Articles de revues sur le sujet « Arbitrato societario »

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1

Quintanilla Gutiérrez, Alejandra. « ¿Existe un levantamiento del velo jurisdiccional ? : el levantamiento del velo societario como extensión del convenio arbitral y como remedio de fondo ». THEMIS Revista de Derecho, no 77 (21 décembre 2020) : 203–16. http://dx.doi.org/10.18800/themis.202001.010.

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Résumé :
En materia arbitral, uno de los supuestos en el que los efectos del convenio arbitral pueden extenderse a una parte no signataria es mediante la doctrina del levantamiento del velo societario. La doctrina justifica la existencia de dicha teoría a fin de incluir en el arbitraje empresas matrices o vinculadas que utilizan cascarones societarios para cometer abusos y defraudar acreedores. Por otro lado, la doctrina societaria, independientemente del sistema jurisdiccional, establece que el levantamiento del velo es un remedio que solo se configura cuando se rompe la separación defensiva de activos y se asigna responsabilidad a un tercero vinculado.En el presente artículo, la autora expone la confusión existente en materia arbitral en la aplicación del levantamiento del velo societario como supuesto de extensión del convenio y como remedio de fondo. Así, propone una armonización de la figura, a fin de establecer una aplicación integral.
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2

O’Neill de la Fuente, Cecilia, et Melissa Del Pino Yupari. « Arbitraje y terceros legitimados en la impugnación de acuerdos societarios en el Perú ». THEMIS Revista de Derecho, no 77 (21 décembre 2020) : 189–202. http://dx.doi.org/10.18800/themis.202001.009.

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Résumé :
En los últimos años, varias legislaciones se han vuelto más favorables al arbitraje societario, lo cual ha contribuido a su importante desarrollo. En ese contexto, la arbitrabilidad de la impugnación de los acuerdos societarios es ampliamente aceptada. No obstante ello, la intervención de los terceros legitimados vuelve a poner sobre la mesa supuestas deficiencias del arbitraje societario. En el presente artículo, las autoras analizan la problemática de los terceros legitimados y las solucio-nes que se proponen en el derecho comparado, con el fin de cotejar dichas posibles soluciones con la legislación peruana sobre arbitraje y sociedades anónimas.
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3

Carmigniani, Eduardo, Carla Cepeda Altamirano et Bernarda Muriel Bedoya. « Arbitraje estatutario en Ecuador : recientes reformas legislativas con errores de bulto ». Revista Ecuatoriana de Arbitraje, no 12 (7 décembre 2021) : 205–25. http://dx.doi.org/10.36649/rea1207.

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Résumé :
El arbitraje estatutario es un mecanismo para solventar controversias societarias entre los diferentes actores en el desenvolvimiento de una compañía como socios, accionistas, administradores, fiscalizadores, entre otros. En Ecuador, la habilitación legal y constitucional para acudir a arbitraje estatutario ha existido desde hace décadas. Sin embargo, poco o nada se ha empleado esta figura. En nuestro criterio, por falta de difusión. Desde 2019 se promovieron reformas a la Ley de Compañías incluyendo normativa relacionada con esta materia. Creemos que el ánimo del legislador era promover el arbitraje intra-societario. No obstante, los textos aprobados merecen severos reparos.
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4

Jimeno Borrero, Jesús. « Arbitraje de compañías sevillanas (siglos XVIII-XIX) ». BAETICA. Estudios de Historia Moderna y Contemporánea, no 39 (9 mars 2020) : 301–20. http://dx.doi.org/10.24310/baetica.2019.v0i39.7372.

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Résumé :
El presente estudio analiza el desarrollo del arbitraje societario en Sevilla en un momento histórico-jurídico crucial como es el paso de la dispersión de textos legales mercantiles del siglo XVIII a la unicidad del primer Código de Comercio en 1829. La variedad de fuentes consultadas niegan la interpretación del arbitraje como un método alternativo de solución de conflictos y demuestra su condición de sistema obligatorio dentro de la propia dinámica de la justicia consular para algunas materias societarias como la contabilidad. Por otra parte, este trabajo demuestra la impermeabilidad de la casuística mercantil a las diferentes influencias legislativas que se suceden desde el siglo XVIII hasta 1868
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5

Robleto Arana, Cristian Alberto. « El arbitraje societario en el Derecho nicaragüense ». Revista de la Facultad de Derecho de México 69, no 275-1 (29 octobre 2019) : 545. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2019.275-1.71115.

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Résumé :
<p>El acuerdo de arbitraje en materia societaria también se ha<br />denominado como intrasocietario, para resolver conflictosque puedan surgir entre<br />socios, entre socios y la sociedad, entre la sociedad y sus órganos. Este acuerdo<br />produce efectos desde el punto de vista de los sujetos y el objeto de la<br />controversia que se regula en el mismo. La aplicabilidad del arbitraje recae en la<br />libre disposición conforme a derecho y con base a la autonomía privada de los<br />socios. Se puede afirmar que el sistema nicaragüense no establece un límite de<br />relaciones que se puedan someter a arbitraje societario; sin embargo, pueden<br />surgir de la propia naturaleza de la materia y extensión del acuerdo. El laudo que<br />se emite surte efecto como sentencia judicial. Se recomienda que sea un arbitraje<br />de derecho porque lo que se discute son materias esencialmente normativas, sin<br />que el criterio de equidad deje mucho margen de decisión, aunque la ley admite<br />que pueda ser de equidad.</p>
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6

Orozco Herrera, Elías David. « El levantamiento del velo societario en el arbitraje : ¿pueden los árbitros desestimar la personalidad jurídica ? » Revista Ecuatoriana de Arbitraje, no 11 (16 novembre 2020) : 489–547. http://dx.doi.org/10.36649/rea1117.

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Résumé :
El levantamiento del velo societario es un mecanismo que produce la inoponibilidad de la personalidad jurídica. Su tratamiento en el sistema jurídico ecuatoriano ha sido objeto de mucha confusión, sobre todo en relación a los criterios que determinan su procedencia y al alcance de sus efectos. A su vez, esta figura ha sido desarrollada por la jurisprudencia internacional como un supuesto para permitir la incorporación de no signatarios al arbitraje. Este artículo abordará el mecanismo y su incidencia en el arbitraje, distinguiendo entre una aplicación adjetiva y una aplicación sustantiva del mismo. Se concluirá dilucidando si, a la luz de la legislación ecuatoriana, es factible que los árbitros levanten el velo societario.
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7

Palacios Pareja, Enrique. « El levantamiento del velo societario en el proceso arbitral. » Advocatus, no 018 (1 août 2008) : 167–73. http://dx.doi.org/10.26439/advocatus2008.n018.2973.

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8

Repetto, Jose Luis, Andrés Hundskopf et Miguel Valderrama. « Mi otro yo : La doctrina del álter ego y el artículo 14 de la Ley peruana de Arbitraje ». Forseti : Revista de Derecho 2, no 2 (2014) : 206–26. http://dx.doi.org/10.21678/forseti.v2i2.1213.

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Résumé :
En el presente artículo, los autores comentan la teoría del álter ego a la luz del artículo 14 de la ley peruana de arbitraje. Indican cuáles son los requisitos que la doctrina y la jurisprudencia arbitral han establecido para levantar el velo societario en sede arbitral. Asimismo, analizan un caso en el que se aplicó esta teoría y narran la odisea por la que tuvo que atravesar este laudo en el Poder Judicial peruano.
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9

Pérez Escalona, Susana. « Las operaciones de control societario ante el arbitraje internacional en materia de inversiones ». Revista Electrónica de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR), no 8 (1 novembre 2010) : 111. http://dx.doi.org/10.18172/redur.4068.

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Résumé :
El presente trabajo analiza el arbitraje de inversiones desarrollado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), cuando el conflicto tiene lugar entre sociedades (personas jurídicas) de diferentes Estados parte del Tratado, así como los problemas que suscitan algunos de los laudos dictados al respecto.
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10

Freres Hellebaut, Melanie Muriel. « Cláusulas de resolución de conflictos en la Compañía Francesa para el comercio de las Indias Orientales ». Revista Vía Iuris, no 33 (15 juillet 2022) : 1–25. http://dx.doi.org/10.37511/viaiuris.n33a1.

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Résumé :
El presente ensayo gira en torno a la forma de resolver conflictos en las incipientes sociedades de capital que inspiraron a las personas jurídicas que hoy conocemos como sociedades anónimas, específicamente, en la Compañía Francesa de Indias Orientales que ya en 1664 contaba con todos los elementos característicos de ese tipo de sociedades. Constituyendo un precedente tan importante en materia de sociedades de capital, surge el cuestionamiento de si sus fundadores habrán contemplado también en sus estatutos alguna fórmula de resolución de conflictos societarios y en caso afirmativo, cuáles, del tal modo que, una vez analizado el documento y determinada la existencia de dichas clausulas, éstas puedan ser descritas e identificadas en cuanto a su naturaleza jurídica a fin de concluir si se asemejan de alguna manera a los mecanismos que imperan al día de hoy. Al plantear nuestra hipótesis hemos propuesto que esta Compañía cuenta con fórmulas de resolución de conflictos y que éstas seguramente dicen relación con el arbitraje y con la jurisdicción consular, en atención al contexto histórico. En efecto, luego de hacer un encuadre histórico jurídico de instituciones vinculadas con el objeto de estudio y de traducir, examinar y describir el documento fundacional de la Compañía, esto es, la Declaración de Luis XIV de 1664, hemos podido determinar que, efectivamente, se consideraron fórmulas de resolución de conflictos societarios, las que analizaremos en el desarrollo de esta presentación.
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Gerner-Beuerle, Carsten, Federico Mucciarelli, Edmund Schuster et Mathias Siems. « The Illusion of Motion : Corporate (Im)Mobility and the Failed Promise of Centros ». European Business Organization Law Review 20, no 3 (septembre 2019) : 425–65. http://dx.doi.org/10.1007/s40804-019-00157-9.

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Résumé :
Abstract The European Court of Justice’s landmark decision in Centros was heralded as creating the preconditions for a vibrant market for incorporations in the EU. In practice, however, today’s corporate landscape in Europe differs little from that of the late 1990s. Very few large companies have made use of their ability to subject themselves to the company law of a Member State in which they are not also headquartered, and there are few signs suggesting that a ‘European Delaware’ will emerge in the near future. To the extent that Member States have engaged in competitive law-making, this has largely been confined to minimum capital requirements and rules affecting the ease of the incorporation process—areas concerning primarily micro-companies. We argue that the modest effect of Centros is not only a function of limited economic incentives to engage in regulatory competition and regulatory arbitrage, but also of the fact that the applicability of large sections of relevant laws governing corporate behaviour is determined by real seat-like connecting factors which render regulatory arbitrage more difficult. We analyse the boundaries between the lex societatis and neighbouring legal areas, notably insolvency and tort law, and find that the body of rules regulating a company’s outward-facing activities, as opposed to its internal affairs, is largely removed from regulatory arbitrage. It therefore seems likely that the potential benefits of selecting the applicable company law, while remaining subject to a cocktail of other, equally relevant rules, are sufficiently small to be regularly outweighed by the costs of a complex and non-standard corporate structure that is necessary to exercise free movement rights.
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Vásquez Palma, M. Fernanda. « Revisión del arbitraje como mecanismo de resolución de conflictos en el Derecho societario (obligatoriedad y arbitrabilidad) : Formulación de una propuesta en aras de la modernización ». Ius et Praxis 20, no 1 (2014) : 397–418. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-00122014000100017.

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Ribeiro Nalin, Paulo Roberto. « Dissolução parcial de sociedade empresária. Morte de sócio. Ausência de affectio societatis entre sócio remanescente e sucessor. Cláusula compromissória inserta na constituição da empresa. Extensão da cláusula compromissória aos sócios atuais e futuros, inclusos os advindos de sucessão hereditária. Direitos societários disponíveis. Competência da câmara arbitral eleita para processar o feito dissolutório. Superior Tribunal de Justiça. J. 12.06.2018 ». Revista Brasileira de Arbitragem 19, Issue 75 (1 septembre 2022) : 95–113. http://dx.doi.org/10.54648/rba2022030.

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Olivencia Ruiz, Manuel. « EL ARBITRAJE EN EL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO MERCANTIL ». Revista Internacional de Doctrina y Jurisprudencia, no 7 (19 janvier 2018). http://dx.doi.org/10.25115/ridj.v3i7.1805.

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Résumé :
El pasado 30 de mayo se aprobó en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Código Mercantil (ACM). La Sección 2ª de la CGC aborda el tema del arbitraje societario, que este trabajo quiere analizar.Palabras clave: Arbitraje societario, Código Mercantil.
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Airas Martínez, Sebastián, et Alan Hirschlaff. « Arbitraje societario entre reformas proyectadas, soluciones y nuevas interrogantes ». Revista de Derecho, Universidad de Montevideo. 21, no 41 (29 juillet 2022). http://dx.doi.org/10.47274/derum/41.2.

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De Trazegnies Granda, Fernando. « El Rasgado del Velo Societario en la Determinación de la Competencia Dentro del Arbitraje ». Iuris Dictio 7, no 11 (1 octobre 2007). http://dx.doi.org/10.18272/iu.v7i11.667.

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Résumé :
En circunstancias excepcionales, cuando está en juego la verdadera común intención de las partes, afectada por el fraude o el abuso del derecho con sus múltiples matices, es preciso integrar dentro del arbitraje a quienes son parte de la controversia pero que pueden no haber firmado el convenio arbitral.
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