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Esteban Carrasco, Miguel Ángel. "La reforma de la guardia europea de fronteras y costas con el reglamento (UE) 2019/18961". Revista de Derecho de la UNED (RDUNED), n.º 27 (1 de julio de 2021): 393–426. http://dx.doi.org/10.5944/rduned.27.2021.31086.

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En el presente año estrenamos nuevo mandato de FRONTEX con el Reglamento UE 2019/1896 que consolida la versión 2.0 de la Guardia Europea de Fronteras y Costas. Desde la Unión Europea se anuncia un salto histórico en la gestión de fronteras llegando a afirmar la federalización de las mismas. En este estudio se analiza las novedades presentadas en esta materia por los políticos europeos y las distancias existentes entre las propuestas políticas y la realidad reglamentada. Los límites en el reparto competencial europeo vislumbran un estancamiento de la Agencia en su crecimiento cualitativo, que no cuantitativo, al chocar con la soberanía estatal. Para desentrañar el verdadero aumento de capacidades del nuevo cuerpo permanente, se comparan las tareas de los sistemas “False and Authentic Documents Online” FADO o el “Sistema Europeo de Información y Autorización de viajes” SEIAV con el texto ya derogado o se describen las operaciones SOPHIA o IRINI para tratar de conocer el futuro de la gestión de fronteras exteriores.
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López Ramón, Fernando. "Hacia un modelo europeo de control jurídico del poder ejecutivo". Revista Andaluza de Administración Pública, n.º 100 (30 de abril de 2018): 299–338. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n100.710.

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Hacia un modelo europeo de control jurídico del poder ejecutivo. El primer objeto de este trabajo es poner de relieve las características propias de los tres grandes modelos europeos de control jurídico del poder ejecutivo: el judicial británico, el administrativo francés y el especializado alemán. A continuación, se consideran las posibilidades de configurar un modelo común europeo en la materia a partir de los polos de atracción que constituyen el derecho al proceso equitativo conforme a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y especialmente la práctica del poliédrico y eficaz sistema de control jurídico establecido en la Unión Europea. A la vista de la evolución de los diferentes modelos históricos y teniendo en cuenta la particular atracción del practicado en la Unión Europea, se intenta diseñar algunas características de ese modelo común: racionalización, flexibilidad, especialización y colaboración.
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Arroyo Jiménez, Luis. "El Derecho administrativo europeo como sistema". Revista de Derecho Público: Teoría y método 1 (14 de febrero de 2020): 31. http://dx.doi.org/10.37417/rpd/vol_1_2020_28.

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Resumen
El Derecho administrativo europeo es un instrumento de dirección de procesos sociales que, en su estado actual, presenta algunas debilidades importantes. En este artículo se sugiere que una vía para perfeccionarlo es desarrollar su teoría general a partir de un pensamiento orientado al sistema. En particular, la finalidad del trabajo es analizar cómo debe acometerse esa tarea. Después de presentar sus fundamentos teóricos y metodológicos, se pasa a continuación a identificar alguno de los elementos más relevantes sobre los que tiene que desarrollarse la sistematización del Derecho administrativo europeo. A tal efecto se distingue entre los de carácter sustantivo –principios constitucionales, fines legislativos y criterios discrecionales– y los de carácter estructural –organización, procedimiento y formas jurídicas de actuación–. El artículo concluye con una recapitulación de las conclusiones obtenidas y una reflexión final acerca del alcance y los límites de la sistematización del Derecho administrativo europeo.
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Losana, Camillo. "Il diritto all'educazione nel sistema europeo". MINORIGIUSTIZIA, n.º 3 (septiembre de 2012): 78–85. http://dx.doi.org/10.3280/mg2012-003011.

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Calahorro, Augusto Aguilar. "La justicia constitucional en la Unión Europea: la cuestión prejudicial, el ciudadano y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea". Revista do Direito, n.º 42 (31 de enero de 2014): 70–119. http://dx.doi.org/10.17058/rdunisc.v0i42.4944.

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Resumen En este trabajo trataré de analizar algunos elementos esenciales del sistema de justicia constitucional de la UE. Los Tratados de la Unión Europea han configurado elementos jurisdiccionales de naturaleza supranacional que nos pueden permitir elaborar un discurso sobre justicia constitucional en la UE. Si analizamos el contenido de los Tratados de la UE observamos que existen elementos constitucionales suficientes para afirmar la creación de una Constitución material. Desde esta perspectiva, en el ámbito europeo se han desarrollado algunas técnicas jurisdiccionales de interrelación entre tribunales nacionales ordinarios, tribunales constitucionales y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJ). De esta interrelación ha derivado el denominado “diálogo entre tribunales” que ha permitido la decantación de principios de carácter constitucional en el ordenamiento europeo (como los principios fundamentales de garantía y reconocimiento de los derechos fundamentales en la UE), y del que ha derivado el principal impulso a la constitucionalización de la Unión europea. Por ello, la metodología del Derecho constitucional europeo, sitúa en el centro de su estudio la relación entre tribunales nacionales y el TJ, el sistema jurisdiccional europeo, relación en la que la cuestión prejudicial tiene un papel fundamental.
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López Guerra, Luis. "La evolución del sistema europeo de protección de derechos humanos". Teoría y Realidad Constitucional, n.º 42 (30 de enero de 2019): 111. http://dx.doi.org/10.5944/trc.42.2018.23649.

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El sistema europeo de protección de derechos humanos resultante del Convenio Europeo de 1950 ha experimentado una notable evolución desde su creación, tanto en oo que se refiere a su extensión como a sus objetivos y procedimientos. Al menos tres fases son visibles en esa evolución; una primera fase, inicialmente orientada a una colaboración interestatal, protagonizada por la Comisión Europea de Derechos Humanos; una segunda fase, centrada en la protección individualizada de los derechos del Convenio por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; y finalmente, parecería apuntarse una tercera, caracterizada por la incipiente adopción de una función cuasi-constitucional del Tribunal de Estrasburgo.The European system of protection of human rights created by the European Convention of 1950 has been subject of a deep evolution since its creation, concerning both its extension and its goals and proceedings. Three phases aat least are visible in this evolution: a first phase, initially oriented to an inter-State collaboration, where the main role corresponded to the European Comission of Human Rights; a second phase, centered on the individualised protection of Convention rights by the European Court of Humna Rights; and finally, ir seems that a third phase is starting, in which the Strasbourg Court is assuming a quasi-constitutional function.
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Parejo Alfonso, Luciano. "El sistema europeo continental de administración pública". Ius et Praxis, n.º 013 (1989): 45–61. http://dx.doi.org/10.26439/iusetpraxis1989.n013.3396.

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Villar, Alfonso Murillo. "EL BREXIT: TODO UN RETO PARA EL DERECHO ROMANO". Revista Jurídica da FA7 16, n.º 2 (12 de diciembre de 2019): 163–80. http://dx.doi.org/10.24067/rjfa7;16.2:1183.

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Resumen
Con la salida del Reino Unido de la Unión Europea también lo hace el sistema jurídico anglosajón o Common Law. Esta circunstancia facilita la futura armonización legal entre todos los sistemas jurídicos del denominado Civil Law o derecho continental, sistema jurídico por el que se rigen los países, a excepción de Irlanda, que permanecen en la Unión. A partir de ahora, será más fácil crear una ciencia jurídica europea común de base romanista, pues el Derecho romano se convierte en su único y fundamental elemento aglutinador: el ordenamiento jurídico romano es la base común de todos los ordenamientos jurídicos de la Europa continental. Es el momento de hacer valer la influencia romanística en la configuración del futuro ordenamiento jurídico común europeo.
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García Roca, Javier. "Aportaciones fragmentarias a la representación política del Tribunal Constitucional español y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: una teoría liberal-democrática". FORO. Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, Nueva Época 21, n.º 2 (6 de noviembre de 2019): 261–82. http://dx.doi.org/10.5209/foro.64026.

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Resumen
¿Cuáles son las diferencias entre los distintos tipos de globalización? La globalización a través de derechos fundamentales tiene rasgos propios. ¿Cuál es la diversa relevancia del Derecho en la lógica de los mercados, en el Consejo de Europa y el sistema del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el sistema interamericano, y en la Unión Europea? Solo en el tercer espacio existe realmente una representación política directa en el Parlamento Europeo y una representación de los Estados en la Comisión y el Consejo Europeo siguiendo una legitimidad dual. Pero es mucho lo que queda por hacer en la Unión en la representación política y aún más en los Estados miembros. Son precisos cambios en las normas y en la cultura política. Por si el tiempo llegara, he singularizado algunos ingredientes básicos de la teoría liberal y democrática de la representación política que se desprende de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
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Solanes Corella, Ángeles. "Otra política de asilo es posible en Europa. Una breve comparación entre la UE y Canadá". Deusto Journal of Human Rights, n.º 1 (11 de diciembre de 2017): 39–75. http://dx.doi.org/10.18543/djhr-1-2016pp39-75.

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Resumen
La situación que ha generado en la Unión Europea la mal denominada «crisis de los refugiados», pone en evidencia hasta qué punto ha fracasado el denominado Sistema Común de Asilo. Múltiples factores han concurrido, durante dos décadas, hasta llegar a lo que puede considerarse una desnaturalización del asilo. Para reivindicar la necesidad de protección internacional como un derecho en el contexto europeo, es interesante analizar, como propone este trabajo, los múltiples factores que han concurrido para que el sistema Dublín no llegue a implementarse. Dicho estudio, además, puede completarse desde una perspectiva comparada atendiendo al caso canadiense. La confrontación entre algunas de las medidas articuladas en relación a los refugiados desde la Unión Europea y las que se han adoptado en Canadá, permite trazar algunas líneas directrices futuras. Lo que se pretende, en definitiva, es revindicar el asilo como un derecho dentro de un sistema europeo humano, justo y eficiente.Recibido: 25 julio 2016Aceptado: 30 noviembre 2016Publicación en línea: 11 diciembre 2017
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Ballesteros Barros, Ángel María. "Restitución de menores y orden público europeo". CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL 14, n.º 1 (4 de marzo de 2022): 31–46. http://dx.doi.org/10.20318/cdt.2022.6676.

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Resumen
Este estudio analiza si los derechos fundamentales afectados por los supuestos de restitución por traslado ilícito de menores gozan de una protección equivalente en el Derecho de la Unión Europea y en el sistema europeo de derechos humanos, examinando la vigencia de la doctrina Bosphorus. El autor se cuestiona si en materia de restitución de menores en la Unión Europea puede afirmarse la construcción de un orden público europeo, diferente al del orden público internacional de los Estados, y equivalente al orden público comunitario.
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Rebasti, Emanuele. "Corte europea dei diritti umani e sistema comune europeo in materia d'asilo". DIRITTI UMANI E DIRITTO INTERNAZIONALE, n.º 2 (julio de 2011): 343–55. http://dx.doi.org/10.3280/dudi2011-002007.

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Jiménez, William Guillermo. "Controversias jurídicas en Europa." Diálogos de saberes, n.º 40 (1 de junio de 2014): 37. http://dx.doi.org/10.18041/0124-0021/dialogos.40.209.

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Resumen
La creación de la Unión Europea estableció un sistema de derecho europeo que ha generado no pocos enfrentamientos con los sistemas jurídicos nacionales nacidos bajo el paradigma del Estado-nación. El presente artículo pretende realizar un análisis sobre la manera como se están resolviendo ciertos conflictos en los cuales están involucradas normas de derecho interno con normas de derecho comunitario europeo. Se emplea un método cualitativo, con técnicas de revisión documental, observación directa y comparación sobre fuentes primarias y secundarias; se seleccionaron 6 casos relevantes de países en donde se presentan disputas entre el derecho interno y el derecho europeo comunitario (Alemania, Francia, Austria, España e Italia). Las conclusiones señalan que el problema de la jerarquía se resuelve admitiendo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE como un tribunal de similar estatura que los tribunales nacionales; el derecho comunitario es tan vinculante como el derecho interno; las decisiones que emite el TJUE al conocer directamente los negocios son acatadas por los Estados miembros; los tribunales nacionales de la UE pueden emitir sus propias decisiones teniendo en cuenta las interpretaciones que el TJUE realice.
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Espinosa Quintero, Leonardo. "HACIA UN SISTEMA CONTRACTUAL «UNIFORME»: MODELOS COMPARADOS". Civilizar 5, n.º 9 (23 de diciembre de 2005): 89. http://dx.doi.org/10.22518/16578953.713.

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Resumen
La construcción de marcos jurídicos comunes, en orden a lograr la armonización, integración y uniformidad en el derecho privado, en especial, en el régimen jurídico de las obligaciones y los contratos; han llevado a que diferentes grupos de investigación se halyan dedicado a buscar el «common core» o núcleo común de la institución contractual, con miras a consolidar un «derecho privado global», como primer gran esfuerzo que garantice la seguridad de los operadores transnacionales y la legalidad de las transacciones comerciales. Una de las más recientes propuestas se encuentra en el Anteproyecto de Código Europeo de Contratos (CEC), de la Academia de Iusprivatistas Europeos con sede en Pavía. DOI: http://dx.doi.org/10.22518/16578953.713
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Manfrelotti, Raffaele. "Il governo europeo della moneta e le sfide del costituzionalismo contemporaneo". ECONOMIA PUBBLICA, n.º 1 (febrero de 2022): 105–15. http://dx.doi.org/10.3280/ep2022-001006.

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Resumen
L'articolo si propone di considerare una questione centrale relativa all'assetto degli ordinamenti contemporanei, ossia la tensione tra il principio democratico ed il governo dell'economia, calando questa tematica generale nell'alveo più specifico del rapporto tra la Banca Centrale Europea e le altre Istituzioni Comunitarie. Si sostiene la tesi che sia illusoria la veste di pretesa neutralità della BCE, laddove quest'ultima, in quanto Autorità che ha come missione fondamentale quella di garantire la stabilità dei prezzi, tende a porsi come un sistema di regolazione a-politica del sistema economico. Detto sistema obbedisce ad una lex mercatoria che si pone in antitesi rispetto alla realizzazione del programma sociale posto dalla Carta, esigendo la rinuncia ad alcuni strumenti decisionali di carattere politico che, nel disegno costituzionale, rispondevano a logiche diverse. In questa ottica la nascita del SEBC segna una nuova fase del costituzionalismo politico, perché la sua introduzione pone come una sorta di metavalore la stabili-tà economica e finanziaria. Ciò implica che non siano previsti limiti positivi alle sue capacità decisionali ad opera - ad esempio - del Parlamento Europeo, in modo tale da circoscrivere la ricaduta delle scelte compiute sulle posizioni soggettive riconosciute alla persona dagli ordinamenti nazionali e dallo stesso sistema europeo. Sulla base di queste premesse, la conclusione dell'articolo non è nel senso di una anacronistica riduzione del ruolo della Banca Europea, bensì nel senso di puntualizzare come la principale sfida del costituzionalismo contemporaneo consista nello sforzo di ricondurre i processi decisionali che coinvolgono il governo europeo della moneta ai meccanismi della responsabilità politica e alle garanzie delle posizioni soggettive della persona
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Balestra, Anna y Raul Caruso. "Le società benefit in Italia. Tra bene comune e identità". ECONOMIA PUBBLICA, n.º 1 (febrero de 2022): 117–39. http://dx.doi.org/10.3280/ep2022-001007.

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Resumen
L'articolo si propone di considerare una questione centrale relativa all'assetto degli ordinamenti contemporanei, ossia la tensione tra il principio democratico ed il governo dell'economia, calando questa tematica generale nell'alveo più specifico del rapporto tra la Banca Centrale Europea e le altre Istituzioni Comunitarie. Si sostiene la tesi che sia illusoria la veste di pretesa neutralità della BCE, laddove quest'ultima, in quanto Autorità che ha come missione fondamentale quella di garantire la stabilità dei prezzi, tende a porsi come un sistema di regolazione apolitica del sistema economico. Detto sistema obbedisce ad una lex mercatoria che si pone in antitesi rispetto alla realizzazione del programma sociale posto dalla Carta, esigendo la rinuncia ad alcuni strumenti decisionali di carattere politico che, nel disegno costituzionale, rispondevano a logiche diverse. In questa ottica la nascita del SEBC segna una nuova fase del costituzionalismo politico, perché la sua introduzione pone come una sorta di metavalore la stabilità economica e finanziaria. Ciò implica che non siano previsti limiti positivi alle sue capacità decisionali ad opera - ad esempio - del Parlamento Europeo, in modo tale da circoscrivere la ricaduta delle scelte compiute sulle posizioni soggettive riconosciute alla persona dagli ordinamenti nazionali e dallo stesso sistema europeo. Sulla base di queste premesse, la conclusione dell'articolo non è nel senso di una anacronistica riduzione del ruolo della Banca Europea, bensì nel senso di puntualizzare come la principale sfida del costituzionalismo contemporaneo consista nello sforzo di ricondurre i processi decisionali che coinvolgono il governo europeo della moneta ai meccanismi della responsabilità politica e alle garanzie delle posizioni soggettive della persona
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Juillet, Laurent. "El presidente del consejo europeo: evolución política y jurídica desde 1974 a 2010". Revista Electrónica de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR), n.º 8 (1 de noviembre de 2010): 39. http://dx.doi.org/10.18172/redur.4066.

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Resumen
La evolución institucional que ha conocido la presidencia del Consejo Europeo desde hace más de treinta años, ha modificado sus rasgos y caracteres jurídicos propios. Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el presidente del Consejo europeo se ha impuesto como el «mascaron de proa institucional» del Consejo europeo. Sin embargo, y aunque el Presidente del Consejo europeo aparezca hoy como una figura política y jurídica emergente en el escenario institucional europeo, esta figura necesita consolidarse. Por una parte, la mutación del modelo jurídico de Presidente del Consejo europeo ilustra esta evolución en particular con la decadencia que ha sufrido el modelo de «personificación estatal» del Presidente del consejo europeo y lainadecuación del modelo de «presidente-primus inter pares» durante el periodo pre-Lisboa. Pero la necesaria consolidación de esta figura institucional se transparenta con la ilusión del modelo del «personificación personal» del Presidente del Consejo europeo y la renovación del modelo de «Presidente-Praesidens». Por otra parte, la imperfección del sistema de designación del presidente del Consejo Europeo, cumulado con la persistencia de la debilidad política del Presidente del Consejo Europeo, impide una plenitud institucionalsatisfactoria de esta figura relevante de la Unión Europea. Concretamente, el constante declive carismático de los líderes de la Unión Europea, la frágil emergencia de una filiación política constituyen los dos principales frenos a esta evolución.
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Repetto Talavera, Elvira, Mª José Mudarra Sánchez, Nuria Manzano Soto, Maite Uribarri González y Consuelo Vélaz de Medrano Ureta. "Acreditación de competencias de los orientadores profesionales en contextos no escolares: El Proyecto Europeo EAS (European Accreditation Scheme)". REOP - Revista Española de Orientación y Psicopedagogía 20, n.º 3 (28 de enero de 2014): 225. http://dx.doi.org/10.5944/reop.vol.20.num.3.2009.11498.

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RESUMENEl proyecto europeo EAS financiado por el Programa Leonardo da Vinci diseña y valida un sistema europeo de acreditación en competencias para profesionales de la orientación en contextos no escolares. En él se definen los siguientes objetivos: 1) Revisar los sistemas de acreditación de los orientadores europeos, 2) Desarrollar un listado de competencias que conforman un sistema de acreditación en 17 países europeos, 3) Realizar un estudio piloto con 350 orientadores y 4) Elaborar el Manual Explicativo del sistema de acreditación propuesto. Para ello, se sigue una metodología cualitativa y cuantitativa y se utilizaran diversas fuentes de recogida de datos. Las conclusiones señalan la existencia de una necesidad real y pertinencia de los sistemas de acreditación a nivel europeo.ABSTRACTThe European project EAS has been financed by the Leonardo da Vinci program with the aim of developing and validating an European frame of basic professional standards —a common accreditation system— for those working as career practitioners outside the school context. Four phases along two years were necessary, with the following objectives: 1) Revision of the existing systems of accreditation for guidance practitioners, 2) Development of a list and a system of accreditation of competencies for guidance practitioners, 3) Pilot study through 350 practitioners in 17 European countries, and 4) Development of the Users Manual for the accreditation system obtained. A mixed methodology (qualitative and quantitative), different sources of data gathering (online questionnaire, personal surveys and review of documentation) and several samples were used for the pilot study. For the descriptive analysis, an intended sampled was chosen.The results obtained are a common system of competencies accreditation for guidance practitioners and a user’s manual. Conclusions point the existence of a real need for such accreditation systems and the contribution of this proposal to fill the gap for this type of tools.
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Pelet Redón, Carmen. "Los últimos cuarenta años de la peseta: de Bretton Woods a la Unión Monetaria". Acciones e Investigaciones Sociales, n.º 15 (30 de marzo de 2011): 265. http://dx.doi.org/10.26754/ojs_ais/ais.200215231.

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En 1959 comienza la andadura de nuestra moneda tras una apuesta clara por su integración en el contexto monetario internacional, adoptando primero las normas de funcionamiento del sistema monetario de cambios fijos nacido en los Acuerdos de Bretton Woods, pasando posteriormente, durante los años setenta y ochenta a un sistema de tipos de cambio flexibles pero intervenidos, tal y como acontecía en el conjunto de países avanzados económicamente, para finalmente, aceptar, de nuevo, la vinculación a un sistema de cambios fijos, como es el Sistema Monetario Europeo, en el que España se ha encontrado inmersa hasta su incorporación a la Unión Europea.La trayectoria de la peseta durante esta última etapa, desde su incorporación al Sistema Monetario Europeo en 1989, no ha sido rectilínea, sino que, por el contrario, se han alternado momentos de estabilidad y fortaleza con otros de debilidad y turbulencias, a pesar de lo cual, siempre, prevaleció el ánimo de permanecer dentro de la disciplina del Sistema. El gobierno mantuvo siempre la esperanza la apuesta política por la aventura europea y la conclusión generalizada es que la persistencia en el compromiso cambiario contribuyó, a medio plazo, a alcanzar los objetivos de estabilidad que la economía española se había propuesto
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Andreoli, Enrico. "Rasgos federales, justicia constitucional y búsqueda de un ‘Common Law’ europeo". Estudios de Deusto 66, n.º 2 (27 de diciembre de 2018): 375–95. http://dx.doi.org/10.18543/ed-66(2)-2018pp375-395.

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El trabajo interpretativo de los tribunales de las cumbres europea y americana –el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por un lado, y el Tribunal Supremo, por otro– parece ser el punto de partida de un análisis que, a partir de algunas de las categorías de federalismo, parte de la geografía jurídica y conduce a la mejora de la identidad constitucional. En primer lugar, se tendrán en cuenta las características «federales» de la arquitectura jurídica europea, así como sus posibles similitudes con el federalismo estadounidense. Para ello, será útil comparar los mecanismos operativos concretos del «federalismo judicial» en ambos sistemas jurídicos. Por último, a través de un marco «federal» preciso de diálogo multinivel entre los Tribunales en el sistema jurídico europeo, se potenciará la posible aparición de una identidad constitucional común, así como de un «common law» continental.Recibido: 30 octubre 2018Aceptado: 21 noviembre 2018Publicación en línea: 27 diciembre 2018
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Iglesias Bárez, Mercedes. "La ley de partidos políticos y el test de convencionalidad europeo. El diálogo entre el tribunal constitucional y el tribunal europeo de derechos humanos en torno a la ilegalización de Herri Batasuna y Batasuna". Teoría y Realidad Constitucional, n.º 25 (1 de enero de 2010): 567. http://dx.doi.org/10.5944/trc.25.2010.6907.

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El objetivo de este artículo es examinar la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 30 de junio de 2009, en los Asuntos Herri Batasuna y Batasuna, que confirma la ilegalización de estos partidos políticos. Aborda la trascendencia, no tanto jurídica, sino política de esta decisión, y examina, en concreto, las vulneraciones del derecho de asociación (art. 11 del CEDH) y la libertad de expresión (art. 10 CEDH) para mostrar cómo la Ley de Partidos Políticos y su aplicación por los tribunales españoles a Herri Batasuna y Batasuna supera, sin problemas, el test de convencionalidad europeo. La decisión europea pone de manifiesto cómo el sistema español de disolución de partidos es más garantista que el sistema del Convenio Europeo de Derechos Humanos y cómo el contexto del terrorismo es determinante a la hora de valorar la necesidad y proporcionalidad de una medida de esta trascendencia en una sociedad democrática. La Sentencia del TEDH es un buen ejemplo también del diálogo entre el TEDH y el Tribunal Constitucional español.
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Redondo Saceda, Lara. "Las cláusulas de restricción en el Convenio Europeo de Derechos Humanos". Teoría y Realidad Constitucional, n.º 47 (29 de abril de 2021): 469. http://dx.doi.org/10.5944/trc.47.2021.30727.

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El presente trabajo pretende analizar el sistema de restricciones al ejercicio de los derechos previsto en los artículos 8 a 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Así, el objetivo principal es reflexionar sobre la incidencia de estas cláusulas de restricción, su desarrollo jurisprudencial por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y su significado en la construcción del sistema de derechos humanos del Consejo de Europa.This paper is intended to analyse the system of restrictions on the exercise of rights provided by articles 8 to 11 of the European Convention on Human Rights. Thus, the principal aim is reflecting on the impact of these restriction clauses, their case-law development by the European Court of Human Rights and their meaning on the construction of the Council of Europe Human Rights System.
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Álvarez Olalla, María Pilar. "Propuesta de Reglamento en materia de responsabilidad civil por el uso de inteligencia artificial, del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2020". Revista CESCO de Derecho de Consumo 38 (2021): 1–10. http://dx.doi.org/10.18239/rcdc_2021.38.2742.

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El Parlamento Europeo ha aprobado una Propuesta de Reglamento en materia de responsabilidad civil por el uso de sistemas de inteligencia artificial, publicada el 20 de octubre de 2020. En ella se establece una distinción entre los denominados Sistemas de Alto Riesgo, que estarán sometidos a un régimen de responsabilidad objetiva impuesto a los operadores de dicho sistema, si bien con límites indemnizatorios muy severos; y los Sistemas no de Alto Riesgo, en los cuales el operador queda sometido a un sistema de responsabilidad cuasiobjetiva, con inversión de la carga de la prueba de la culpa, pero sin límites indemnizatorios predeterminados.
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Bilancia, Francesco. "I diritti fondamentali e la loro effettività". Revista do Direito, n.º 28 (25 de julio de 2007): 31–53. http://dx.doi.org/10.17058/rdunisc.v0i28.181.

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Resumen
In questo saggio io intendo APPROCHARE il dibatitto sul tema dei diritti fondamentali, coinvolgendo la prospettiva di sua effettività principalmente nel sistema costituzionale europeo. Per tanto, si parte della approfundatta diferenzza che ci sono fra i membri statali e le multipli aspetti culturali e sociale della cittadinanzza europea.
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Marini, Luigi. "I ghiacci si sciolgono. Lo scongelamento del comportamento di voto nei tre sistemi scandinavi". Quaderni dell'Osservatorio elettorale QOE - IJES 65, n.º 1 (30 de junio de 2011): 67–119. http://dx.doi.org/10.36253/qoe-9776.

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Resumen
I sistemi partitico-elettorali di Svezia, Danimarca e Norvegia sono stati tradizionalmente caratterizzati da un’alta stabilità e prevedibilità, ma nel corso degli ultimi decenni hanno conosciuto signifcative trasformazioni, con un aumento dell’incertezza, della volatilità e della frammentazione: tendenze comuni a molti paesi europei, ma sviluppate in Scandinavia con caratteristiche peculiari. Se le tradizionali fratture sociali si riflettevano fino agli anni Sessanta in un sistema partitico «congelato», secondo la celebre definizione di Lipset e Rokkan (1967), e in un assetto democratico «consensuale» (Lijphart 1984), dai primi anni Settanta emergono nuovi conflitti che destabilizzano l’arena elettorale. Il vecchio «sistema scandinavo a cinque partiti» (Berglund e Lindström 1978) con un partito socialdemocratico dominante si trova a fronteggiare vere e proprie valanghe, negli anni Settanta prima e negli anni Novanta poi, causate da fenomeni contingenti inseriti in un processo di mutamento di lungo periodo. Il declino della classe operaia e contadina, il dibattito sull’integrazione europea, la nascita di movimenti «post-materialisti» (Inglehart 1977), la crisi del welfare state e il tema dell’immigrazione producono profonde trasformazioni nel sistema politico, attraverso una serie di terremoti elettorali. Le vecchie alleanze politico-sociali sono scardinate e si fanno strada nuovi partiti, tra cui una forte destra populista, mentre la competizione elettorale, fattasi più uida ed incerta, tende oggi verso un assetto sostanzialmente bipolare e «maggioritario», più simile a quello degli altri paesi europei. Se un «modello scandinavo» ancora esiste, esso rappresenta oggi non più una singolare eccezione, bensì un caso esemplare di un processo di mutamento comune al più ampio contesto europeo.
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Stanley, Sebastian. "EL SISTEMA PRONOMINAL ÁTONO DE TERCERA PERSONA EN PARAGUAY". Estudos Linguísticos e Literários, n.º 68 (28 de mayo de 2021): 776. http://dx.doi.org/10.9771/ell.v0i68.39066.

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Resumen
En este trabajo describimos, comparamos y analizamos el sistema pronominal átono de tercera persona del español paraguayo y del español estándar europeo, así como los fenómenos de leísmo, loísmo y de elisión de clíticos no estándar confrontando los datos e hipótesis de Herreros (1976), Granda (1982), Palacios (2000) y Symeonidis (2013) con los datos del corpus de Stanley (2020). El objetivo general de esta investigación es describir y analizar desde el punto de vista morfosintáctico, sincrónico, actual y contrastivo, el uso de los pronombres átonos de tercera persona en las variedades del español estándar europeo y del español paraguayo. El marco teórico es sociolingüístico y estructural-descriptivo. En este contexto confrontamos diferentes hipótesis sobre la génesis del fenómeno del leísmo paraguayo considerando la variación lingüística en un contexto socio histórico determinado como el aislamiento periférico y sus implicaciones en la configuración actual del español paraguayo, el problema del contacto del español con lenguas no indoeuropeas y su relación con la variación lingüística y el peso normativo de los centros culturales de influencia. Nuestra hipótesis es que a pesar de lo relevado por Granda (1982), Palacios (2000) y Symeonidis (2013) el español paraguayo está actualmente variando en función de la norma estándar europea. La metodología es exploratorio-descriptiva / cuantitativa-cualitativa, con análisis de corpus lingüístico constituido por artículos periodísticos provenientes de periódicos paraguayos publicados en red. Del análisis del corpus de Stanley (2020) se desprenden los siguientes datos: la existencia de un 19,05% de leísmo (16,12% con le y 2,93% con les) en acusativo, 1,25% de leísmo con le en dativo, 0,87% de loísmo (0,58% con lo y 0,29% con los) en acusativo, 0,41% de loísmo con los en dativo y 3,22% de elisiones de clíticos no estándar en acusativo. Finalmente, presentamos nuestra conclusión: el español paraguayo está actualmente variando en función de la norma estándar europea en los sociolectos medios y altos urbanos y de mayor escolarización por influencia del peso normativo de diferentes polos culturales, de nuevas políticas lingüísticas, de un mayor acceso a la instrucción y a los medios de comunicación masiva y por marcación lingüística sociocultural que conduce a fenómenos de hipercorrección en función de la norma estándar europea.
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Barón Crespo, Enrique. "El desarrollo de la codecisión como procedimiento legislativo de la UE". Cuadernos Europeos de Deusto, n.º 46 (30 de abril de 2012): 19. http://dx.doi.org/10.18543/ced-46-2012pp19-47.

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<p>Estudio del desarrollo de la Unión Europea como un sistema político constitucional, con un poder legislativo basado en la doble legitimidad democrática. La UE es un proceso constituyente abierto desde la CECA en el que el Tratado de Maastricht estableció la codecisión legislativa. Los poderes conferidos en el Tratado de Lisboa hacen que el Parlamento Europeo pueda ser calificado como colegislador junto al Consejo en un sistema de tres lecturas a partir de la iniciativa de la Comisión. Su balance es positivo tanto en términos cuantitativos como cualitativos de cara a la implementación del mercado interior y la protección de los derechos de los ciudadanos. La cuestión de los legisladores europeos y la esfera pública es clave para la codecisión.</p><p><strong>Recibido</strong>: 02.12.2011<br /><strong>Aceptado</strong>: 22.12.2011</p>
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López Rodríguez, Ana Mercedes. "El Sistema de Tribunales de Inversión. Posibles incompatibilidades con el Derecho europeo". Cuadernos Europeos de Deusto, n.º 57 (1 de octubre de 2017): 29. http://dx.doi.org/10.18543/ced-57-2017pp29-68.

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<p>Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en 2009 la Unión Europea ha adquirido la competencia exclusiva en materia de inversiones extranjeras directas (art. 207 TFUE), convirtiéndose junto a la política comercial común en uno de los principales pilares de la acción exterior de la misma. Esta circunstancia ha hecho que la Unión Europea haya interpretado esta nueva competencia como una oportunidad para intentar un tratamiento comprensivo de los temas de comercio e inversión a nivel europeo y para proponer una reforma profunda del sistema tradicional de protección de inversiones y de los mecanismos de resolución de controversias inversor-Estado, conocidos en sus siglas anglosajonas de ISDS. Entre las reformas propuestas destaca la creación de un Tribunal Internacional de Inversiones, propuesta no exenta de polémica y que encontraría posibles escollos desde el punto de vista del Derecho de la Unión.</p><p><strong>Recibido</strong>:10 noviembre 2016<br /><strong>Aceptado</strong>: 11 mayo 2017<br /><strong>Publicación en línea</strong>: 01 octubre 2017</p>
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López Alfonsín, Marcelo Alberto y María Sol Bucetto. "La La doctrina del margen de apreciación nacional. Su recepción en el sistema europeo de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y en Argentina". REVISTA CAP JURÍDICA CENTRAL 1, n.º 1 (1 de septiembre de 2016): 455–98. http://dx.doi.org/10.29166/cap.v1i1.1939.

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El margen de apreciación nacional es una pauta hermenéutica nacida en el sistema europeo que profiere a los Estados un margen de deferencia para que interpreten las normas convencionales, atendiendo al contacto más directo que las autoridades nacionales tienen con la sociedad civil. Los alcances de esta teoría han trascendido las fronteras hasta ser receptados por el sistema interamericano y el Estado argentino, en particular. Las diferencias contextuales permiten realizar una comparación que muestran al sistema interamericano en una posición más retrasada respecto a su par europeo. En el caso argentino, se ha reconocido la teoría pero no ha alcanzado un fructífero desarrollo.
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Marín López, Antonio. "La reforma del sistema de protección de los derechos del hombre en el Consejo de Europa: el Protocolo nº 11 al Convenio Europeo de 1950". Anuario Español de Derecho Internacional 11 (21 de agosto de 2018): 169–202. http://dx.doi.org/10.15581/010.11.28573.

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1. LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL CONSEJO DE EUROPA. 1. El convenio europeo de derechos humanos de 1950. 2. Los protocolos facultativos. 3. El protocolo núm. 11. II. LA GARANTÍA Y SANCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. 1. El control de los derechos reconocidos. 2. La Comisión europea de los derechos del hombre: a) El recurso ante la Comisión; b) El agotamiento de los recursos internos; c) La admisibilidad de la demanda. 4. El Comité de ministros. 5. El Secretario general. 6. El Tribunal europeo de derechos humanos: a) La competencia del Tribunal europeo; b) La sentencia del Tribunal. III. LA CREACIÓN DE UN NUEVO TRIBUNAL. 1. La composición del Tribunal. 2. La competencia del Tribunal. 3. El procedimiento ante el Tribunal. 4. Disposiciones finales IV. CONCLUSIONES.
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Lara Ortiz, María Lidón. "El control de la legalidad de las decisiones administrativas de regulación bancaria en la Unión Europea". Revista Digital de Derecho Administrativo, n.º 28 (13 de junio de 2022): 129–63. http://dx.doi.org/10.18601/21452946.n28.05.

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El presente trabajo de investigación aborda las particularidades del control de la legalidad de las decisiones de la regulación bancaria, en el marco del actual sistema de supervisión financiera, desde una perspectiva del derecho administrativo español y europeo. En particular, se analizan las situaciones derivadas de la reforma implementada en la última década en la Unión Europea para establecer un sistema único de regulación bancaria en la eurozona, tanto en el ejercicio de las funciones de control de los supervisores, como en el ejercicio de la potestad de resolución bancaria.
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Morcillo Sánchez, Esteban J. "Las prioridades de la investigación en los campus europeos". REDU. Revista de Docencia Universitaria 9, n.º 3 (24 de diciembre de 2011): 39. http://dx.doi.org/10.4995/redu.2011.6148.

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<p class="REDUTEXTORESUMEN"><em>Frente a la globalización, la internacionalización de la universidad es una parte esencial de la solución como factor para su desarrollo sostenible a través de estrategias de innovación abierta y por tanto una prioridad en los campus europeos bien contemplada en la reciente Ley de la Ciencia y los Campus de Excelencia Internacional como parte de la Estrategia Universidad 2015. El acceso a la financiación pública competitiva disponible en los fondos europeos es importante en términos de prioridades de investigación, precisamente en un contexto restrictivo de financiación nacional y autonómica. La atracción internacional de talento y posicionarnos en las grandes áreas de investigación percibidas como prioridades sociales y económicas son asimismo necesidades estratégicas que cuentan con amplio consenso y se plasman en las conocidas grandes áreas temáticas de los programas europeos, siempre con la sensibilidad hacia la consolidación de la cultura de las ciencias de la educación si queremos también avanzar en la armonización del Espacio Europeo de Educación Superior. La sostenibilidad de nuestros sistema de ciencia, tecnología e innovación dependerá de los retornos de los programas marco en el marco del Espacio Europeo Integrado de la Innovación, la Investigación y la Educación, y la cooperación integrada de todos los componentes del sistema con la administración y el tejido empresarial para asegurar nuestro futuro como sociedad en el modelo social europeo.</em></p><p class="REDUTEXTORESUMEN"> </p><p class="REDURESUMEN"> </p>
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Mellado Prado, Pilar. "El Defensor del Pueblo Europeo, quince años después". Teoría y Realidad Constitucional, n.º 26 (1 de junio de 2010): 191. http://dx.doi.org/10.5944/trc.26.2010.6920.

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El objeto de este trabajo es el estudio del importante papel desarrollado por el Defensor del Pueblo Europeo desde su reconocimiento en el Tratado de la Unión Europea. Esta figura ha hecho posible un mayor acercamiento a los ciudadanos de las instancias decisorias de la Unión, y sobre todo, ha reforzado el sistema de protección de los derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico de la Unión, ya que puede investigar los casos de mala administración de las instituciones y órganos comunitarios.
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Zanfrini, Laura. "I "confini" della cittadinanza: perché l'immigrazione disturba". SOCIOLOGIA DEL LAVORO, n.º 117 (mayo de 2010): 40–56. http://dx.doi.org/10.3280/sl2010-117004.

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Il modello europeo di regolazione dei flussi migratori, tradizionalmente fondato sulla figura del lavoratore ospite, ha consentito di posporre nel tempo la questione dell'inclusione degli stranieri nel sistema dei diritti di cittadinanza, cioč a dire la questione dei "confini" del welfare. L'evoluzione del fenomeno migratorio, la sua trasformazione in una presenza stabile ed eterogenea, a maggiore ragione la com- parsa di una seconda generazione hanno costretto i paesi europei ad arricchire il paniere dei diritti offerti agli immigrati e alle loro famiglie, senza perň risolvere in modo definitivo il paradosso storico della vicenda europea: il tentativo di tenere insieme la logica economicista alla base del modello europeo di regolazione degli ingressi con quella solidaristica che afferma il primato dei diritti della persona sulla stessa prerogativa degli Stati di "scegliersi" i propri cittadini e decidere il trattamento da riservare agli stranieri. Un tentativo che, oggi come ieri, esita in soluzioni compromissorie che rivelano, a un tempo, il carattere di artefatto politico e culturale del concetto di cittadinanza nazionale e gli esiti paradossali cui puň condurre l'applicazione di una logica di condizionalitŕ nell'accesso ai diritti.
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Niccolucci, Franco. "ARIADNEplus: l’avventura continua". DigItalia 15, n.º 2 (diciembre de 2020): 88–95. http://dx.doi.org/10.36181/digitalia-00016.

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Resumen
L’articolo descrive il progetto europeo ARIADNEplus, continuazione del precedente progetto ARIADNE. Questo nuovo progetto ha, come il precedente, l’obiettivo di superare la frammentazione degli archivi digitali di dati archeologici europei disponibili online attraverso la creazione di un catalogo. Rispetto al precedente progetto, ARIADNEplus ne estende significativamente la copertura geografica, tematica e temporale. I dati sono forniti da autorevoli istituzioni nazionali che ne garantiscono la qualità. Il catalogo permette di effettuare ricerche sui metadati, che sono conformi a standard internazionali, con vari criteri, e quindi di accedere ai dati direttamente presso l’archivio del proprietario dei dati stessi. Questi possono poi essere ulteriormente rielaborati con vari strumenti software forniti nel sistema. Tutti gli strumenti informatici utilizzati si avvalgono delle tecnologie più recenti. Una parte importante delle risorse del progetto è dedicata alla formazione degli utenti sia all’uso del sistema ARIADNEplus sia, in generale, all’applicazione in campo archeologico delle politiche e delle strategie europee riguardo alla open science.
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Álvarez Rubio, Juan José. "La vecindad civil como punto de conexión ante la creciente complejidad del sistema plurilegislativo español: balance y perspectivas de futuro". Derecho Privado y Constitución, n.º 38 (30 de junio de 2021): 11–48. http://dx.doi.org/10.18042/cepc/dpc.38.01.

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l ordenamiento jurídico español se ubica en el grupo de los calificados como complejos o plurilegislativos, caracterizado por la convivencia de diversos sistemas legislativos territoriales y por la presencia en su seno de conflictos internos de carácter interregional e interlocal. El análisis de la función que la vecindad civil desempeña como punto de conexión dentro del sistema conflictual interno español suscita el debate acerca de las técnicas normativas que el legislador debe emplear para responder a la creciente complejidad de este sector. La pluralidad interna es también objeto de creciente atención y regulación normativa en el plano europeo y en el bloque normativo convencional/internacional. Urge por ello acometer la reforma de este sector de nuestro ordenamiento, teniendo presente una perspectiva basada en la obligada hibridación de tres dimensiones (constitucional, jurídico-privada europea e interna) para poder fundamentar el establecimiento de un conjunto coherente de normas que proporcionen seguridad jurídica al sistema.
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Ordóñez Solís, David. "Crónica de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea". Cuadernos Europeos de Deusto, n.º 60 (30 de abril de 2019): 343–83. http://dx.doi.org/10.18543/ced-60-2019pp343-383.

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Sumario: I. Introducción.—II . Primera parte. Los desarrollos jurisprudenciales del derecho de la Unión Europea. 1. Las bases constitucionales de la Unión ante el Tribunal de Justicia: el Brexit, la moneda única y los derechos fundamentales. a) Las condiciones soberanas del Brexit: la sentencia Wightman. b) El control de la Unión Económica y Monetaria: la sentencia Weiss. c) La distintas naturaleza del Derecho de la Unión y del Convenio Europeo de Derechos Humanos. 2. El mercado único europeo y las políticas de la Unión. a) El seguro de responsabilidad del automóvil. b) La igualdad en materia de seguridad social y el cambio de sexo. c) El derecho a las vacaciones y el permiso parental. d) La protección de los datos personales e) La protección de los empleados temporales. 3. Las personas en el espacio europeo de libertad, seguridad y justicia. a) La libre circulación en el espacio de Schengen. b) La solicitud de asilo en distintos países del Sistema Europeo Común de Asilo. c) Las excepciones a la ejecución de la orden europea de detención y entrega.—III . S egunda parte. La jurisprudencia europea provocada por los jueces españoles y sus efectos en el Derecho Interno 1. Las sentencias prejudiciales «españolas» a) Los límites de la protección de los empleados públicos temporales: sentencias Vernaza Ayovi, Viejobueno y de Diego Porras II b) La sentencia Saras Energía y la eficiencia energética c) El alcance de la protección social europea: las sentencias González Castro, Crespo Rey, Checa Honrado, Colino Sigüenza e Ilunión Seguridad d) La sentencia Escobedo Cortés y la sentencia Bankia: las cláusulas abusivas y las prácticas comerciales desleales e) La sentencia Ministerio Fiscal y la protección de datos en la prevención e investigación de delitos 2. Las sanciones del Tribunal de Justicia a España por incumplir sentencias declarativas de incumplimiento a) La multa coercitiva y la suma a tanto alzado por incumplimiento del Derecho de la Unión b) Las correcciones financieras por incumplimiento del Derecho de la Unión en la gestión de los fondos europeos.—IV. Relación de las sentencias comentadas.
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Carrillo, Marc. "Los Derechos Humanos en la jurisdicción española". Revista de la Facultad de Derecho de México 70, n.º 276-1 (28 de febrero de 2020): 415. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2020.276-1.75089.

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<p>La posición de los derechos humanos en la jurisdicción española está integrada en el sistema europeo del constitucionalismo multinivel. La jurisdicción ordinaria es la sede habitual de protección de los derechos mientras que es una garantía excepcional. La regla interpretativa del margen de apreciación nacional que caracteriza a la justicia convencional de la Corte Europea de Derechos Humanos no puede ser utilizada para evitar los casos conflictivos. Por otra parte, el uso habitual procedimiento de la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo ha provocado la descentralización del sistema de garantías de los derechos humamos en Europa. </p>
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Ferrandis Martínez, Adrián, Cristina García-Cardona y José Vicente Sánchez Cabrera. "Cómo medir el impacto socioeconómico de las actividades deportivas inclusivas en personas con exclusión social". HUMAN REVIEW. International Humanities Review / Revista Internacional de Humanidades 11, Monográfico (28 de diciembre de 2022): 1–13. http://dx.doi.org/10.37467/revhuman.v11.4365.

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Existe gran consenso dentro de la academia en relación a la necesidad de tener en cuenta un gran número de variables para poder conceptualizar y medir la inclusión o, por ende, la exclusión social que viven ciertos colectivos. A través de un estudio en profundidad de la bibliografía, casos piloto y proyectos similares, se ha creado un sistema de indicadores con la finalidad de medir el impacto socioeconómico de una actividad sociodeportiva vinculada a la inclusión de personas con diversidad funcional. El sistema resultante, se aplicarán en el caso piloto VARIED, un proyecto europeo realizado en cinco países de la propia Unión Europea.
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Favilli, Chiara. "La difficile costruzione di un sistema europeo comune di asilo". MINORIGIUSTIZIA, n.º 1 (junio de 2019): 33–41. http://dx.doi.org/10.3280/mg2019-001003.

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Domenichelli, Luisa. "Il Trattato di Lisbona: un decisivo passo in avanti per le autonomie territoriali". CITTADINANZA EUROPEA (LA), n.º 1 (diciembre de 2010): 165–80. http://dx.doi.org/10.3280/ceu2010-001008.

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Resumen
L'articolo sottolinea le novitŕ piů importanti introdotte dal Trattato di Lisbona a difesa del ruolo delle autonomie territoriali a livello europeo. Riprendendo il corpus di disposizioni giŕ proposte dalla Convenzione europea, il Trattato presenta un articolato disegno volto al coinvolgimento delle regioni e degli enti locali nel sistema europeo di governance multilivello. Questo disegno č riconducibile a tre nuclei principali: il riconoscimento delle autonomie territoriali come attori dell'ordinamento giuridico, l'attribuzione, all'interno del nuovo meccanismo di controllo del principio di sussidiarietŕ, di strumenti di partecipazione al processo decisionale comunitario e di tutela delle sfere di competenze e, infine, la garanzia di tali strumenti attraverso il riconoscimento del diritto di ricorso del Comitato delle Regioni alla Corte di giustizia.
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López Alfonsín, Marcelo Alberto. "La doctrina del margen de apreciación nacional. Su recepción en el Sistema Europeo de Derechos Humanos, en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y en Argentina, en relación con los derechos económicos, sociales y culturales". LEX 15, n.º 19 (6 de junio de 2017): 51. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v15i19.1370.

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El margen de apreciación nacional es una pauta hermenéutica nacida en el Sistema Europeo que profiere a los Estados un margen de deferencia para que interpreten las normas convencionales, atendiendo al contacto más directo que las autoridades nacionales tienen con la sociedad civil. Ello tiene particular aplicación en los casos que involucran derechos económicos, sociales y culturales. Los alcances de esta teoría han trascendido las fronteras hasta ser receptados por el Sistema Interamericano y Argentina, en particular. Las diferencias contextuales permiten realizar una comparación que muestran al Sistema Interamericano en una posición más retrasada respecto a su par europeo. En el caso argentino, se ha reconocido la teoría, pero no ha alcanzado un fructífero desarrollo.
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Verástegui Huanca, Lucio Leo. "Los factores regionales de innovación como parte del sistema económico europeo 2000 - 2010". Quipukamayoc 25, n.º 49 (12 de febrero de 2018): 111. http://dx.doi.org/10.15381/quipu.v25i49.14286.

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Este trabajo de investigación estudia los factores Regionales de Innovación Europeos dentro del entorno económico Europeo durante el periodo 2000 – 2010. Empleando una metodología novedosa y basada fundamentalmente en un robusto marco teórico y posterior trabajo empírico. La innovación dentro de una economía nacional es fundamental para el crecimiento económico y competitividad de las empresas, así como del Gobierno. En ese sentido, la teoría evolucionista acuña las bases de la innovación como un sistema interactivo basado fundamentalmente en la sinergia de los distintos componentes que lo conforman y, así mismo, determinan el esfuerzo innovador de cada sistema. En este estudio se delinea los componentes del Sistema Regional de Innovación de 191 regiones europeas a través del Análisis Factorial, a partir de una recopilación, tratamiento y análisis exhaustivo de indicadores relacionados a la Innovación. Este trabajo puede ser usado para dar pie a futuros análisis tanto de eficiencia, mejora potencial o simplemente generar estrategias públicas eficaces.
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Gutiérrez Espada, Cesáreo. "El sistema institucional de la Unión en el Tratado que establece una Constitución para Europa (2004)". Anuario Español de Derecho Internacional 20 (16 de agosto de 2018): 111–72. http://dx.doi.org/10.15581/010.20.28422.

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l. DEL TRATADO DE NIZA (2001) AL TRATADO CONSTITUCIONAL ACORDADO EN EL CONSEJO EUROPEO DE DUBLÍN (2004).- II. EL PARLAMENTO EUROPEO. 1. Composición. 2. Su intervención en la elección del Presidente de la Comisión. 3. Y en el sistema normativo de la Unión.- III. LA COMISIÓN. 1. Composición. 2. La elección de los comisarios. 3. Su presidente. 4. Y otras cuestiones.- IV. EL CONSEJO. 1. Configuraciones. 2. La Presidencia. 3. La regla de la mayoría cualificada.- V. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA. 1. Organización y funcionamiento. A. El Tribunal de Justicia. B. El Tribunal General. C. Los tribunales especializados. 2. El reparto de competencias. 3. El sistema de recursos.- VI. ¡SIN OLVIDARSE DEL CONSEJO EUROPEO!. 1. ¿Nueva composición?. 2. "Más" Consejo Europeo. A. Mayor ritmo de trabajo. B. Más competencias. C. Una Presidencia propia y estable. 3. Y una mayor penetración en el universo de la Unión. A. Su participación en la composición de instituciones básicas. B. Su integración en las reglas de votación. C. ¡Institución al fin!. 4. Un leve toque de intergubernamentalidad.- VII. CONCLUSIÓN.
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Calzolaio, Ermanno. "Europa dei diritti e giudice europeo". CITTADINANZA EUROPEA (LA), n.º 1 (marzo de 2011): 85–113. http://dx.doi.org/10.3280/ceu2011-001006.

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Il presente contributo, muovendo dal rilievo ampiamente condiviso che il sistema di tutela dei diritti umani in ambito europeo fa perno sulla giurisprudenza della Corte Europea dei Diritti dell'Uomo e della Corte di Giustizia, si concentra sull'esame di alcuni aspetti di contesto, sovente lasciati sullo sfondo, ma che appaiono invece essenziali per la stessa comprensione del fenomeno. Si tratta, precisamente, delle modalitŕ di nomina dei giudici, dello stile delle sentenze, dell'esistenza di una regola del precedente e dei modi del suo operare. L'analisi svolge poi alcune considerazioni sul tema dei rapporti tra le due Corti, soprattutto alla luce della adesione dell'Unione alla Convenzione europea a seguito dell'entrata in vigore del cd. Trattato di Lisbona, che riconosce lo stesso valore giuridico dei trattati alla Carta dei diritti fondamentali dell'Unione Europea approvata a Nizza nel 2000 (art. 6 TUE). Alla luce del contesto cosě ricostruito, vengono svolti rilievi critici sulle modalitŕ attraverso cui i giudici italiani si rapportano alla giurisprudenza convenzionale e comunitaria.
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Telljohann, Volker. "Processi di delocalizzazione nel settore europeo degli elettrodomestici e forme di regolazione sociale". SOCIOLOGIA DEL LAVORO, n.º 123 (septiembre de 2011): 82–96. http://dx.doi.org/10.3280/sl2011-123005.

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Negli ultimi anni, le aziende produttrici di elettrodomestici dei Paesi dell'Europa occidentale hanno subito importanti processi di ristrutturazione. La delocalizzazione delle attivitŕ produttive dai Paesi dell'Europa occidentale ai Paesi a basso costo del lavoro è diventato anche una questione importante nelle relazioni industriali di tutta Europa. Ll saggio esamina i modi e in che misura è possibile, attraverso pratiche di relazioni industriali, influenzare le decisioni di delocalizzazione e la loro attuazione. L'autore sostiene che la capacitŕ di sviluppare strategie che siano in grado di prendere in considerazione sia la necessitŕ di migliorare la competitivitŕ sia gli aspetti sociali della ristrutturazione aziendale, dipende in larga misura da un efficace sistema di regolazione sociale. Viene infine evidenziato l'influenza degli attori a livello europeo, quali la Federazione Europea dei Metalmeccanici e i Comitati Aziendali Europei, sui processi di ristrutturazione transnazionale.
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Ruiz Bueno, Carmen, Óscar Mas Torelló y José Tejada Fernández. "El uso de un entorno virtual en la enseñanza superior: una experiencia en los estudios de pedagogía de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) y la Universitat Rovira i Virgili (URV)". Revista Iberoamericana de Educación 46, n.º 3 (8 de mayo de 2008): 1–15. http://dx.doi.org/10.35362/rie4631998.

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La interacción educativa en la universidad está cambiando como consecuencia de la adaptación de nuestro sistema universitario a las directrices marcadas por el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Esta nueva construcción del escenario europeo de educación conlleva importantes cambios: desde la revisión de la oferta de títulos que sea fácilmente comprensible y equiparable, la implantación de una estructura de estudios superiores basada, principalmente en dos ciclos, el establecimiento de un sistema armonizado de créditos europeos (ECTS), la búsqueda de sistemas de promoción de la movilidad, eliminando los obstáculos para un fluido y efectivo intercambio de alumnos y profesores, hasta el establecimiento de sistemas de acreditación y calidad. Todos estos elementos, que configuran el nuevo escenario de educación superior, imponen la reorganiza­ción y diseño de un nuevo planteamiento metodológico en la docencia, donde el aprendizaje permanente, la colaboración y el uso de las TIC como medios para el trabajo semipresencial y a distancia se convierten en los ejes principales de discusión y trabajo. El estudio trata de analizar el uso de la tecnología en la reestructuración de los procesos formativos en la enseñanza superior, es decir, en reflexionar sobre el papel del estudiante, del profesor y de los procesos de enseñanza-aprendizaje con el uso de entornos virtuales. En el artículo se presentan los resultados más relevantes del análisis del uso de un entorno virtual en cuatro asignaturas de pedagogía de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) y la Universitat Rovira i Virgili de Tarragona (URV), ambas ubicadas en España, a partir de las valoraciones realizadas por los alumnos y profesores implicados.
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Cancelado, Henry. "El final del concierto europeo. Confluencia de política y economía". Revista de relaciones internacionales, estrategia y seguridad 4, n.º 1 (15 de enero de 2009): 55–67. http://dx.doi.org/10.18359/ries.149.

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Durante el siglo XIX, los países estuvieron en un constante conflictopor la organización del poder político, militar y económicodel sistema europeo. Una vez el Congreso de Viena de 1814,se reunió para reorganizar las fronteras y reestablecer un ordendentro del viejo continente, los enfrentamientos entre un ordeninternacional –basado en una forma de producción y en unasideas políticas novedosas y un régimen antiguo que deseabamantener las estructuras anteriores tanto de orden económicocomo de orden político–, condensaron todos los conflictos dediferente naturaleza, que se dieron a lo largo de todo el sigloantepasado. Así, la aglutinación de las diferencias y la crecienteacumulación de poderes militares, políticos y económicos, de laspotencias europeas, llevaron a que las tendencias del siglo XIXexplotaran en una gran conflagración que permitió el nacimientode la estructura de poderes del siglo XX y marcó el final de la eraexclusivamente europea dentro del sistema internacional.
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González Fernández, Sara y Juan Mascareñas Pérez-Iñigo. "Los aspectos monetarios en el relato de Europa: 1948-1978". Pasado y Memoria. Revista de Historia Contemporánea, n.º 19 (20 de diciembre de 2019): 205. http://dx.doi.org/10.14198/pasado2019.19.08.

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El relato monetario europeo, desde el final de la Segunda Guerra Mundial hasta la puesta en marcha del Sistema Monetario Europeo y el ECU, se define mediante la paradoja de que los estados miembros de la CEE aspiraban a una mayor unión económica y, al mismo tiempo, se resistían a ceder soberanía en el terreno monetario. Los desajustes provocados por esta paradoja ponían en peligro la viabilidad del proyecto europeo. Con objeto de hacerles frente, el mundo privado impulsó la creación y utilización de “monedas-cesta”, como la European Monetary Unit o el “Eurco” que, paralelamente, servían para señalar al mundo político la necesidad de una moneda única europea. Todo ello en un contexto internacional en el que el dólar y sus problemas se trasladaban a las divisas de los estados de la CEE haciendo muy difícil mantener un equilibrio en el valor del comercio intracomunitario, lo que implicaba crisis monetarias continuas.
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La Spina, Encarnación. "Entre las fisuras y el complejo encaje del “asilo diplomático” en el contexto europeo: anverso y reverso". Precedente. Revista Jurídica 15 (1 de julio de 2019): 93–124. http://dx.doi.org/10.18046/prec.v15.3606.

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El asilo diplomático es una modalidad de protección internacional cuya naturaleza jurídica ha sido objeto de amplio debate. De un lado, porque es una práctica consuetudinaria con un heterogéneo reconocimiento convencional en el sistema interamericano y, de otro lado, porque tiene un difícil encaje en el sistema europeo común de asilo. Pese a sus reminiscencias históricas, en ambas latitudes geográficas, el asilo diplomático podría llegar a ser una ventana de oportunidad ante las fisuras europeas de los mecanismos de protección internacional en casos de urgencia humanitaria. Sobre esta premisa, este artículo trata de analizar las peculiaridades y diferencias del asilo diplomático con otras figuras falsamente afines y, así explorar en clave crítica las oportunidades y los límites que representaría en el propio sistema europeo común de asilo.
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