Auswahl der wissenschaftlichen Literatur zum Thema „Derechos afines de autor“

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Zeitschriftenartikel zum Thema "Derechos afines de autor"

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Alvarez A., Juan Carlos, María Adelaida Ceballos Bedoya und Álvaro Mauricio Muñoz Sierra. „De los delitos contra los derechos de autor en el Código Penal colombiano.“ Nuevo Foro Penal 9, Nr. 81 (20.03.2015): 93–115. http://dx.doi.org/10.17230/nfp.9.81.3.

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Los derechos de propiedad intelectual comprenden los derechos de autor, el derecho de propiedad industrial y el derecho sobre descubrimientos científicos y demás. De allí que en nuestro código penal se encuentren, por un lado, normas protectoras de marcas y patentes (art 306 C.P.); y, por otro, normas relativas a la protección de los derechos de autor (arts. 270 a 272 C.P.). Dentro de estos últimos a su vez se encuentran los derechos de autor en sentido estricto y los derechos conexos o afines: el objeto material en los primeros recae sobre la obra literaria, artística, científica, entre otros.; mientras en los segundos recae sobre la interpretación o ejecución artística de una obra literaria, artística o científica, fonogramas, videogramas y emisiones. La propuesta que aquí se desarrollará es que al momento de interpretar y aplicar estos tipos penales se exija, primero, un ánimo de lucro al autor de la conducta y, segundo, un perjuicio concreto a un tercero. Aceptar esta propuesta no sólo permitirá limitar el tipo penal, sino que también reforzará la protección del elemento patrimonial.
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Acosta-González, Diego. „Consideraciones en torno a la normativa sobre los prestadores de servicios en línea y editoriales de prensa propendida por la nueva directiva europea sobre derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital“. Revista La Propiedad Inmaterial, Nr. 27 (25.06.2019): 95–119. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n27.04.

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El 17 de mayo de 2019 una nueva Directiva sobre derechos de autor y derechos conexos en el entorno digital fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea. Con el objetivo de reequilibrar fuerzas en el mercado de derecho de autor, esta Directiva confiere nuevas responsabilidades a los prestadores de servicios en línea que brindan acceso a contenidos cargados por sus propios usuarios, así como un nuevo derecho a las editoriales de prensa sobre sus publicaciones. Dado que es probable que en otras jurisdicciones se pretenda seguir esta iniciativa, es pertinente efectuar un análisis sobre sus posibles efectos jurídicos y económicos. Para ello, en este artículo se propone realizar una comparación entre la regulación anterior a esta Directiva y los cambios que ella plantea en relación con los prestadores de servicios en línea y las editoriales de prensa. Asimismo, se traen a colación observaciones sobre los posibles impactos en el mercado. Al final se concluye que, si bien la Directiva ofrece soluciones para proteger industrias creativas, es posible que erija obstáculos para el desarrollo de modelos empresariales innovadores en internet.
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Jiménez Serranía, Vanessa. „Datos, minería e innovación: qvo vadis, Europa? Análisis sobre las nuevas excepciones para la mineria de textos y datos = Data, mining and innovation: qvo vadis, Europe? Analysis on the new exceptions for text and data mining“. CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL 12, Nr. 1 (05.03.2020): 247. http://dx.doi.org/10.20318/cdt.2020.5188.

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Resumen: La Directiva 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2019 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital ha implementado ciertas excepciones sobre la minería de textos y datos. Pese a que, a priori, podría parecer que se ofrece un impulso importante a este tipo de actividades sus efectos en la práctica quedan mitigados por el encorsetamiento de su formulación que, incluso, es susceptible de generar distorsiones competitivas. Este artículo pretende dar una visión sucinta y crítica sobre estas nuevas excepciones y plantear ciertas vías de mejora futura.Palabras clave: Big Data, minería de textos y datos, Internet de las cosas, Inteligencia Artificial, Mercado Único Digital, Directiva 2019/790, excepciones al derecho de autor, “uso justo”, regla de los tres pasos, doctrina de las facilidades esenciales, competencia, innovación.Abstract: Directive 2019/790 of the European Parliament and of the Council of 17 April 2019 on copyright and related rights in the digital single market has implemented certain exceptions on text and data mining. Although these exceptions might seem to provide a significant boost to this type of activities, their effects in practice are mitigated by the tightening of its wording, which is even likely to generate competitive distortions. This article aims to give a succinct and critical review of these new exceptions and to suggest some ways of improvement for the near future.Keywords: Big Data, Text and Data Mining (TDM), IoT, AI, Single Digital Market, Directive 2019/790, copyright limitations, “fair use”, “three-steps doctrine”, esencial facilities doctrine, competition, innovation.
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Spindler, Gerald. „¿Compartir contenidos en línea o no? Un análisis del artículo 17 de la Directiva sobre ropiedad intelectual en el mercado único digital = To upload or not – an analysis of art. 17 of the Directive on copyright in the digital single market“. CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL 12, Nr. 1 (05.03.2020): 962. http://dx.doi.org/10.20318/cdt.2020.5232.

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Resumen: El “filtro de carga” para las plataformas de intercambio en línea ha sido uno de los temas más candentes en relación con la nueva Directiva 2019/790 sobre derechos de autor y derechos afines en el Mercado Único Digital (DCMUD). La batalla continúa en el ámbito nacional a la hora de afrontar la correcta y equilibrada transposición del art. 17 DCMUD, en particular en lo que respecta a garantizar la libertad de expresión. Este ensayo explora el sistema de responsabilidad del citado art. 17 y analiza su potencial contradicción con los derechos fundamentales de la Unión Europea, tal y como han sido ponderados por el TJUE en el asunto SABAM Netlog y otros recientes, en particular, con la pro­hibición de deberes generales de control y supervisión. Aunque sería posible argumentar que el art. 17 DCMUD podría superar ese examen de contraste, el precepto articula varias opciones de transposición que podrían emplearse para garantizar los derechos de los usuarios y la libertad de expresión.Palabras clave: propiedad intelectual, derechos de autor, plataformas de intermediación, puertos seguros, filtros de carga, contenidos digitales, contenidos generados por los usuarios, derechos funda­mentales, libertad de expresión, liability, e-commerce.Abstract: The “upload-filter” for online sharing platforms have been one of the hot issues regar­ding the new DSM-directive on copyright. The battle continues at the national level concerning the correct and balanced implementation of Art. 17 DSM-D, in particular regarding the guarantee of free­dom of speech. The article explores the liability system of Art. 17 DSM-D and analyzes its potential contradiction to fundamental EU rights which has been laid down by the CJEU in the SABAM Netlog case, in particular the prohibition of general monitoring duties. Even though one might argue that Art. 17 DSM-D could pass that test the article develops several implementation options in order to safeguard user rights and freedom of speech.Keywords: copyright, intermediary platforms, safe harbours, upload filters, digital contents, user generated contents, fundamental rights, right of free speech, responsabilidad, comercio electrónico.
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Meza, Aurelio. „Curar saberes difíciles. arte y curaduría en contextos violentos: el caso Ayotzinapa“. Calle 14 revista de investigación en el campo del arte 12, Nr. 1 (26.01.2017): 13. http://dx.doi.org/10.14483/21450706.11903.

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Bajo la premisa de conceptos como “saberes difíciles” y “sueño curatorial”, de Erica Lehrer y otras académicas, este artículo documenta la curaduría de una exposición artística en torno a estudiantes de Ayotzinapa, México, muertos o desaparecidos en 2014. Debido en parte al seminario en que fue diseñado y en parte a circunstancias sociales en México y Canadá, este proyecto curatorial no se concretó. Sin embargo, este artículo propone analizar la distribución de conocimiento en torno a eventos pasados traumáticos y polémicos, así como acercarse a la curaduría como un proceso continuo sin final predeterminado. Incluye reflexiones con temas afines a Colombia y Québec (dos sociedades con las que el autor busca dialogar), como son el papel del arte en la resolución de conflictos sociales, la agencia de los movimientos estudiantiles y la defensa del derecho a disentir
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Arroyo Amayuelas, Esther. „La responsabilidad de los intermediarios en internet ¿puertos seguros a prueba de futuro? = Liability of internet intermediaries safe and future-proof harbours?“ CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL 12, Nr. 1 (05.03.2020): 808. http://dx.doi.org/10.20318/cdt.2020.5225.

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Resumen: Transcurridos 20 años desde la promulgación de la Directiva 2000/31, de 8 de junio de 2000, sobre comercio electrónico (DCE), parece llegado el momento de adaptar sus exenciones de responsabilidad a los nuevos modelos de negocio en internet. Todo indica que la nueva DCE no ten­drá ya por finalidad preservar los puertos seguros con que ahora cuentan los prestadores de servicios de intermediación (arts. 12-14 DCE), sino prevenir que las nuevas estructuras digitales (plataformas) promuevan y difundan actividades ilícitas. En definitiva, se prevé un incremento de sus deberes de di­ligencia, con el riesgo de censura provocado por un exceso de celo en la búsqueda de ilegalidades y el correspondiente perjuicio para la libertad de empresa. La Directiva 2019/790, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital es solo un buen exponente de los cambios que ya se han producido.Palabras clave: intermediarios, plataformas, alojamiento, acceso, deber de diligencia, notificación y retirada.Abstract: Twenty years after the enactment of Directive 2000/31 of 8 June 2000, on electronic commerce (ECD), it seems that the time has come to adapt its safe harbours regulatory framework to the new internet business models. All the signs are that the purpose of the new ECD will no longer be to preserve the safe harbours now available to providers of intermediation services (arts. 12-14 ECD), but to prevent new digital structures (platforms) from promoting and disseminating illicit activities. In short, it is foreseen an increase in their duties of diligence, with the risk of censorship caused by an excess of zeal in the search for illegalities and the corresponding damage to the freedom of enterprise. Directive 2019/790 of 17 April 2019 on copyright and related rights in the Digital Single Market is just a good example of the changes that have already taken place.Keywords: intermediaries, platforms, hosting, access, duty of care, notice and take down
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Luis Tinant, Eduardo. „Principios jurídicos y principios bioéticos. Separación, vinculación, integración“. Derecho PUCP, Nr. 69 (15.11.2012): 45–63. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201202.002.

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El objetivo de este trabajo es examinar la relación que existe entre los principios jurídicos y los principios bioéticos, en particular cuando los principios bioéticos enriquecen y complementan los principios jurídicos en la solución del caso concreto. Se acude a aportes anteriores del autor sobre los principios bioéticos como tópicos jurídicos y la creación de la bioética jurídica como rama de la bioética que estudia la regulación jurídica y las proyecciones y aplicaciones jurídicas de la problemática bioética y permite, como se procura aquí, una reflexión crítica sobre las crecientes y fecundas relaciones entre bioética y derecho. Desechada la separación y aun la mera vinculación, se propone una integración interdisciplinaria tendiente a instrumentar la cooperación entre ambos campos: heterointegración, producida por desarrollo de principios comunes y afines. Se concluye que el derecho constituye una materia textual, susceptible de ser analizada desde una perspectiva que no se agota en la mera escritura de la ley, sino que intenta captar la producción de sentido social que se inviste en las diversas manifestaciones de esta disciplina y que abarca distintas prácticas sociales, senda por la que se advierte la necesidad de ampliar los marcos teórico-prácticos para poder transitar la interdisciplinariedad y en la que no debe faltar la bioética desde sus principios
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Domínguez, Judith. „El funcionamiento del sistema de protección ambiental de la Unión Europea: principios, instituciones, instrumentos / The Functioning of the Environmental Protection System in the European Union: Principles, Institutions, Instruments“. Estudios Demográficos y Urbanos 22, Nr. 3 (01.09.2007): 689. http://dx.doi.org/10.24201/edu.v22i3.1275.

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La política ambiental europea es una de las más completas y coherentes que se han conformado en los últimos años en la consecución de un desarrollo sustentable. El conjunto de instrumentos, normas, estrategias y acciones está orientado a ser efectivo; cuenta con mecanismos de evaluación y corrección, e integra derechos fundamentales, la solidaridad entre regiones y la diversidad del territorio europeo.En este artículo se presenta el proceso que ha seguido desde que se estableció como una política por sí misma, y se exponen los principios que la sitúan en el camino de una gobernanza ambiental global o al menos regional. Se analizan los factores clave para el logro de objetivos ambientales en sistemas jurídicos afines al mexicano, lo que puede servir de referencia para la conformación, instrumentación y evaluación de la política ambiental mexicana (sobre todo se revisan los factores críticos, que se reflejan como debilidades en nuestro sistema). Se revisan modelos o marcos de referencia y actuación ante problemas ambientales similares, sin que ello signifique una transferencia automática de políticas públicas. AbstractEuropean environmental policy is one of the most complete and coherent to have been designed in recent years as regards achieving sustainable development. The set of instruments, norms, strategies and actions is designed to be effective: it has evaluation and correction mechanisms and includes fundamental rights, solidarity between regions and the diversity of European territory.This article describes the process it has followed ever since it was established as a policy in itself and explains the principles that place it on the path towards global or at least regional environmental governance. Key factors are analyzed for achieving environmental objectives in legal systems similar to the Mexican one, which can serve as a reference for the design, implementation and evaluation of Mexican environmental policy (particularly if one reviews the critical factors reflected as weaknesses in the Mexican system). The author reviews the models of frameworks of reference and reaction to similar environmental problems, although this does not mean an automatic transfer of public policies.
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Bernal, Daniela, und Carlos Conde. „Los derechos morales de autor como derechos fundamentales en Colombia“. Revista La Propiedad Inmaterial, Nr. 24 (12.12.2017): 53–66. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n24.03.

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Los derechos de autor protegen obras artísticas, literarias y científicas. Esta protección abarca dos tipos de derechos: morales y patrimoniales. Pese a esto, existe una prevalencia de los derechos patrimoniales de autor frente a los morales. Esto se debe a la influencia del copyright, el cual somete la existencia de los derechos morales a los derechos patrimoniales, aspecto que contradice los elementos esenciales del derecho moral: perpetuidad, inalienabilidad e irrenunciabilidad, elementos propios de las legislaciones Civil Law, incluyendo a Colombia. No obstante, la Corte Constitucional de Colombia ha ido más allá, ha elevado estos derechos a la categoría constitucional de derechos fundamentales y ha garantizado de esa manera su prevalencia.
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Guerra González, Jenny Teresita. „La administración de los derechos de autor en las revistas portuguesas, españolas y mexicanas de historia a través de sus modelos e instrumentos“. Investigación Bibliotecológica: archivonomía, bibliotecología e información 33, Nr. 79 (04.06.2019): 205. http://dx.doi.org/10.22201/iibi.24488321xe.2019.79.58066.

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Se describen y analizan los modelos e instrumentos mediante los cuales se administran los derechos de autor en las revistas portuguesas, españolas y mexicanas de historia. A través de una metodología cuantitativa, consistente en la revisión de los portales web y los contenidos del último número de una población de 46 publicaciones de esta disciplina, se encontró que: 1) España es el país que concentra la mayor cantidad de estas revistas; 2) 21.73 % de las revistas analizadas tienen como modelo de administración de derechos los derechos de autor –también conocido como todos los derechos reservados–; 36.95 % emplean el licenciamiento Creative Commons o alguna variante del copyleft; 34.78 % usan los derechos de autor y el licenciamiento de manera conjunta, y 6.52 % no especifica en ningún apartado de su interfaz en línea o contenido el modelo con que gestiona los derechos de autor. De los siete instrumentos de administración de derechos de autor recomendados para la correcta gestión de los mismos, los tres más utilizados fueron el apartado específico de derechos de autor, el cintillo legal en la página de inicio y la declaración del tipo de acuerdo legal con el que operan en las instrucciones para autores.
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Dissertationen zum Thema "Derechos afines de autor"

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Pacheco, Ojeda Juan Pablo. „Análisis comparativo respecto del tratamiento que se les brinda a las sociedades de gestión colectiva en hispanoamérica“. Bachelor's thesis, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.12423/2472.

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El presente trabajo de investigación centra su análisis en demostrar la necesidad de una ventanilla única para el pago por el uso de derechos de autor y derechos conexos, frente al deficiente sistema de cobranza que han venido ejecutando las sociedades de gestión colectiva en nuestro país. Para realizar dicho propósito, se realizará un análisis comparativo respecto del tratamiento brindado a las sociedades de gestión colectiva en Latinoamérica y España.
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Sòria, Puig Eva. „Arte contemporáneo y derechos de autor“. Doctoral thesis, Universitat Autònoma de Barcelona, 2021. http://hdl.handle.net/10803/671698.

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Els artistes són imprescindibles en les societats democràtiques. L’art enriqueix a la societat, ens ajuda a interpretar i a reflexionar sobre la realitat. La societat s’ha de donar de les lleis necessàries perquè els artistes puguin de les seves obres i d’aquesta manera assegurar-nos que podem continuar beneficiant-nos i enriquint-nos amb les seves creacions, fins i tot quan aquestes obres poden ser reproduïdes sense que el seu creador pugui fer res per evitar-ho. Aquest és l’objectiu de la Llei de Propietat Intel·lectual: Fomentar la innovació i el progrés, i protegir els drets patrimonials i morals dels autors i titulars de les obres protegibles. La història de l’art reconeix l’art conceptual com un moviment artístic fonamental sense el qual seria impossible entendre l’evolució i el discurs de l’art dels nostres dies. Però la naturalesa de l’art conceptual i desmaterialitzat sembla haver col·lisionat amb les definicions i doctrines legals del dret d’autor. La consideració d ‘“obra protegida” per la Llei de Propietat Intel·lectual no coincideix sempre amb el concepte d’ “obra artística”. A l’altra cara de la moneda hi ha l’art apropiacionista: L’apropiació artística és l’ús d’una o més obres alienes pre-existents, gairebé sempre sense permís, ja sigui transformant el seu aspecte original o reproduint-les total o parcialment sense cap modificació, per ser incorporades en un context diferent al seu context original, amb l’objectiu d’examinar qüestions referents a la seva originalitat o de rebel·lar significats que prèviament no eren visibles en l’original. Aquesta pràctica està absolutament generalitzada entre els artistes contemporanis, i els artistes apropiacionistes són els que amb més freqüència s’ha ocupat de la crítica o comentari polític en les seves obres. El sistema de límits que permet l’ús de continguts aliens a la pròpia obra no està pensat per a aquest tipus d’obres, i el dret de llibertat de creació dels artistes que s’expressen mitjançant obres d’art que incorporen obres de tercers no preval en tots els casos. La Llei de Propietat Intel·lectual s’ha adaptat ràpidament a les necessitats i pretensions de les obres creades per les indústries culturals que basen el seu model de negoci en l’explotació de drets d’autor en un context digital. Però Fa més de 100 anys, el 1917, Marcel Duchamp va canviar la història de l’art per sempre amb la seva obra “Fountain”. Ni el concepte d ‘“obra protegible” com a àmbit de protecció material de el dret d’autor ni el sistema de límits o excepcions a la Llei de Propietat Intel·lectual han avançat de forma paral·lela als corrents artístics. Potser aquests són alguns dels motius que han portat artistes visuals a deixar de percebre la Llei de Propietat intel·lectual com “la seva” Llei i a reclamar una major flexibilitat en els límits.
Los artistas son imprescindibles en las sociedades democráticas. El arte enriquece a la sociedad, nos ayuda a interpretar y a reflexionar sobre la realidad. La sociedad debe dotarse de las leyes necesarias para que los artistas pueden vivir creando sus obras y de esta manera asegurarnos que podemos continuar beneficiándonos y enriqueciéndonos con sus creaciones, incluso cuando estas obras pueden ser reproducidas sin que su creador pueda hacer nada para evitarlo. Este es el objetivo de la Ley de Propiedad Intelectual: Fomentar la innovación y el avance, y proteger los derechos patrimoniales y morales de los autores y titulares de las obras protegibles. La historia del arte reconoce el arte conceptual como un movimiento artístico fundamental sin cuya existencia sería imposible entender la evolución y el discurso del arte de nuestros días. pero, sin embargo, La naturaleza del arte conceptual y desmaterializado parece haber colisionado con las definiciones y doctrinas legales del derecho de autor. La consideración de “obra protegida” por la Ley de Propiedad Intelectual no coincide siempre con el concepto de “obra artística”. Al otro lado de la moneda está el arte apropiacionista: La apropiación en arte es el uso de una o más obras ajenas pre-existentes, casi siempre sin permiso, ya sea transformando su aspecto original o reproduciéndolas total o parcialmente sin modificación alguna, para ser incorporadas en un contexto diferente a su contexto original, con el objetivo de examinar cuestiones referentes a su originalidad o de rebelar significados que previamente no eran visibles en el original. Esta práctica está absolutamente generalizada entre los artistas contemporáneos, y los artistas apropiacionistas son los que con más frecuencia se ha ocupado de la crítica o comentario político en sus obras. El sistema de límites que permite el uso de contenidos ajenos en la propia obra no está pensado para este tipo de obras, y el derecho de libertad de creación de los artistas que se expresan mediante obras de arte que incorporan obras de terceros no prevalece en todos los casos. La Ley de Propiedad Intelectual se ha adaptado rápidamente a las necesidades y pretensiones de las obras creadas por las industrias culturales que basan su modelo de negocio en la explotación de derechos de autor en un contexto digital. Pero Hace mas de 100 años, en 1917, Marcel Duchamp Cambió la historia del arte para siempre con su obra “Fountain”. Ni el concepto de “obra protegible” como ámbito de protección material del derecho de autor ni el sistema de límites o excepciones a la Ley de Propiedad Intelectual han avanzado de forma paralela a las corrientes artísticas. Quizás estos son algunos de los motivos que han llevado artistas visuales a dejar de percibir la Ley de Propiedad intelectual como “su” Ley y a reclamar una mayor flexibilidad en los límites.
“Artists are essential in democratic societies. Art benefits society, it helps us to understand and to reflect on reality. Society must promote the necessary laws so that artists can make a living creating their works and to ensure that we can continue to benefit and enrich society with their creations, even when these works can be reproduced beyond the control of their author. This was the objective of Intellectual Property Law: To foster innovation and progress, and to safeguard economic and moral rights of authors and titleholders of works protected under Intellectual Property Law. Art History recognizes conceptual art as a fundamental artistic movement that is essential to understand the evolution and discourse of art today. But nevertheless, the nature of conceptual and dematerialized art seems to have collided with the legal definitions and doctrines of copyright. The consideration of “protected work” by Intellectual Property Law does not always fit with the concept of “artistic work”. On the other side ther is appropriation in art: Appropriation in art is the use of one or more pre-existing works, without permission of its right holder, either transforming its original appearance or reproducing it totally or partially without any modification, to be incorporated in a context other than its original context, with the aim of examining questions regarding originality or to reveal meanings that were not previously visible in the original. This practice is quite widespread among contemporary artists, and artists who work with appropriation very often deal with criticism or political comment on their works. The system of limits that allows the use of protected content in new creations is not intended for appropriation artists and the right of freedom of expression of these artists who express themselves incorporating works of others in their own works does not prevail in all cases. Intellectual Property Law has quickly adapted to the needs and claims of works created by cultural industries that base their business model on the exploitation of copyright in a digital context. But more than 100 years ago, in 1917, Marcel Duchamp changed the history of art forever with his work “Fountain”. Neither the concept of “protectable work” of copyright nor the system of limits or exceptions of Intellectual Property Law have advanced in parallel with artistic trends. Perhaps these are some of the underlining reasons that have led visual artists to stop perceiving Intellectual Property Law as “their” Law and that have brought them to demand greater flexibility in fair use.
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Navarro, Aracena Eduardo. „Discapacidad, derechos de autor y nuevas tecnologías“. Tesis, Universidad de Chile, 2010. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107091.

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Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Tesis no disponible en línea
En Chile, la población con algún tipo de discapacidad, ya sea mental, física o psíquica, bordea los dos millones de personas. Sin lugar a dudas, uno de nuestros principales deberes como sociedad es velar por la plena integración de los discapacitados, dejando de lado la discriminación y diseñando medidas que garanticen su independencia, participación, y el ejercicio de sus derechos inherentes a la calidad de ser humano. Partiremos dando una visión general relativa a la discapacidad, el derecho de autor y las nuevas tecnologías, para luego dar paso a ciertos cuestionamientos que nos pareció fundamental responder; ¿Era realmente necesario y beneficioso para los discapacitados incorporar la excepción a nuestro ordenamiento, con que argumentos es posible justificarla? ¿Cómo se ha manejado el tema en otros países? ¿Es óptimo el modelo adoptado? Preguntas que iremos resolviendo y desentrañando a lo largo del desarrollo del la memoria. Podemos adelantar que la incorporación de una norma dedicada a la comunidad discapacitada, sumado a un cada vez más desarrollado entorno digital, promete un avance importante en lo referido al acceso a la información y al pleno aprovechamiento de estas nuevas tecnologías, justificándose a primera vista la necesidad de dicha excepción.
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Rodríguez, Tapia José Miguel. „La cesión en exclusiva de derechos de autor /“. Madrid : Ed. centro de estudios Ramón Areces, 1992. http://catalogue.bnf.fr/ark:/12148/cb37419105d.

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Asencio, Gianmarco. „Derechos de Autor y Conexos en el ámbito Audiovisual“. La Mirada de Telemo, 2012. http://repositorio.pucp.edu.pe/index//handle/123456789/20287.

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Actualmente venimos escuchando en los medios acerca de la posición económica de nuestro país a nivel internacional, así como de las relaciones económicas que mantiene el Perú con otros mercados. A modo de ejemplo, nuestros últimos gobiernos se han encargado de publicitar políticamente los tratados de libre comercio (también conocidos como “TLC”) o acuerdos de promoción comercial que celebramos con otros países o grupo de países.
Actualmente venimos escuchando en los medios acerca de la posición económica de nuestro país a nivel internacional, así como de las relaciones económicas que mantiene el Perú con otros mercados. A modo de ejemplo, nuestros últimos gobiernos se han encargado de publicitar políticamente los tratados de libre comercio (también conocidos como “TLC”) o acuerdos de promoción comercial que celebramos con otros países o grupo de países.
Actualmente venimos escuchando en los medios acerca de la posición económica de nuestro país a nivel internacional, así como de las relaciones económicas que mantiene el Perú con otros mercados. A modo de ejemplo, nuestros últimos gobiernos se han encargado de publicitar políticamente los tratados de libre comercio (también conocidos como “TLC”) o acuerdos de promoción comercial que celebramos con otros países o grupo de países.
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Ferrero, Diez Canseco Gonzalo. „Derechos de Autor en la era Digital y Tratados Internet“. Derecho & Sociedad, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/118212.

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Valdivia, Dextre Pedro Abraham. „Los delitos contra los Derechos de Autor en el Perú“. Bachelor's thesis, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2012. https://hdl.handle.net/20.500.12672/1179.

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La presente Tesis para optar el título de Magister en Derecho con mención en Ciencias Penales, del Bachiller PEDRO ABRAHAM VALDIVIA DEXTRE, titulada “Los delitos contra los derechos de autor en el Perú”,corresponde a una investigación teórico-dogmático, en la que se efectúa el correspondiente análisis de las normas penales correspondientes a los ilícitos estudiados, además del análisis documental de sentencia emblemáticas, nacionales y extranjeras, sin menoscabo de ello y a la luz de los desarrollos de las teorías metodológicas, se proyecta también con aspectos de la investigación cuantitativa, es sus vertientes causal y correlacional, en definitiva se trata de una tesis con metodología ecléctica (cualitativa – teórico dogmático-, y cuantitativa – causal y correlacional-), con lo cual gana en rigor teórico. Está dividida en doce capítulos, entre los cuales cabe destacar que el autor hace un análisis jurídico integral del tema materia de tesis, vale decir, analiza aspectos Doctrinales de la Propiedad Intelectual, y sus especies: Propiedad Industrial, y Derechos de Autor; asimismo Aspectos Históricos, Constitucionales, Derecho Internacional, Derecho Penal, y Procesal Penal (Jurisprudencia).
The present Thesis for the Master's Degree in Law with mention in Criminal Sciences, of the graduate PEDRO ABRAHAM VALDIVIA DEXTRE, entitled "Crimes against copyright in Peru", corresponds to a dogmatic- theoretical investigation, in which performed the corresponding analysis of criminal law for the crimes studied, besides the documentary analysis of judgment emblematic, in addition to judgment emblematic documentary analysis, domestic and foreign, without damage of it and in the light of the developments of the methodological theories, it is projected also by aspects of the quantitative investigation, in its causal and correlational aspects. Definitively, it is a question of a thesis with Eclectic Methodology (qualitative - dogmatic theoretical, and quantitative - causal and correlational-), which gains in theoretical rigor. It is divided into twelve chapters, including noteworthy that the author makes a comprehensive legal analysis of the subject matter of the thesis, in other words, analyzes Doctrinal aspects of Intellectual Property, and its species: Industrial Property and Copyright; likewise Historical, Constitutional aspects, International Law, Criminal Law, and Criminal Procedure Law (Jurisprudence).
Tesis
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Aguilera, Rojas Francesca Geraldine, und Cortez Ingrid Henríquez. „Modernas formas de protección de los derechos de autor : medidas tecnológicas de protección“. Tesis, Universidad de Chile, 2007. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/112136.

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Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La digitalización de la información, o en otras palabras, la conversión de la información física (papel, pintura, fotografía, etc.) o analógica (audio, vídeo) a un estándar universal susceptible de procesamiento por computadores y transmisión por redes, es decir, un estándar capaz de traducir información como textos, imágenes, sonidos, programas de radio y televisión, etc., a un lenguaje binario, constituido sólo por los dígitos ceros y uno (0 y 1) y susceptibles de procesamiento por máquinas de cálculo ; ha supuesto un claro avance en la transmisión de información y de cultura en nuestra sociedad. En particular, las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), ya sean on line como off line , han importado un vuelco para las explotaciones tradicionales de las obras protegidas por el derecho de autor. Así, y como premisa del tema que nos convoca, es que debemos detenernos en las características de la tecnología de la información que constituyó sin duda el hito generador de lo que hoy conocemos con el nombre de Sociedad de la Información : Internet , definido por la ISOC como aquella “(...) red global de redes que permite a toda clase de ordenadores comunicarse y compartir servicios de forma directa y transparente a través de buena parte del mundo(...)” . Esta red de redes, de acuerdo a lo señalado por la Global Internet Liberty Campaign , se presenta como una red global que proporciona un acceso inmediato a información procedente de cualquier parte del mundo, derivando de esto dos consecuencias que nos describen a Internet como una red abierta y descentralizada; o en pocas palabras, como una red en la que encontramos escasas barreras de acceso y que ha sido diseñada para trabajar sin vigilancia de entidad alguna, sea ésta una entidad privada o pública como el gobierno de algún país ; así también y muy ligado a lo anterior, Internet se caracteriza por ser controlada por el usuario a través de su interactividad, que permite comunicaciones de uno a uno, de uno a muchos y de muchos a uno; concluyendo finalmente, que Internet es una red que trasciende las fronteras nacionales en un grado que ninguna otra tecnología lo ha conseguido. Teniendo ya claro lo anterior, no es difícil vislumbrar el momento en que se encuentran los titulares de derechos de autor en la actualidad; por un lado, se encuentran frente a una gama amplia de posibilidades de explotación de sus obras, pudiendo llegar a los lugares más insospechados y por lo tanto, aumentando sus ganancias; pero por otro lado, se ven enfrentados a una variedad que va de la mano con el desarrollo de la tecnología, de posibles acceso y usos no autorizados a sus obras. Surgen de esta manera nuevos desafíos, tanto para los titulares de derechos de autor como para los propios Estados a través de sus legislaciones, que han llevado a la implementación y regulación por parte de estos actores, de modernas formas de protección derivados de la explotación legítima de las obras, que se presentan como medidas de autoprotección que han adoptado los titulares de derechos de autor y que han sido reguladas por los gobiernos, ante este fenómeno vertiginoso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, fielmente representado, por Internet a través de sus características, que van dibujando un entorno digital difícil de controlar y que la experiencia mundial, ha demostrado inútil de regular por medio de normas heterónomas. Ante toda esta visión panorámica del tema, nos proponemos, en las próximas páginas, a realizar un estudio de las modernas formas de protección de los derechos de autor, conformadas hoy en día por los sistemas de gestión de derechos de autor, la información para la gestión de dichos derechos, para finalmente, llegar al estudio de las medidas tecnológicas de protección. Las medidas tecnológicas de protección de derechos de autor, objetos de nuestra memoria, se podrían definir a las medidas tecnológicas de protección como sistemas informáticos cuya función es controlar y, en caso que sea necesario, impedir o restringir el uso en Internet de obras intelectuales protegidas por derechos de propiedad intelectual. Éstas serán tratadas a partir de su concepto y el análisis técnico de algunas de ellas, existentes en el mercado, las cuales van desde simples marcas de agua hasta complejos sistemas de codificación de señales portadoras de programas, y así también nos apoyaremos en algunas clasificaciones realizadas por la doctrina en base a diferentes criterios; para así finalizar estos primeros capítulos con un entendimiento de las medidas tecnológicas de protección que nos permita llevar a cabo de mejor forma el estudio jurídico de éstas. Posteriormente, se efectuará un análisis jurídico detallado de los dos cuerpos legislativos que marcaron el inicio de una etapa de regulación de las medidas tecnológicas de protección, por parte de la comunidad mundial : el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Derechos de Autor (TODA) y el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Interpretaciones, Ejecuciones y Fonogramas (TOIEF), y así examinar cómo han sido acogidas sus disposiciones por los dos principales sistemas de Derecho de Autor, representados por la legislación norteamericana a través de la Digital Millenium Copyright Act y la Directiva Europea 2001/29/ CE relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información; sin olvidar algunos ejemplos de legislaciones latinoamericanas y europeas que ya han regulado el tema. En los últimos capítulos de nuestra memoria, nos enfocaremos en el actual estado de nuestra legislación, representado por el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos y el derecho proyectado que se encuentra a la espera de una decisión legislativa; para finalizar este análisis, con la problemática generada a partir de ciertos cuestionamientos actuales, relacionados con la conciliación de la protección de las medidas tecnológicas con un adecuado ámbito de excepciones y limitaciones, además del cuestionamiento sobre cuál debe ser cuerpo jurídico que debe regular estos mecanismos de protección para lograr la efectiva protección de las obras. El análisis legislativo anteriormente reseñado, tanto nacional como comparado, será realizado mediante una metodología de criterios aplicados a las diversas legislaciones y que nos permitirá un estudio más minucioso y estructurado; que, además, será complementado con opiniones doctrinarias concordantes y discordantes, la aplicación práctica que han realizado los tribunales de justicia de las normas que regulan las medidas tecnológicas y los conflictos que se han generado. Por último, intentaremos dar respuestas a las interrogantes de cómo nuestro país debe hacer frente a sus obligaciones internacionales a través de propuestas legislativas de armonización del ordenamiento jurídico a los tratados internacionales suscritos por Chile, poniendo especial énfasis a los resultados que se han presentado y que se vislumbran en el Derecho Comparado, ya analizado en capítulos anteriores.
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Chiong, Castillo Fernanda. „Gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos, especialmente la relacionada con el ámbito de la música“. Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/159455.

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Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
En esta memoria se realiza un análisis crítico del sistema de gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos chileno, especialmente del relacionado con el ámbito de la música. Para ello analizamos el marco jurídico al respecto y las diferentes definiciones que la ley, la doctrina y la jurisprudencia entregan en la materia. Se estudia la normativa relacionada con la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (“SCD”) y con la Sociedad de Productores Fonográficos y Videográficos de Chile (“PROFOVI”) en particular. A continuación, estudiamos la gestión colectiva realizada por la “SCD” en específico. Se analiza la “Cesión Fiduciaria” o “Mandato” y se analiza el “carácter asistencial” de la “SCD” en relación con el derecho laboral sindical, con el objetivo de analizar las posibles desventajas de este sistema. Se entregan diversas propuestas normativas en base a las desventajas detectadas. Se concluye que estas falencias pueden deberse a que esta área del derecho es relativamente nueva y que por ende tiene mucho por mejorar aún.
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Gatica, Rodríguez María Paz. „Los derechos morales de autor en el entorno de las redes digitales“. Tesis, Universidad de Chile, 2008. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/106819.

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Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
El objetivo del presente trabajo consiste en analizar la problemática de la aplicabilidad, relevancia y protección de los derechos morales de autor en el entorno de las redes digitales, especialmente en Internet. El planteamiento del problema aborda los diversos sistemas de tratamiento de los derechos morales, su fundamento y, principalmente, los usos digitales que atentan contra los derechos morales, así como los conflictos de interés que surgen en torno al tema. Luego se analizan las diversas propuestas normativas de tratamiento de los derechos morales, específicamente enfocado al entorno digital, revisando los tratados internacionales relevantes en la materia y algunas legislaciones nacionales. A continuación, se plantean ciertas medidas de protección indirecta de los derechos morales: las medidas tecnológicas de protección y la información electrónica sobre gestión de derechos de autor. Se desarrolla además el análisis del tema de la Identidad Digital, que presenta una esencial vinculación con la protección de los derechos morales en Internet, abordado desde dos puntos de vista: los nombres de dominio y la firma electrónica. Finaliza este trabajo con el planteamiento de los desafíos para la legislación chilena en cuanto a la protección de los derechos morales y algunas conclusiones finales.
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Bücher zum Thema "Derechos afines de autor"

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Fernández-Díez, Ignacio Garrote. El derecho de autor en Internet: La directiva sobre derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. Granada: Editorial Comares, 2001.

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2

Berdejo, Juan David Pastrana. Derechos de autor. México, D.F: Flores, 2008.

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3

Derechos de autor. Arequipa, Perú: Adrus, 2007.

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Muñoz, Manuel Pachón. Manual de derechos de autor. Bogotá, Colombia: Editorial Temis, 1988.

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5

Mexico. Legislación sobre derechos de autor. 5. Aufl. México: Editorial Porrúa, 1985.

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6

Delpech, Horacio Fernández. Manual de derechos de autor. Buenos Aires, Argentina: Heliasta, 2011.

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7

Mexico. Legislación sobre derechos de autor. 2. Aufl. México: Editorial Porrúa, 1998.

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8

Ecuador. Ley de derechos de autor. 8. Aufl. Quito, Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones, 1990.

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9

Galué, Vexaida Primera. Derechos de autor en Internet. Maracaibo, Venezuela: La Universidad del Zulia. Rectoracuteia, 2004.

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10

Mexico. Legislación sobre derechos de autor. 6. Aufl. México: Editorial Porrúa, 1986.

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Buchteile zum Thema "Derechos afines de autor"

1

„derechos de autor“. In Méga Mémo IFSI, IV. Elsevier, 2016. http://dx.doi.org/10.1016/b978-2-294-74924-7.50003-8.

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2

„derechos de autor“. In Tratado de enfermería neurológica, iv. Elsevier, 2013. http://dx.doi.org/10.1016/b978-84-9022-526-4.50002-x.

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3

„derechos de autor“. In Neoplasias mieloproliferativas, II. Elsevier, 2013. http://dx.doi.org/10.1016/b978-84-9022-648-3.50002-7.

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4

„derechos de autor“. In Biomecánica y arquitectura corneal, iv. Elsevier, 2014. http://dx.doi.org/10.1016/b978-84-9022-649-0.50002-8.

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5

„derechos de autor“. In Manual de comorbilidad cardiovascular y síndrome metabólico en la psoriasis, II. Elsevier, 2012. http://dx.doi.org/10.1016/b978-84-9022-693-3.50002-5.

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6

„derechos de autor“. In Tratamiento de la uveítis con fármacos anti-TNF-alfa, 2. Elsevier, 2012. http://dx.doi.org/10.1016/b978-84-9022-695-7.50002-1.

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7

LONDOÑO, VICENTE EMILIO GAVIRIA. „Delitos contra los derechos de autor“. In Lecciones de derecho penal 3ed. Parte especial. Vol II, 73–136. 3. Aufl. Universidad del Externado de Colombia, 2019. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctv1k03rm9.5.

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8

„PRESENTACIÓN DEL AUTOR“. In La función consultiva de la corte interamericana de derechos humanos (temas de Derecho Público 94), 19–20. Universidad del Externado de Colombia, 2015. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctv13qfxf0.4.

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9

„DERECHOS DE AUTOR VS. EL DERECHO A LEER“. In Contra la arrogancia de los que leen, 136–39. Trama editorial, 2018. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctvb6v5xk.35.

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10

„DERECHOS DE AUTOR EN LA OBRA DE ARTE“. In Derecho del arte. El derecho de autor en el arte contemporáneo y el mercado del arte, 23–194. Universidad del Externado de Colombia, 2018. http://dx.doi.org/10.2307/j.ctv1ddcwc8.5.

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Konferenzberichte zum Thema "Derechos afines de autor"

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Aguilar García, José Antonio. „El estudio del uso de imágenes televisivas y los derechos de autor en los medios escritos de información locales“. In Nuevas Tendencias e hibridaciones de los discursos audiovisuales en la cultura digital contemporánea. Ediciones Ciencias Sociales, 2011. http://dx.doi.org/10.6035/978-84-87510-57-1.2011.9.

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2

Zárate Rueda, Ruth, Clara Isabel López Gualdrón und Catalina Ortega Zambrano. „Gestión del conocimiento en torno a Víctimas de Minas Antipersonal (MAP), en el marco del conflicto armado en Colombia: análisis tendencial desde la bibliometría y Tree of Science“. In INNODOCT 2018. València: Editorial Universitat Politècnica de València, 2018. http://dx.doi.org/10.4995/inn2018.2018.8797.

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Al hablar del conflicto armado colombiano, se evoca a las personas históricamente afectadas por los hechos victimizantes acaecidos durante más de cinco décadas en el país. Estos sucesos han menoscabado los Derechos Humanos (DDHH) de las víctimas durante este periodo. Una acción que se utiliza generalmente como método de guerra, por actores armados estatales y no estales, son las Minas Antipersonal (MAP) la cual genera discapacidad permanente en los sobrevivientes. Por consiguiente, se requieren procesos de rehabilitación integral desde diferentes disciplinas que contribuyan a las personas a adaptarse a su nueva condición. El propósito de este artículo consiste en identificar la producción de conocimiento científico relacionada con las estrategias de Rehabilitación Basada en Comunidad (RBC), rehabilitación en procesos de amputación o lesiones asociadas a víctimas de MAP y métodos innovadores de rehabilitación presentes en las áreas de la Salud, Psicología, Artes, Ciencias Sociales y Humanas en bases de datos de alto impacto. La metodología se fundamentó en el uso de software el cual fue Vantage Point para la organización y análisis de volúmenes de información; asimismo, se implementó la herramienta web Tree of Science (ToS) para la identificación de documentos seminales no registrados en la fase de revisión de datos previa. Finalmente, los resultados señalan las tendencias en investigación en producción en la temática de estudio, enfatizando en año, país, autor, campo de acción, filiación institucional, colaboración entre autores, palabras claves, palabras claves investigadoras, citación por artículo en la temática objeto de estudio. Los resultados demuestran el proceso de gestión de conocimiento en torno a víctimas de MAP, en el marco del conflicto armado.
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Berichte der Organisationen zum Thema "Derechos afines de autor"

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Mendoza-Munar, Lainiver, Marcela Liliana Cuasapud-Santacruz, Diana Sofía Lasso-Ramos, Miguel Ángel Ochoa-Cardona, Juliana Valentina Hernández-Montenegro, Juan Fernando Villegas-Motoa, María Camila Trujillo-Aguilar und Andrés Riascos-Díaz. Manual: generalidades sobre derechos de autor en el desarrollo de software en Colombia. Ediciones Universidad Cooperativa de Colombia, November 2018. http://dx.doi.org/10.16925/gclc.02.

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