente, que la llevó desde un nivel del 32,4% en 1990 al 16,7% en 1998. Para aquella época la tasa de cambio se mantenía dentro de una banda, lo cual limitaba la efectividad de la política monetaria, que buscaba cumplir simultáneamente una meta de inflación y un objetivo de tasa de cambio. La crisis asiática se contagió a las economías emergentes y afectó de manera importante a la economía colombiana. La tasa de cambio presentó una fuerte presión a la depreciación al cerrarse el acceso al financiamiento externo en condiciones de un elevado desequilibrio externo. Lo anterior, junto con la falta de flexibilidad cambiaria, impidió hacer una política monetaria contracíclica, lo que condujo a una contracción del PIB del 4,2% en dicho año. En este contexto de desaceleración económica, la inflación anual se redujo al 9,2% a finales de 1999, situándose por debajo de la meta del 15% que se había fijado para ese año. Este episodio reveló plenamente lo costoso que podría ser, en términos de actividad económica, el tener simultáneamente metas para la inflación y para la tasa de cambio. Hacia finales de 1999 el Banco de la República anunció la adopción de un nuevo régimen de política monetaria que denominó Esquema de Inflación Objetivo. Este régimen, conocido internacionalmente como ‘Inflation Targeting,’ venía ganando creciente aceptación en países desarrollados, al haber sido adoptado a partir de 1991 por Nueva Zelanda, Canadá e Inglaterra, entre otros, logrando importantes avances en el manejo de la inflación, sin incurrir en costos en términos de actividad económica. En América Latina, Brasil y Chile también lo acogieron en 1999. En el caso colombiano, el último requisito pendiente por cumplir para adoptar dicho esquema de política era la flexibilidad de la tasa de cambio, la cual se materializó hacia septiembre de 1999, cuando la JDBR decidió abandonar las bandas cambiarias para permitir que la tasa de cambio se determinara libremente en el mercado. De forma coherente con el mandato constitucional, el objetivo fundamental de este nuevo esquema de política consistía en “el cumplimiento de una meta de inflación que contribuya a mantener un crecimiento del producto alrededor de su capacidad potencial”3. Dicha capacidad potencial se entendía como aquel crecimiento del PIB que la economía puede obtener si utiliza plenamente sus recursos productivos. Para cumplir este objetivo la política monetaria debe cumplir necesariamente un papel contracíclico en la economía. Ello porque cuando la actividad económica está por debajo de su potencial y existen recursos ociosos, la autoridad monetaria puede reducir la tasa de interés ante la ausencia de presiones inflacionarias para estimular por esa vía la economía y, de manera inversa, cuando el producto supera su capacidad potencial. Este principio de política, que está inmerso en los modelos para guiar la postura de política monetaria, hace que, en el mediano plazo, sean totalmente compatibles los objetivos del cumplimiento de la meta de inflación y de un nivel de actividad económica compatible con su capacidad productiva. Para alcanzar este propósito, en el esquema de inflación objetivo se utiliza la tasa de interés del mercado monetario (a la cual el banco central suministra liquidez primaria a los bancos comerciales), como el instrumento primordial de política. Con ello se sustituyó la cantidad de dinero como meta intermedia de política monetaria, que el Banco de la República, al igual que varios otros bancos centrales, utilizaron por mucho tiempo. En el caso colombiano, el objetivo del nuevo esquema de política monetaria implicaba, en términos prácticos, que la recuperación de la economía, luego de la contracción ocurrida en 1999, debía lograrse al tiempo que se cumplían las metas decrecientes de inflación establecidas por la JDBR. De manera notable este propósito se cumplió. En la primera mitad de la década del 2000 la actividad económica logró una recuperación importante, hasta alcanzar un crecimiento del 6,8% en 2006. Entretanto, la inflación fue descendiendo gradualmente, en línea con las metas de inflación. Fue así como la tasa de inflación se redujo desde el 9,2% en 1999 al 4,5% en 2006, cumpliendo con la meta de inflación establecida para ese año, mientras que el PIB alcanzó su nivel potencial. Después de lograrse este equilibrio en 2006, la inflación repuntó al 5,7% en 2007, por encima de la meta del 4% fijada para ese año, debido a que el crecimiento del PIB del 7,5% superó su capacidad potencial4. Luego de comprobarse la eficacia del esquema de inflación objetivo en sus primeros años de operación, este régimen de política continuó consolidándose a medida que la JDBR y el equipo técnico ganaron experiencia en su manejo y se incorporaron modelos económicos de última tecnología para diagnosticar el estado presente y futuro de la economía, y evaluar la persistencia de los desvíos de la inflación y sus expectativas con respecto a la meta de inflación. A partir de 2010 la JDBR estableció la meta de inflación anual de largo plazo del 3%, que continúa vigente en la actualidad. La menor inflación ha contribuido a crear un entorno macroeconómico más estable, que ha favorecido el crecimiento económico sostenido, la estabilidad financiera, el desarrollo del mercado de capitales y el funcionamiento de los sistemas de pagos. Gracias a ello se lograron reducciones en la prima por riesgo inflacionario y menores tasas de interés de los TES y de crédito. A su vez, la duración de la deuda interna pública aumentó de forma importante pasando de 2,27 años en diciembre de 2002 a 5,86 años en diciembre de 2022 y la profundización financiera, medida como el nivel de la cartera como porcentaje del PIB, pasó de cerca del 20% a mediados de la década de los noventa a valores superiores al 45% en años recientes, en un contexto saludable de los establecimientos de crédito. Los logros tangibles alcanzados por el Banco de la República en el manejo de la inflación al haber contado con la autonomía que le otorgó la Constitución para cumplir con el mandato de preservar el poder adquisitivo de la moneda, junto con los importantes beneficios que se derivaron del proceso de llevar la inflación a su meta de largo plazo, hacen que el reto que actualmente enfrenta la JDBR de retornar la inflación a la meta del 3% sea aún más exigente y apremiante. Como es bien conocido, a partir de 2021, y especialmente en 2022, la inflación en Colombia volvió a convertirse en un serio problema económico, con elevados costos de bienestar. El fenómeno inflacionario no ha sido exclusivo de Colombia y es así como muchos otros países desarrollados y emergentes han visto alejarse sus tasas de inflación de las metas propuestas por sus bancos centrales5. Las razones de este fenómeno se han analizado en los recientes Informes al Congreso, y en esta nueva entrega se profundiza al respecto con información actualizada. La sólida base institucional y técnica que soporta el esquema de inflación objetivo bajo el cual opera la estrategia de política monetaria le da a la JDBR los elementos necesarios para enfrentar con confianza este difícil reto. Al respecto, en su comunicado del 25 de noviembre la JDBR reiteró su compromiso con la meta de inflación del 3,0%, la cual prevé alcanzar hacia finales de 20246. La política monetaria continuará enfocada en cumplir este objetivo, al tiempo que velará por la sostenibilidad de la actividad económica, tal y como lo ordena la Constitución. Las encuestas a analistas llevadas a cabo en marzo mostraron un incremento importante (del 32,3% en enero al 48,5% en marzo) en el porcentaje de respuestas que sitúan las expectativas de inflación a dos años o más en un rango entre el 3% y 4%. Este es un indicativo claro de recuperación de credibilidad en la meta de inflación a mediano plazo, lo cual guarda coherencia con el anuncio de la JDBR de noviembre pasado. La moderación de la tendencia alcista de la inflación que se observó en enero, y especialmente en febrero, contribuirá a reforzar esta revisión de expectativas de inflación, y ayudará a cumplir los objetivos propuestos. Luego de registrarse una inflación del 5,6% a finales de 2021, la inflación mantuvo una tendencia alcista a lo largo de 2022 debido a las presiones inflacionarias tanto de origen externo, asociadas con las secuelas de la pandemia y las consecuencias del conflicto bélico en Ucrania, como de origen interno, resultantes de: el fortalecimiento de la demanda local; los procesos de indexación de precios estimulados por el aumento de las expectativas de inflación; las afectaciones a la producción de alimentos provocadas por el paro de mediados de 2021, y el traspaso de la depreciación a los precios. Los aumentos del salario mínimo del 10% en 2021 y del 16% en 2022, que en ambos casos superaron la inflación observada y el incremento de la productividad, acentuaron los procesos de indexación al haber establecido un elevado referente de ajuste nominal. De esta forma, la inflación total aumentó al 13,1% a finales 2022. La variación anual de alimentos, que subió del 17,2% al 27,8% entre esos dos años, fue el factor que más influyó en la aceleración del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Otro rubro que contribuyó de manera importante a las alzas de precios fue el de regulados, cuya variación anual aumentó del 7,1% en diciembre de 2021 al 11,8% a finales de 2022. Por su parte, la medida de inflación básica sin alimentos ni regulados subió del 2,5% al 9,5% entre finales de 2021 y finales de 2022. El aumento sustancial de la inflación básica muestra que la presión inflacionaria se extendió a la mayoría de los rubros de la canasta familiar, lo cual es característico de procesos inflacionarios con una indexación de precios generalizada, como ocurre en Colombia. La política monetaria empezó a reaccionar tempranamente a estas presiones inflacionarias. Fue así como a partir de su sesión de septiembre de 2021 la JDBR inició un cambio progresivo de la postura de la política monetaria a partir del mínimo histórico del 1,75% de la tasa de interés de política al cual se había llegado para estimular la recuperación de la economía. Este proceso de ajuste prosiguió sin interrupción a lo largo de 2022 y hasta inicios de 2023, cuando la tasa de política monetaria alcanzó el 12,75% en enero pasado, con lo cual acumuló un incremento de 11 puntos porcentuales (pp). El público y los mercados se han mostrado sorprendidos de que la inflación continuara aumentando, a pesar de los significativos incrementos de la tasa de interés. Pero como lo ha explicado la JDBR en sus diversas comunicaciones, la política monetaria actúa con rezago. Así como en 2022 la actividad económica se recuperó hasta alcanzar un nivel superior al de prepandemia, impulsada, entre otros factores, por el estímulo monetario otorgado durante el período de pandemia y de los meses subsiguientes, así también los efectos de la actual política monetaria restrictiva se irán dando paulatinamente, lo que permite esperar que hacia finales de 2024 la tasa de inflación converja hacia el 3%, como es el propósito de la JDBR. Los resultados de la inflación en enero y febrero de este año mostraron incrementos marginales decrecientes (13 pb y 3 pb respectivamente), en comparación con la variación observada en diciembre (59 pb). Esto sugiere que se aproxima un punto de inflexión en la tendencia de la inflación. En otros países de América Latina, como Chile, Brasil, Perú y México, la inflación llegó a su techo y ha empezado a descender lentamente, aunque con algunos altibajos. Es previsible que en Colombia ocurra un proceso similar durante los próximos meses. El descenso previsto de la inflación en 2023 obedecerá, entre otros factores, a las menores presiones de costos externos por cuenta de la progresiva normalización de las cadenas de suministro, a la superación de los choques de oferta por razones de clima y por los bloqueos viales de años anteriores, lo que se reflejará en menores ajustes en los precios de los alimentos, como ya se observó en los primeros dos meses del año y, por supuesto, al efecto rezagado de la política monetaria. El proceso de convergencia de la inflación a la meta será gradual y se extenderá más allá de 2023. Dicho proceso se facilitará si se revierten las presiones a la devaluación, para lo cual resulta esencial que se continúe consolidando la sostenibilidad fiscal y se eviten mensajes en diferentes frentes de la política pública que generan incertidumbre y desconfianza. _______________________________________ 1 Este Informe al Congreso contiene el recuadro 1 que resume la trayectoria del Banco de la República en estos 100 años. Adicionalmente, con auspicio del Banco, varios libros que profundizan diversos aspectos de la historia de esta institución fueron publicados en años recientes. Véase, por ejemplo: Historia del Banco de la República 1923-2015; Tres banqueros centrales; Junta Directiva del Banco de la República: grandes episodios en 30 años de historia; Banco de la República : 90 años de la banca central en Colombia. 2 Es por ello que una menor inflación se ha reflejado en la reducción de la desigualdad del ingreso medida a través del coeficiente de Gini al pasar de 58,7 en 1998 a 51,3 en el año previo a la pandemia. 3 Véase Gómez Javier, Uribe José Darío, Vargas Hernando (2002). “The Implementation of Inflation Targeting in Colombia”. Borrador de Economía, núm. 202, marzo, disponible en: https://repositorio.banrep.gov.co/handle/20.500.12134/5220 4 Véase López-Enciso Enrique A.; Vargas-Herrera Hernando y Rodríguez-Niño Norberto (2016). “La estrategia de inflación objetivo en Colombia. Una visión histórica”, Borrador de Economía, núm. 952. https://repositorio.banrep.gov.co/handle/20.500.12134/6263 5 Según el FMI, la variación porcentual de los precios al consumidor entre 2021 y 2022 pasó del 3,1 % al 7,3 % para las economías avanzadas, y del 5,9 % al 9,9 % para las economías de mercados emergentes y en vías de desarrollo. 6 https://www.banrep.gov.co/es/noticias/junta-directiva-banco-republica-reitera-meta-inflacion-3
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Valencia Tello, Diana Carolina, e Carlos Arturo García Bonilla. Los primeros treinta años de la Constitución Política de Colombia ¿Un cumpleaños feliz? Universidad del Rosario, settembre 2022. http://dx.doi.org/10.12804/dvcn_10336.35976_num6.

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Abstract (sommario):
Nuestra constitución nacional cumplió 30 años en 2021. ¿Fue un cumpleaños feliz? La profesora Diana Valencia Tello formuló esta pregunta a algunos de los grandes expertos en derecho constitucional y las respuestas exploran la historia, la actualidad y los nuevos desafíos de nuestra carta magna y, por lo tanto, de nuestra sociedad.
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Hernández Aros, Ludivia. Análisis del principio constitucional de legalidad de la hacienda pública en Colombia. Ediciones Universidad Cooperativa de Colombia, maggio 2023. http://dx.doi.org/10.16925/gcnc.68.

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Abstract (sommario):
Los tributos en Colombia están soportados en los principios expuestos en la Constitución Política en su artículo 338, donde se expone que solamente la rama legislativa —Cámara de Representantes y Senado— pueden diseñar nuevos impuestos en tiempos de paz. Lo anterior muestra que los impuestos están amparados ampliamente por la Constitución Política de Colombia, leyes, decretos y acuerdos que hacen que los mismos sean de obligatoria presentación y pago para los contribuyentes. Sobre en particular, algunos contribuyentes se ven vulnerados frente a la aplicabilidad, procedimientos, tasas y demás características del principio de legalidad y es en esta materia que se analiza los principios constitucionales de la hacienda pública y algunos casos de vulneración del principio de legalidad. Los resultados presentan que son pocos los casos que se encuentran en la web, específicamente en la base de datos VLex, que expongan la violación a este principio, pero se observa en la literatura que se aborda este principio en los impuestos nacionales y territoriales, logrando así la trasparencia de los tributos, sin embargo, existen sentencias donde la corte constitucional se pronuncia a favor o en contra de los contribuyentes, dando respuesta a una querella interpuesta por una persona natural o jurídica.
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Vargas-Herrera, Hernando, Pamela Andrea Cardozo-Ortiz, Daniel Esteban Osorio-Rodríguez, Wilmar Alexander Cabrera-Rodríguez, Nathali Cardozo-Alvarado, Jorge Cely, Felipe Clavijo et al. Reporte de Estabilidad Financiera - II semestre 2020. Banco de la República de Colombia, novembre 2020. http://dx.doi.org/10.32468/rept-estab-fin.sem2-2020.

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Abstract (sommario):
El sistema financiero colombiano no ha sufrido mayores traumatismos estructurales durante estos meses de profunda contracción económica, y ha continuado prestando con normalidad sus funciones básicas, facilitando la respuesta de la economía a condiciones extremas. Ello es el resultado de la solidez de las entidades financieras al inicio de la crisis, reflejada en elevados indicadores de liquidez y solvencia, y de la oportuna respuesta de distintas entidades. El Banco de la República redujo 250 puntos sus tasas de interés de política, hasta 1,75%, el menor nivel desde la creación del nuevo Banco independiente en 1991, y otorgó amplia liquidez transitoria y permanente, tanto en pesos como en moneda extranjera. Por su parte, la Superintendencia Financiera de Colombia adoptó medidas prudenciales para facilitar cambios en las condiciones de los créditos vigentes y reglas transitorias de calificación y constitución de provisiones. Finalmente, el Gobierno Nacional expandió las transferencias y los programas de créditos garantizados a la economía. El acervo de crédito real (i.e. descontando la inflación) en la economía supera hoy en 4% el de hace 12 meses, con crecimientos especialmente marcados en la cartera de vivienda (5,6%) y comercial (4,7%) (2,3% en consumo y -0,1% en microcrédito), pero ha habido cambios importantes en el tiempo. En los meses iniciales de la cuarentena las firmas elevaron fuertemente sus demandas por liquidez, y los consumidores las redujeron, mientras que en los meses recientes la dinámica del crédito a las firmas ha tendido a desacelerarse, y la del crédito a los consumidores y a la vivienda ha crecido. El sistema financiero ha respondido satisfactoriamente a la evolución de la demanda relativa de cada grupo o sector, y el crédito posiblemente crecerá a tasas altas en 2021 si el PIB crece a tasas cercanas a 4,6% como lo espera el equipo técnico del Banco, pero los pronósticos son altamente inciertos. Luego de la fuerte cuarentena implementada por las autoridades en Colombia, las turbulencias observadas en marzo y comienzos de abril, evidentes en el enrojecimiento repentino de variables macroeconómicas en el mapa de riesgos del Gráfico A , y la caída en los precios del petróleo y el carbón (nótese las altas volatilidades registradas en la región de riesgo de mercado del Gráfico A), los mercados financieros locales se estabilizaron con relativa rapidez. En esta estabilización tuvo un papel determinante la respuesta de política creíble y sostenida del Banco de la República en lo referente a la provisión de liquidez, con una fuerte expansión de operaciones repo (y variaciones en montos, plazos, contrapartes e instrumentos admisibles), la compra definitiva de deuda pública y privada, y la reducción del encaje de los bancos. En este sentido, hoy se observa abundante liquidez agregada y mejoras importantes en la posición de liquidez de los fondos de inversión colectiva. En este contexto, el principal factor de incertidumbre para la estabilidad financiera en el corto plazo continúa siendo el alto grado de incertidumbre que rodea a la calidad de la cartera. En primer lugar, es incierta la trayectoria futura del número de contagiados y fallecidos como consecuencia del virus y la eventual necesidad de medidas sanitarias adicionales. Por tal razón, también existe incertidumbre sobre la senda de recuperación de la economía en el corto y mediano plazo. En segundo lugar, es incierto el grado en que el choque actual se reflejará en la calidad de la cartera una vez se materialice el riesgo en los estados financieros. De momento, el mapa de riesgos (Gráfico B) indica que la cartera vencida y la cartera riesgosa no han mostrado mayores deterioros, pero la experiencia histórica indica que períodos de fuerte desaceleración económica tienden a coincidir eventualmente con aumentos de la cartera vencida: los cálculos incluidos en este reporte sugieren que el impacto de la recesión sobre la calidad del crédito en el corto plazo podría ser significativo. Ello es particularmente preocupante teniendo en cuenta que la rentabilidad de los establecimientos de crédito ha venido reduciéndose en meses recientes, lo cual podría afectar su capacidad para otorgar crédito al sector real de la economía. Con el fin de adoptar un enfoque prospectivo de cara a las vulnerabilidades identificadas, este reporte presenta varios ejercicios de sensibilidad (stress tests) que evalúan la resiliencia de la liquidez y la solvencia de los establecimientos de crédito y de los fondos de inversión colectiva ante escenarios hipotéticos que buscan aproximarse a una versión extrema de las condiciones económicas actuales. Los resultados sugieren que, en tales escenarios, se observarían fuertes impactos sobre el volumen de crédito y la rentabilidad de los establecimientos de crédito, aunque los indicadores agregados de solvencia total y básica permanecerían en niveles superiores a los límites regulatorios durante el horizonte de los ejercicios. Al tiempo, los ejercicios resaltan la alta capacidad que tiene la liquidez del sistema para enfrentar escenarios adversos. En cumplimiento de sus objetivos constitucionales y en coordinación con la red de seguridad del sistema financiero, el Banco de la República continuará monitoreando de cerca el panorama de estabilidad financiera en esta coyuntura y tomará aquellas decisiones que sean necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento de la economía, facilitar los flujos de recursos suficientes de crédito y liquidez, y promover el buen funcionamiento del sistema de pagos. Juan José Echavarría Gerente General
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Toro, Jorge. Una mirada retrospectiva al manejo de la inflación en el centenario del Banco de la República. Banco de la República, luglio 2023. http://dx.doi.org/10.32468/blog11072023.

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Abstract (sommario):
El Banco de la República celebra el 23 de julio de 2023 sus 100 años de existencia, al haber sido creado como el banco central de Colombia mediante la Ley 25 de 1923, según los parámetros definidos por la Misión Kemmerer. Al cumplirse un aniversario tan importante, el Banco de la República ha venido difundiendo por diversos medios una retrospectiva de lo que ha sido su aporte al desarrollo del país, mediante el cumplimiento efectivo de las funciones de banca central y culturales encomendadas por la Constitución y la Ley. Así lo hizo por ejemplo en el Informe al Congreso de marzo 2023, donde se analizó el papel que esta entidad ha cumplido en el manejo de la inflación a partir de la Constitución de 1991 y sus implicaciones para la coyuntura.
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Toro, Jorge, a cura di. La deuda y las reglas fiscales subnacionales. Banco de la República, maggio 2024. http://dx.doi.org/10.32468/blog20052024.

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Abstract (sommario):
Tras la promulgación de la constitución de 1991, que aumentó la autonomía fiscal de los gobiernos subnacionales, se dio un deterioro creciente de las finanzas territoriales, que a su vez amenazó con poner en riesgo la posición fiscal del gobierno nacional central. Como respuesta a este problema, a partir de 1997 se introdujeron reglas fiscales para los gobiernos subnacionales. Un reciente documento de la revista Ensayos Sobre Política Económica (ESPE), de autoría de un grupo de investigadores del Banco de la República, estudia la implementación y el impacto de estas medidas, las cuales precedieron la regla fiscal del gobierno nacional por más de una década.
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